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Un caso para examinar a fondo

AFP Previsión VS Bolivia: El costo del silencio y el muro de la Procuraduría

El gobierno confirmó el pago de USD 105 millones a BBVA, la Procuraduría negó a este medio el expediente del caso, y un segundo arbitraje por USD 129 millones, con el mismo bufete, aguarda resolución.

Nacional
  • Equipo de Investigación El País
  • 21/06/2026 00:00
AFP Previsión VS Bolivia: El costo del silencio y el muro de la Procuraduría
Edificio del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria S.A. en Madrid

El 21 de abril de 2026, el Tribunal Supremo de los Países Bajos desestimó el último recurso de Bolivia contra el laudo del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI) que ordena al Estado pagar aproximadamente USD 105 millones al banco español BBVA, dueño histórico de la AFP Previsión.

El procurador Hugo León La Faye lo confirmó de manera pública: “El Tribunal Supremo de los Países Bajos desestimó el recurso de Bolivia; con esta decisión, el fallo quedó firme, definitivo e irreversible”.

Al día siguiente, el gobierno de Rodrigo Paz Pereira organizó una conferencia de prensa conjunta entre el Ministerio de Economía, la Procuraduría General del Estado, la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo y la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros. Las cuatro instituciones atribuyeron el fallo adverso a decisiones de gestiones anteriores de gobierno. El viceministro José Horacio Valencia garantizó que el resultado no afectaría a las pensiones, pero ninguna autoridad precisó la fuente de financiamiento: partida presupuestaria, reservas del Banco Central u otra vía. La pregunta de dónde saldrá el dinero sigue sin respuesta oficial.

Al cierre de 2025, las reservas del Banco Central de Bolivia en divisas habían caído a apenas USD 50 millones, frente a más de USD 3.100 millones en 2012, un desplome de más de una década de acumulación. La condena a BBVA supera el doble de esas reservas líquidas disponibles en el momento en que se conoció el fallo definitivo. El revés llegó en un momento marcado por la escasez de divisas y tensiones en el abastecimiento de combustibles, y coincide con decisiones tributarias del propio Ejecutivo que redujeron la base impositiva sobre las utilidades empresariales más altas, un contraste que se detalla más adelante en esta nota.

La Procuraduría anunció simultáneamente auditorías internas para determinar responsabilidades y advirtió que, una vez concluidas, el Gobierno iniciaría acciones de repetición conforme al Artículo 113.II de la Constitución, que obliga al Estado a repetir contra el servidor público responsable de un daño patrimonial. Al cierre de esta nota, siete semanas después del anuncio, no hay información pública sobre si esa acción fue interpuesta, contra quiénes ni ante qué instancia.

Hugo León La Faye, El País
Hugo León La Faye, Procurador General del Estado Plurinacional de Bolivia

Las cartas documentan los límites del acceso a la información

El 23 de abril, El País solicitó formalmente a la Procuraduría la copia íntegra del expediente del Caso CIADI ARB/18/31, amparado en el derecho de acceso a la información (Artículo 21.6 de la CPE) y la libertad de prensa. La primera respuesta, del 11 de mayo, negó la existencia del expediente bajo ese código e invocó la confidencialidad arbitral de la Ley N° 708 y el Decreto Supremo N° 4447. El País refutó esos fundamentos el 1 de junio, señalando que la propia Ley N° 708 exceptúa la confidencialidad cuando están comprometidos los intereses del Estado o existen indicios de comisión delictiva, ambas condiciones presentes en el caso.

La segunda respuesta de la Procuraduría, del 12 de junio, reconoció que la ausencia del expediente fue “de orden estrictamente administrativo” y distinguió entre un “núcleo de protección reforzada” y una “información susceptible de acceso por la vía competente”, que remitió a la Contraloría General del Estado. Sostuvo además que el proceso no está concluido porque resta la fase de ejecución del pago. Sin embargo, el laudo es firme desde 2022, fue confirmado en apelación en 2024, y no existe contraparte procesal activa que justifique mantener en plena reserva los escritos de defensa. El intercambio de cuatro notas documenta un patrón: la misma institución que anuncia auditorías invoca la reserva documental para impedir que esas auditorías sean verificables.

El pasivo acumulado: 28 arbitrajes, dos victorias, más de 479 millones

El caso BBVA no es aislado. En su Rendición Pública de Cuentas de marzo de 2026, el procurador León La Faye reveló que Bolivia perdió 26 de los 28 arbitrajes internacionales que enfrentó desde 2018, con un pasivo que supera los USD 479,9 millones.

 

Deuda acumulada
Bolivia perdió 26 de 28 arbitrajes internacionales; la deuda acumulada supera los USD 479,9 millones.

Seis casos, repartidos entre los sectores de hidrocarburos, minería, pensiones, telecomunicaciones y energía, concentran más del 93% de esa deuda: Pan American Energy, USD 357 millones; Glencore, USD 253,5 millones; BBVA, USD 105 millones; Euro Telecom International, USD 100 millones; Red Eléctrica Internacional, USD 65,2 millones; y Quiborax, USD 42,6 millones ya pagados.

