El ahorro interno, las APP y la ANI: los vacíos de la Ley de Inversiones
El Gobierno de Rodrigo Paz envió el 11 de agosto a la Asamblea Legislativa el Anteproyecto de Ley de Inversiones, que sustituye a la Ley 516 de 2014 y llega en medio de un acuerdo con el FMI por 1.900 millones de dólares, protestas sociales activas y una disputa geopolítica por el litio boliviano.
A nueve meses de gestión, el presidente Rodrigo Paz remitió a la Asamblea Legislativa Plurinacional el Anteproyecto de Ley de Inversiones, un texto de 103 artículos que el Ejecutivo presenta como el instrumento central para revertir la peor crisis económica de Bolivia en cuatro décadas. Medios nacionales e internacionales confirmaron el envío del proyecto el 11 de agosto, describiéndolo en general como la primera de una serie de medidas destinadas a atraer capital privado mediante el régimen tributario y de regalías más competitivo frente a la región.
El anteproyecto llega en un momento específico del calendario político y financiero del país. El 29 de julio, el Gobierno anunció un acuerdo técnico con el Fondo Monetario Internacional por 1.900 millones de dólares —el primer programa plurianual de Bolivia con el organismo desde 2006—, pendiente aún de aprobación del Congreso boliviano y del Directorio del FMI. Según cifras del propio Fondo, la economía boliviana se contraería 3,3% en 2026, con un déficit fiscal superior al 10% del PIB y reservas internacionales prácticamente agotadas. El ministro de Economía, José Gabriel Espinoza, declaró a EFE el 22 de julio que las medidas del Ejecutivo buscan ser validadas “como parte de un conjunto coherente de política económica con un programa del Fondo”.
Qué dice el texto
El artículo 1 del anteproyecto al que accedió este medio establece que la ley busca “el fortalecimiento de la economía plural, la industrialización, la innovación, la generación de empleo digno y el desarrollo sostenible”. El artículo 5 fija catorce principios rectores, entre ellos la “soberanía económica del Estado” y la “prioridad de la inversión boliviana”, en referencia directa al artículo 320 de la Constitución Política del Estado, que dispone que “no podrán otorgarse a Estados o empresas extranjeras condiciones más beneficiosas que las establecidas para los bolivianos”.
El instrumento crea la Agencia Nacional de Inversiones (ANI), definida en el artículo 22 como “entidad pública autárquica de derecho público... bajo tuición del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas”, y una Ventanilla Única de Inversiones con plazos administrativos máximos de treinta días hábiles (artículo 48).
Establece también una Matriz de Desempeño de cien puntos —empleo, exportaciones, valor agregado, innovación, proveedores nacionales, descentralización territorial y sostenibilidad— que determina el acceso a un crédito tributario contra el Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas de entre 25% y 80%, según el puntaje obtenido (artículo 58).
En materia de solución de controversias, el artículo 99 establece que el Estado “sólo podrá someter una controversia de inversión a arbitraje cuando exista consentimiento expreso, específico y válido” contenido en tratado, contrato de inversión o ley expresa. El artículo 101 excluye explícitamente del arbitraje “la propiedad de recursos naturales, el ejercicio de potestades indelegables, tributos y regalías como potestad normativa” y “sanciones penales”.
El anteproyecto abroga la Ley 516 de Promoción de Inversiones de 2014 y modifica la Ley 708 de Conciliación y Arbitraje, así como los artículos 221, 222 y 224 del Código Penal, incorporando un párrafo que establece que, en los Contratos de Inversión regulados por la nueva ley, “la materialización posterior de riesgos expresamente identificados... no constituirán, por sí solos, conocimiento de lesividad o daño económico, no siendo atribuible penalmente a los suscribientes”, salvo que se acredite dolo, corrupción o beneficio indebido.
El contexto: una economía en emergencia y un Congreso fragmentado
El propio anteproyecto reconoce en su Exposición de Motivos el marco internacional en el que se inscribe: cita el informe de la CEPAL de junio de 2026, según el cual la Inversión Extranjera Directa en América Latina y el Caribe creció 1,7% en 2025, y menciona el respaldo del Banco Interamericano de Desarrollo a la agenda “Bolivia Crece”. Ese programa fue anunciado el 13 de enero de 2026 en Palacio de Gobierno por el presidente del BID, Ilan Goldfajn, junto a Paz. Según Goldfajn, el BID trabaja en un paquete de apoyo a Bolivia de hasta 4.500 millones de dólares para el período 2026-2028, que incluye financiamiento para políticas sociales, proyectos energéticos y, según un comunicado difundido en paralelo, hasta 450 millones de dólares del Grupo BID y la Corporación Financiera Internacional (IFC) destinados específicamente al sector privado boliviano en minería, agroindustria, turismo, energía, infraestructura sostenible, inclusión financiera y manufactura.