La Procuraduría también admitió que el gobierno de Luis Arce acumuló una deuda de USD 2,5 millones con los propios estudios jurídicos y centros de arbitraje contratados para la defensa del Estado, parte de ella impaga desde 2023, una irregularidad sobre los propios abogados defensores que no ha sido objeto de ninguna investigación pública conocida.

La sombra del segundo arbitraje: AFP Futuro y el mismo bufete

Mientras Bolivia procesa el fallo BBVA, un segundo arbitraje aguarda resolución con el mismo bufete defensor, Guglielmino Derecho Internacional: la demanda de Zurich Insurance Company Ltd y Zurich South America Invest AB, accionistas de la AFP Futuro, por USD 129,1 millones, amparada en los tratados bilaterales de inversión entre Bolivia y Suecia, y entre Bolivia y Suiza.

Las demandantes cuentan con los despachos White & Case LLP y Moreno Baldivieso. Los hechos son estructuralmente análogos a los del caso BBVA, con la misma Ley N° 65 de Pensiones y la misma demora en el traspaso a la Gestora Pública, y el diputado opositor Marcelo Pedraza advirtió que “los motivos del arbitraje son similares”.

La audiencia de fondo se celebró en 2023; el laudo, estimado para mayo de 2024 por el entonces procurador César Siles, sigue sin conocerse públicamente, y los honorarios del bufete Guglielmino permanecen confidenciales al amparo del Decreto Supremo N° 4447.

Los responsables nombrados y los que faltan

Pablo Menacho Diederich, procurador general entre 2013 y 2019, gestionó la defensa boliviana en el caso BBVA hasta la presentación de la demanda ante el CIADI. Hoy integra la Lista de Miembros de la Corte Permanente de Arbitraje boliviana, el mismo foro internacional que tramita el arbitraje de Zurich. No se ha identificado ninguna declaración pública de incompatibilidad ni recusación, ni investigación institucional sobre esa coincidencia.

  • Lea también: AFP Previsión vs Bolivia: inacción, negligencia y secretos

El contexto de pago: crisis económica y crisis política simultáneas

El pago a BBVA recae sobre un Estado en crisis fiscal y política simultánea. La inflación, que superaba el 20% a fines de 2025, bajó a un rango de 14% a 15% en los primeros meses de la gestión Paz, y el tipo de cambio pasó de 11 a unos 9,6 bolivianos por dólar, mientras el mercado paralelo persiste como una realidad documentada.

Desde mayo de 2026, protestas convocadas por la Central Obrera Boliviana y otros sectores sindicales y campesinos mantienen bloqueadas decenas de vías en distintas regiones del país —79 a nivel nacional al 9 de junio, con 22 puntos en Cochabamba y 19 en La Paz—, con demandas de incremento salarial del 20%, mejoras en el abastecimiento de combustible, la abrogación de la Ley 1720 y, finalmente, la renuncia del presidente Rodrigo Paz Pereira.

Este patrón de reserva documental tampoco es exclusivo del caso BBVA. El Decreto Supremo N° 4447 estableció la confidencialidad de los contratos con bufetes externos como regla general, sin límite temporal claro para los procesos ya concluidos, y legisladores de oposición han intentado sin éxito conocer los honorarios pagados al bufete Guglielmino. La propia Procuraduría reconoció que esas contrataciones se registran en el SICOES “una vez concluido el período de confidencialidad”, pero no explicó por qué, cuatro años después del laudo del CIADI, ese período no habría concluido para el caso BBVA.

Menos ingresos por decisión propia, mientras crece la factura externa

En ese mismo período, el Ejecutivo redujo por decreto y por ley su propia base tributaria. El Decreto Supremo N° 5563, de marzo de 2026, exime parcialmente del Impuesto sobre Utilidades de las Empresas a accionistas y sucursales extranjeras que reinviertan sus dividendos en el país, con tasas escalonadas de hasta 3,125% para quienes reinviertan más del 75%.

La Ley N° 1733, el “perdonazo tributario” de mayo de 2026, condona sin tope de monto las deudas tributarias y aduaneras de la gestión 2020, ofrece dos rutas de regularización para los periodos 2018-2025 y reduce de 8 a 4 años el plazo de prescripción fiscal, aunque el Gobierno la presentó como un alivio dirigido a gremiales y pequeños contribuyentes. La eliminación del Impuesto a las Grandes Fortunas, que grava patrimonios superiores a Bs 30 millones, en cambio, fue rechazada por la Cámara de Diputados en febrero por falta de consenso y, al cierre de esta nota, sigue vigente y pendiente de una nueva propuesta del Ejecutivo.

A esto se suma el Decreto Supremo N° 5598, que puso fin al monopolio estatal y abrió a privados la importación, exportación y autogeneración eléctrica con gas natural, el insumo de más del 70% de la electricidad del país, aunque a un precio superior al regulado en el mercado interno, según el propio Ministerio de Hidrocarburos.