El anteproyecto no se debate en un escenario de estabilidad política. Según el análisis de Reuters del 11 de agosto, firmado por Daniel Ramos y Lucinda Elliott, la coalición de gobierno de Paz muestra signos de fractura nueve meses después de asumir, y el Congreso permanece fragmentado entre seis bloques de centroderecha sin mayoría confiable, lo que obliga al Ejecutivo a negociar “proyecto por proyecto”. El legislador Carlos Alarcón, de la Alianza Unidad —aliada inicial de Paz—, declaró a la agencia: “Todo lo que hacen es pedir préstamos y más préstamos sin cambiar el modelo económico que llevó al país a la crisis”. Por su parte, el legislador de oposición de izquierda Rolando Pacheco, de la Alianza Popular, cuestionó la falta de transparencia en la negociación con el FMI: “Cualquier acuerdo alcanzado con el FMI tiene que pasar por el Parlamento. El presidente tiene que mostrarnos todos los documentos”.
Bolivia atraviesa, además, desde mayo de 2026, un ciclo de protestas sociales que dejó al menos siete muertos y 120 detenidos hacia fines de ese mes, inicialmente motivadas por una ley de hipoteca de tierras que el propio Paz derogó el 13 de mayo, pero que se prolongaron por el deterioro económico general. Organizaciones de transportistas, campesinos y comerciantes han advertido que retomarán las movilizaciones a partir de octubre, justo cuando el anteproyecto de inversiones debería estar en plena discusión legislativa.
El litio como epicentro de la disputa geopolítica
Ningún artículo del anteproyecto menciona explícitamente al litio, pero el mineral es, según coinciden las fuentes consultadas por este equipo, el trasfondo político central de la reforma. Bolivia posee, según cifras difundidas en 2025 por la propia empresa estatal Yacimientos de Litio Bolivianos (YLB), las mayores reservas de litio del mundo —el doble que las de Chile—, aunque su producción real ronda apenas 3.500 toneladas anuales frente a las 300.000 toneladas de Chile, de acuerdo con datos citados por el portal especializado Reporte Minero.
Durante el gobierno de Luis Arce, YLB firmó en 2023 contratos con el consorcio chino Hong Kong CBC y la empresa rusa Uranium One Group —subsidiaria de la estatal Rosatom— por una inversión conjunta anunciada de más de 2.000 millones de dólares. Esos contratos nunca fueron ratificados por la Asamblea Legislativa: permanecen frenados, según reportó en julio de 2026 la agencia Prensa Latina, por una acción popular presentada por 53 comunidades indígenas de la provincia Nor Lípez, en Potosí, actualmente bajo revisión del Tribunal Constitucional Plurinacional. Un análisis conjunto de las fundaciones Jubileo, Milenio, Solón, el Club de Ginebra y el Centro de Documentación e Información Bolivia (CEDIB), difundido en febrero de 2025, advirtió que los contratos trasladaban “los riesgos financieros... por cuenta del Estado”, con condiciones de inversión por tonelada hasta 2,4 veces más altas en el caso ruso que en el chino, sin explicación técnica clara.
El presidente de YLB, Guillermo Trigo, declaró en agosto de 2026 que la suerte de esos contratos “ya no está en mis manos, están en las manos de la Asamblea” y que la nueva ley “va a reacomodar todo lo que hay o lo que ha habido antes”.