Ninguna de estas normas ha sido vinculada oficialmente al pasivo arbitral, y no existe, hasta la fecha, un cálculo público que compare lo que el Estado resigna por decisión propia con lo que está obligado a pagar por decisión ajena.


Por qué Bolivia paga sin explicaciones

El intercambio de cuatro notas entre El País y la Procuraduría muestra el régimen de reserva que rige sobre los 28 procesos arbitrales que Bolivia enfrentó desde 2018, de los cuales perdió 26. El caso BBVA está cerrado, con el fallo firme desde abril de 2026, y aun así el expediente permanece fuera del acceso público.

Esa reserva no se limita a este caso. Alcanza a los USD 479,9 millones que Bolivia pagó o debe pagar por el conjunto de los arbitrajes perdidos, y a los USD 129,1 millones que reclama Zurich en el caso AFP Futuro. El contribuyente financia esas condenas sin que el Estado publique, caso por caso, los criterios y las decisiones administrativas que las originaron. La Constitución reconoce en su Artículo 21.6 el derecho de acceso a la información, y en su Artículo 113.II obliga a repetir contra el servidor público responsable de un daño patrimonial. Ambos derechos dependen de información que la Procuraduría administra como reservada incluso después de que el proceso concluyó y el pago se volvió irreversible.

El cronograma lo confirma: el laudo de 2022 fue apelado en 2024, ratificado el 21 de abril de 2026, y el pago se confirmó al día siguiente. El País pidió el expediente el 23 de abril; la Procuraduría lo negó el 11 de mayo; este medio refutó esos argumentos el 1 de junio; la respuesta del 12 de junio mantuvo la reserva.

El derecho a conocer por qué se paga, caso por caso, no debería depender jamás de quién es la persona que resulte responsable ni de la voluntad discrecional de las autoridades de turno.


Cronología del caso

2001 — Bolivia y España firman el Acuerdo para la Promoción y Protección Recíproca de Inversiones, que entra en vigor en julio de 2002.

2010 — La Ley N° 65 de Pensiones ordena la creación de una Gestora Pública. BBVA opera la AFP Previsión desde 1997.

2015 — La Gestora Pública es formalmente constituida, pero no inicia operaciones.

Mayo de 2017 — BBVA presenta la Notificación de Controversia formal.

Agosto de 2018 — BBVA anuncia públicamente su solicitud de arbitraje ante el CIADI. El Procurador Menacho responde con una conferencia de prensa.

Septiembre de 2019 — BBVA presenta la demanda formal ante el CIADI (Caso ARB(AF)/18/5).

Junio de 2021 — Se celebra la audiencia de fondo ante el tribunal del CIADI.

Julio de 2022 — El CIADI falla a favor de BBVA: Bolivia debe pagar 94,8 millones de dólares en daños más 10,2 millones en intereses.

Octubre de 2022 — La Procuraduría presenta recurso de nulidad ante el Tribunal de Apelación de La Haya.

2024 — El Tribunal de Apelación de La Haya rechaza el recurso de nulidad.

21 de abril de 2026 — El Tribunal Supremo de los Países Bajos desestima el recurso de casación. El fallo queda firme.

22 de abril de 2026 — El gobierno boliviano confirma el pago. La Procuraduría anuncia auditorías.

23 de abril de 2026 — El País remite la primera solicitud formal de acceso al expediente (ZCEP/DE/JMCV/022/2026).

3 de mayo de 2026 — Publicación del reportaje “AFP Previsión vs Bolivia: inacción, negligencia y secretos”.

11 de mayo de 2026 — La PGE responde (PGE-DESP N° 0951/2026): niega el expediente citando el Artículo 8 de la Ley N° 708, el DS N° 4447 y la Ley N° 341.

1 de junio de 2026 — El País responde (ZCEP/DE/JMCV/037/2026): refuta los fundamentos legales, reitera la solicitud y formula nuevas preguntas sobre el pago, la acción de repetición y otros arbitrajes.

12 de junio de 2026 — La PGE responde (PGE-DESP N° J180/2026): mantiene la reserva del expediente, deriva la información sobre pagos y acción de repetición a la Contraloría.

21 de junio de 2026 — A la fecha, la fuente de financiamiento del pago a BBVA no ha sido informada. No se conoce el resultado de ninguna auditoría. No se conoce el estado de ninguna acción de repetición. El laudo en el caso AFP Futuro (Zurich, 129,1 millones reclamados) no ha sido publicado.


Este reportaje periodístico tiene la finalidad de difundir en lenguaje accesible los resultados de investigaciones basadas en documentos disponibles de acceso público, tales como Estados Financieros, Auditorías externas a los Estados Financieros, Calificaciones de riesgo, Memorias Anuales, Prospectos de emisión de valores, reportes a entidades regulatorias, actas de juntas de accionistas, actas de reuniones de directorios, registros documentales de actividades empresariales, que incluyen testimonios notariales, poderes, informes de registro público, estudios de expertos y otros. Todos, sin excepción, auténticos y registrables.
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