En paralelo, el Gobierno de Paz negoció con Estados Unidos. El 28 de abril de 2026, el viceecretario estadounidense Caleb Orr y el ministro boliviano de Minería, Marco Antonio Calderón de la Barca, firmaron en La Paz un memorando de entendimiento sobre minerales críticos que ubicó a Bolivia entre los más de 50 países con los que Washington busca alianzas para contrarrestar el dominio chino en la cadena de suministro de minerales críticos y tierras raras. Bolivia posee, según un reporte de septiembre de 2025 del Banco de Desarrollo de América Latina y el Caribe (CAF), 31 de los 38 minerales críticos identificados por Washington para la transición energética y tecnológica. Analistas citados en ese reportaje, entre ellos Héctor Córdova de la Fundación Jubileo, advirtieron que el Estado boliviano “no tiene la posibilidad de hacer inversiones grandes ahora” y que el memorando con Estados Unidos no establece “ninguna garantía de industrialización en territorio boliviano” ni obliga a las empresas estadounidenses a construir plantas de procesamiento local ni a definir mecanismos de transferencia tecnológica.
El precedente que Bolivia no repite, y el que sí
Bolivia fue, junto con Ecuador y Venezuela, uno de los tres países que se retiraron del Convenio del CIADI (Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones), el mecanismo del Banco Mundial para arbitrar disputas entre Estados e inversionistas extranjeros. La denuncia boliviana se formalizó en mayo de 2007, durante el primer año de gobierno de Evo Morales, en el marco de un ciclo de nacionalizaciones de empresas de hidrocarburos y servicios. Según el portal especializado ISDS América Latina, Bolivia enfrentó entonces una ola de demandas de inversionistas que usaron extensivamente el sistema previo, y el Estado optó por negociar indemnizaciones con la mayoría de las empresas demandantes para que retiraran sus reclamos.
El anteproyecto de 2026 no propone el reingreso de Bolivia al CIADI. El artículo 99 mantiene el arbitraje fuera de ese Centro y exige que el consentimiento estatal se dé caso por caso, mediante tratado, norma de derecho comunitario o contrato específico —una arquitectura más cercana al modelo restrictivo vigente en Bolivia desde la Ley 708 de 2015 que a los tratados bilaterales de inversión “irrestrictos” firmados entre 1985 y 2005, de los cuales, según el mismo portal ISDS, sólo queda vigente el capítulo de inversiones del Tratado de Libre Comercio con Chile de 1993.
Lo que el anteproyecto no resuelve
Edith Gálvez, analista política y financiera, sostiene que el anteproyecto “no es, en el fondo, una ley extractivista clásica ni una entrega de soberanía como las que caracterizaron a otros países de la región en los años noventa”. A su juicio, el texto “incorpora aprendizajes reales del ciclo 2000-2007 boliviano: no reabre el CIADI, mantiene fuera del arbitraje a los recursos naturales y a la potestad tributaria, y no promete estabilidad fiscal congelada”. En ese sentido, considera que “compararlo mecánicamente con los tratados bilaterales de inversión de los noventa es un error de lectura”.
Sin embargo, advierte que el problema del anteproyecto “no está en lo que dice, sino en lo que delega”. Según Gálvez, “la Agencia Nacional de Inversiones, que va a certificar beneficios, calificar proyectos y gestionar la relación con los inversionistas, queda con su organización interna completamente en manos de un futuro decreto supremo. Eso significa que el verdadero reparto de poder dentro del sistema de incentivos no lo va a decidir la Asamblea, sino el Ejecutivo, después de que la ley ya esté aprobada”. Añade que el Directorio de esa Agencia “lo preside el propio Ministro de Economía, sin un asiento fijo para la Contraloría, ni para las entidades territoriales autónomas con mayor producción minera o energética, ni para observadores independientes. Es la misma cartera que negocia con el FMI la que va a calificar qué proyecto recibe hasta 80% de crédito tributario”.
Sobre el contexto geopolítico, la analista sostiene que “esta ley se está redactando exactamente en el momento en que Washington y Beijing compiten por el litio boliviano, y eso no es casual”. En su lectura, “el memorando con Estados Unidos de abril de 2026 no incluye compromisos de industrialización local, mientras que los contratos con China y Rusia, aunque cuestionados por su rentabilidad para el Estado, sí contemplaban construcción de plantas en territorio boliviano. La nueva ley de inversiones no resuelve ese dilema: da un marco legal más prolijo, pero no obliga, en ningún artículo, a que la inversión extranjera en minerales críticos transfiera tecnología o instale capacidad industrial dentro del país como condición ineludible, más allá de los puntos voluntarios de la matriz de desempeño”.
Gálvez matiza que “no se trata de si Bolivia va a desarrollarse o va a quedar subordinada: eso no lo decide una ley, lo decide cómo se implemente, quién controle la Agencia Nacional de Inversiones en la práctica, y si la Asamblea ejerce de verdad su facultad de fiscalización sobre los contratos de interés público, en un Congreso que hoy mismo no tiene una mayoría estable para el propio Ejecutivo que impulsa la ley”. Concluye que “el riesgo real no es que Bolivia entregue soberanía en el papel —el texto la protege razonablemente bien—, sino que la implementación quede en manos de una institucionalidad débil, presionada simultáneamente por el FMI, por Washington y por la necesidad urgente de dólares frescos que reconoce la propia Exposición de Motivos del anteproyecto”.
El precedente no mencionado: la “inversión extranjera” financiada con ahorro boliviano
Ninguno de los 103 artículos del anteproyecto se refiere al mecanismo mediante el cual, durante las últimas tres décadas, buena parte de lo registrado formalmente como inversión extranjera en Bolivia se financió, en los hechos, con ahorro interno. Este medio documentó ese patrón en una serie de reportajes publicados entre septiembre de 2025 y junio de 2026, con base en estados financieros, prospectos de emisión registrados ante la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) y actas de juntas de accionistas de la Bolsa Boliviana de Valores.
El caso más documentado es el de COBEE (Compañía Boliviana de Energía Eléctrica), la hidroeléctrica fundada en 1925 sobre las aguas del valle de Zongo, en La Paz, que sobrevivió intacta a todas las nacionalizaciones del ciclo 2006-2012 por haberse presentado como “anterior e independiente” del proceso de Capitalización de 1995. Entre 2006 y 2025 la empresa distribuyó 112,9 millones de dólares en dividendos a su accionista extranjero, según documentos registrados ante la ASFI. En 2014, la compañía llegó a otorgar préstamos directos a su entonces controlador, Inkia Holdings, por 11,2 millones de dólares, el mismo año en que distribuyó otros 10,4 millones en dividendos y colocó 8,5 millones en bonos en el mercado local. La última expansión neta de capacidad de generación de COBEE ocurrió en 2008; desde entonces, la empresa dejó de invertir en nueva infraestructura y se limitó a administrar activos ya construidos, mientras seguía extrayendo utilidades. De los 235 millones de dólares en bonos que COBEE colocó en el mercado boliviano entre 2005 y 2025, una parte considerable fue adquirida por el Fondo de Pensiones de los propios trabajadores bolivianos.
El segundo caso es Telecel, la operadora de telefonía móvil que opera bajo la marca comercial Tigo, controlada en un 100% por la multinacional Millicom. En octubre de 2023 la empresa captó 520 millones de bolivianos en bonos suscritos por el fondo de pensiones; tres meses después, Telecel otorgó préstamos a sus matrices en Curazao y Suecia por un monto de 450 millones de bolivianos. En términos prácticos, el ahorro previsional boliviano financió directamente la liquidez de una cadena corporativa que la transfirió al exterior en un plazo de noventa días.
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Un tercer caso, con un desenlace judicial aún abierto, es el de Ferroviaria Oriental (FOSA), heredera de la capitalización de 1996 del entonces Ferrocarril Oriental, adjudicada originalmente a la chilena Cruz Blanca por 25,8 millones de dólares. La empresa terminó bajo el control del empresario venezolano Carlos Gill Ramírez a través de una cadena societaria radicada en Chile. El Fondo de Pensiones boliviano posee actualmente el 49,91% de las acciones de FOSA y es además su acreedor por 37,97 millones de dólares en bonos; en noviembre de 2025, la Corte de Apelaciones de Santiago anuló el control accionario de Gill, dejando ese paquete accionario perteneciente a los trabajadores bolivianos en un litigio societario sin resolución a la fecha de este reportaje.
El patrón se repite en el sector minero. Sinchi Wayra S.A., heredera de la Compañía Minera del Sur (COMSUR) —que perteneció al expresidente Gonzalo Sánchez de Lozada— y su subsidiaria Sociedad Minera Illapa S.A., que explota las minas de Porco (Potosí) y Bolívar (Oruro), recibieron entre 2007 y 2025 un total de 277,6 millones de dólares a través de valores de titularización colocados en el Mercado de Valores boliviano y suscritos por las AFP y la Gestora Pública, además de 50 millones de dólares adicionales en pagarés bursátiles. La cadena de propiedad de Sinchi Wayra remite a Iris Mines and Metals S.A., una sociedad panameña que en 2008 controlaba el 99,89% de sus acciones.
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Un patrón distinto, pero convergente, se documentó en el sistema bancario. El Banco BISA, uno de los mayores del país, forma parte de una cadena accionaria que conduce a sociedades registradas en Panamá, entre ellas Junet Internacional S.A. La investigación, basada en los Hechos Relevantes de juntas de accionistas depositados en la Bolsa Boliviana de Valores correspondientes a las gestiones 2024 y 2025, documentó que el Banco BISA distribuyó 392,1 millones de bolivianos en dividendos en enero de 2026, con una cadena accionaria que conduce a Panamá, y que del total de 88 millones de dólares en dividendos bancarios que salieron de Bolivia hacia el exterior en 2025, Panamá fue el principal destino, con 57 millones de dólares —el 65% del total offshore—, correspondientes principalmente a los dividendos del Banco BISA. Entre los accionistas históricos individuales de una entidad del mismo grupo financiero figuran el expresidente Gonzalo Sánchez de Lozada y Julio César León Prado, presidente del Directorio del Banco BISA, lo que ilustra la interconexión entre los grandes grupos económicos del país. Consultada por El País, la analista Edith Gálvez observó que el Banco BISA, como otros bancos emisores de bonos subordinados adquiridos por el Fondo de Pensiones, “podría haber pagado esa obligación con las utilidades obtenidas en 2025, manteniendo su valor patrimonial y evitando que los trabajadores pierdan más valor del que ya perdieron en los últimos tres años por el descalce del tipo cambiario”.
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El caso del Frigorífico BFC S.A., una empresa exportadora de carne bovina instalada en Bolivia en 2018 con capitales paraguayos y brasileños, añade una variante adicional al patrón: la de una empresa observada internacionalmente que, pese a ello, continuó captando ahorro previsional boliviano en volúmenes crecientes. La empresa fue fundada en 2018 con un capital inicial de 70.000 bolivianos y multiplicó 3.000 veces su patrimonio, a pesar de tener vigente desde 2023 una sanción en el mercado ruso por haber falsificado certificados de origen, y enfrentó además sospechas de las autoridades chinas por una posible triangulación irregular de carne paraguaya —país sin acceso al mercado chino por sus relaciones con Taiwán— a través de territorio boliviano. Pese a esas observaciones, la Gestora Pública de Pensiones adquirió cien millones de dólares en bonos de la empresa en 2024, ya con la sanción rusa vigente, a lo que se sumaron la compra de pagarés por 150 millones de bolivianos a través del Fondo de Inversión Cerrado Sembrar Exportador, administrado por Capital SAFI S.A. —controlada por la propia Gestora—, y dos créditos por casi 120 millones de bolivianos otorgados por el Banco Unión, entidad de propiedad estatal en un 98,5%, en 2023 y 2024, bajo garantía quirografaria simple. La exposición del Fondo de Pensiones a esta empresa alcanzaba entonces algo más de 42 millones de dólares en bonos de largo plazo, con calificación de riesgo A1 y equivalentes al 0,1496% de la cartera total de la Gestora; ese mismo mes, la agencia de bolsa encargada del pago de uno de los cupones de esa deuda comunicó a la ASFI que Frigorífico BFC no provisionó los fondos correspondientes e instruyó el uso del Fondo de Contingencia del programa para cubrir el vencimiento, incidente que la empresa resolvió y restituyó en un plazo de 48 horas.
El caso de EMIPA (Empresa Minera Paititi S.A.) sigue una lógica comparable: la compañía, controlada por la canadiense Orvana Minerals Corporation, financia su Proyecto Óxidos en Santa Cruz mediante bonos colocados en el mercado local boliviano —el programa “EMIPA I”, por un monto de hasta 327,1 millones de bolivianos, según los informes de la calificadora Moody’s Local Bolivia— y ha registrado repetidos episodios de capitalización de deuda con su matriz extranjera en lugar de inyección de capital fresco desde el exterior.
A abril de 2026 el Fondo de Ahorro Previsional acumulaba un patrimonio de 29.823 millones de dólares, equivalente al 56% del Producto Interno Bruto boliviano de 2024, y 83 veces mayor que toda la inversión extranjera directa que el país recibió ese año. De ese fondo, el 93,06% está concentrado en dos destinos —deuda del Estado boliviano (35,82%) y la banca privada (57,24%)—, mientras el sector privado no financiero, es decir las empresas productivas que generan empleo y valor agregado, representa apenas el 3,86% de la cartera, muy por debajo del mandato de priorización que establece el artículo 140 de la Ley N° 065 del Sistema Integral de Pensiones. En el circuito bancario, en 2025 el sistema bancario boliviano registró utilidades récord de 540 millones de dólares, de las cuales al menos 88 millones fueron distribuidos como dividendos hacia jurisdicciones de baja tributación en el exterior, como Panamá, Holanda, Bermudas y Luxemburgo, según el cruce de Hechos Relevantes publicados en la Bolsa Boliviana de Valores, confirmando que el mecanismo documentado en el caso individual del Banco BISA forma parte de un patrón sistémico del conjunto de la banca boliviana y no de un caso aislado.
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Por qué la nueva ley no rompe ese circuito
Gálvez sostiene que los casos de COBEE, Telecel, Ferroviaria Oriental, Sinchi Wayra-Illapa y EMIPA, el Banco BISA y Frigorífico BFC “no son anomalías aisladas, sino la forma normal en que ha operado el capital extranjero en Bolivia durante treinta años, y el anteproyecto de Ley de Inversiones, tal como está redactado, no cierra ninguna de las puertas que lo permitieron”. Explica que el mecanismo es estructuralmente simple: “una empresa con matriz en el exterior se registra en Bolivia, coloca bonos o acciones en el Mercado de Valores local, esos instrumentos son comprados en buena parte por el Fondo de Pensiones porque no existen alternativas de inversión suficientemente desarrolladas, la empresa usa esa liquidez para operar o para pagar a su propia matriz, y cuando genera utilidades, las gira al exterior como dividendos. En ningún momento de ese ciclo entra un dólar fresco desde fuera de Bolivia. Lo que se contabiliza como inversión extranjera directa es, en la práctica, ahorro boliviano con pasaporte extranjero”.
Sobre el caso específico de BFC, añade un matiz: “Ahí el patrón es todavía más preocupante, porque no se trata solo de una empresa que no trae capital fresco, sino de una empresa con sanciones internacionales vigentes que, pese a ello, siguió recibiendo cantidades crecientes de ahorro previsional y de crédito de la banca estatal. Eso no es un problema de la Ley de Inversiones en sí, pero sí demuestra que ninguna ley de promoción de inversiones puede funcionar bien si no está acompañada de un sistema de administración del ahorro previsional que aplique criterios de riesgo país, riesgo reputacional y riesgo de mercado con independencia técnica real”.
La analista subraya que este patrón no es ilegal: “las inversiones en depósitos a plazo fijo bancarios y en bonos corporativos están permitidas por la Ley 065 del Sistema Integral de Pensiones, y las empresas distribuyen dividendos conforme a sus estatutos y a la legislación societaria vigente. El problema no es de cumplimiento normativo, es de diseño de todo el sistema financiero boliviano, que el anteproyecto de Ley de Inversiones no toca en absoluto”.
Sobre la relación entre este fenómeno y el anteproyecto en discusión, Gálvez es específica: “El artículo 6 de la ley define ‘inversión’ como la aplicación efectiva de capital ‘con expectativa de permanencia’. Es una definición correcta en el papel, pero la ley no incorpora ningún mecanismo de verificación que distinga entre una empresa que efectivamente trae divisas del exterior y una empresa que simplemente se refinancia con ahorro previsional boliviano y gira utilidades afuera. La Matriz de Desempeño del artículo 57 pondera generación de empleo, exportaciones, valor agregado e innovación, pero no pondera ni excluye del beneficio a los proyectos financiados predominantemente con ahorro interno. Una empresa podría, en teoría, calificar como ‘proyecto promovido’ y acceder al crédito tributario del artículo 58 sin haber traído un dólar del exterior, siempre que cumpla los demás indicadores”.
Tres reformas
Gálvez plantea tres reformas de fondo que, a su juicio, el anteproyecto debería incorporar o que deberían tramitarse en paralelo, sin las cuales “la nueva ley de inversiones puede terminar siendo, en la práctica, una repetición administrativamente más prolija del mismo circuito”:
Primero, una obligación de trazabilidad del origen de los fondos como condición de calificación. “La ANI, antes de calificar un proyecto como promovido y antes de otorgar cualquier crédito tributario o exención arancelaria, debería verificar y publicar qué porcentaje del capital ejecutado proviene efectivamente de recursos transferidos desde el exterior y qué porcentaje se financió con el Mercado de Valores boliviano, incluido el Fondo de Pensiones. Sin ese dato público, la ciudadanía no puede saber si el beneficio fiscal que el Estado está otorgando corresponde a capital genuinamente nuevo o a una operación de refinanciamiento doméstico disfrazada de inversión extranjera”.
Segundo, una reforma profunda de la Ley del Mercado de Valores de 1998. Gálvez recuerda que esa ley, según ha señalado el propio gremio empresarial boliviano en consultas de prensa, “es una norma obsoleta que nunca logró que las empresas bolivianas coticen sus acciones de manera significativa en la Bolsa Boliviana de Valores, dejando ese mercado dominado por instrumentos de renta fija —bonos y DPF bancarios— que son, precisamente, los que canalizan el ahorro previsional hacia bancos y empresas extranjeras sin que el ahorrante boliviano obtenga participación accionaria ni rentabilidad real”. Propone que la nueva Ley de Inversiones, o una ley conexa tramitada en el mismo paquete legislativo, condicione el acceso a los incentivos del Título VI a un requisito de apertura accionaria parcial y progresiva en el mercado local para los proyectos de mayor envergadura, de forma que el ahorro boliviano que financia esas empresas se traduzca en propiedad real y no solo en deuda.
Tercero, restablecer una obligación razonable de liquidación de divisas en el Banco Central para las exportaciones de sectores con incentivos fiscales. La analista sitúa esta propuesta en el contexto del cambio de régimen cambiario boliviano: recuerda que el 26 de junio de 2026 el Ministerio de Economía, mediante la Resolución Ministerial N° 245, dispuso el tránsito de Bolivia hacia un tipo de cambio flexible determinado por la oferta y demanda de divisas en el sistema financiero, dejando atrás el tipo de cambio fijo vigente desde 2011, en un contexto que la propia resolución atribuyó a la caída de los ingresos por exportación de hidrocarburos y a la escasez de reservas internacionales. “En ese nuevo régimen, es más necesario, no menos, que los sectores beneficiados con créditos tributarios de hasta el 80% del artículo 58 tengan una obligación clara y transparente de canalizar un porcentaje de sus divisas de exportación a través del sistema financiero boliviano supervisado por el Banco Central, en vez de dejar completamente librado a cada empresa el destino de esas divisas. El anteproyecto, en el artículo 39, se limita a garantizar el derecho del inversionista a transferir capitales y utilidades al exterior ‘previo cumplimiento de la legislación vigente’, pero no articula esa garantía con ninguna obligación recíproca de liquidación mínima que fortalezca las reservas del país que le está dando el beneficio fiscal”.
Gálvez concluye que “no es si esta ley va a traer inversión extranjera —probablemente sí lo haga, en algún volumen—, sino si esa inversión va a ser adicional a lo que Bolivia ya se financia a sí misma, o si va a ser, otra vez, el mismo ahorro boliviano dando una vuelta por una cuenta en el exterior antes de volver como crédito tributario subsidiado por el propio Estado. Sin trazabilidad del origen del capital, sin una reforma del Mercado de Valores que permita participación accionaria real, y sin una arquitectura de liquidación de divisas coherente con el nuevo tipo de cambio flexible, el riesgo documentado en casos como COBEE, Telecel, Ferroviaria Oriental, Sinchi Wayra o EMIPA no se corrige con una ley de incentivos más prolija. Se corrige cambiando las reglas del sistema financiero que hace posible ese circuito, y ese cambio no está en el anteproyecto que hoy se debate”.
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Lo que sigue
El anteproyecto ingresa a un proceso legislativo cuya duración es incierta. La Disposición Transitoria Primera fija un plazo de 120 días calendario para su reglamentación una vez publicada la ley, lo que trasladaría buena parte de las definiciones institucionales —organización de la ANI, nómina arancelaria de beneficios, procedimientos de la Ventanilla Única— a decretos supremos posteriores a la aprobación legislativa. En paralelo, el Gobierno prepara una serie de proyectos de ley adicionales para reducir el control estatal en los sectores de energía y minería, con un tope combinado de impuestos y regalías cercano al 50% para empresas del rubro, buscando equipararse a los regímenes de Perú y Argentina.
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