Bolivia con escasos instrumentos contra los paraísos fiscales
Las constantes filtraciones de sociedades comerciales, fideicomisos, cuentas bancarias, acuerdos fiscales secretos, entre otros, que revelan la utilización de variedad de artilugios jurídicos offshore para encubrir actos de corrupción, evadir impuestos o lavar de dinero, no parece que vayan a...



El especialista del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), Andrés Knobel, considera que la clave de fondo para poner fin a este tipo de filtraciones consiste en “trabajar para que el secreto sobre la identidad de quien está detrás de una sociedad comercial o fideicomiso se vuelva obsoleta”. Para ello, agrega, no hace falta eliminar a ningún tipo societario ni estructura legal: “La solución depende de exigir que todos los vehículos legales (sociedades, asociaciones, fundaciones, fideicomisos) en todo el mundo tengan que identificar y registrar a sus verdaderos dueños o controlantes – los denominados Beneficiarios Finales (BF), e idealmente que esta información sea de acceso público”.En noviembre de 2017, el BID publicó su informe titulado “Regulación sobre beneficiarios finales en América Latina y el Caribe”, en el que además de definir el concepto, la importancia y los detalles relacionados a la identificación de los beneficiarios finales, hace una evaluación en los 26 países de América Latina y del Caribe que son prestatarios del BID, sobre los avances en la regulación sobre los beneficiarios finales.Para Bolivia, la conclusión de este informe es que “No resulta claro determinar si existe regulación sobre BF. Una resolución del Banco Central de Bolivia de 2014 establece requisitos para el ‘beneficiario económico’, que sería equivalente al BF, aunque no se establecen umbrales de participación accionaria. No parece haber regulación sobre fideicomisos”.
Beneficiarios FinalesSegún el BID, el tema de los beneficiarios finales (BF), está cobrando cada vez más importancia a nivel internacional debido a su rol central para la transparencia y la integridad del sector financiero.“Esto ha obligado a los países a tomar medidas y actualizar sus legislaciones para evitar riesgos reputacionales o calificaciones negativas en las evaluaciones realizadas por organismos internacionales como el Foro Global sobre Intercambio de Información Tributaria y el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), que establece las Recomendaciones sobre la lucha contra el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo”. El concepto de BF se refiere al individuo o los individuos –o sea, siempre personas físicas o naturales– que son quienes verdaderamente controlan o se benefician económicamente de un vehículo jurídico, como una sociedad mercantil, un fideicomiso, una fundación, etc.El GAFI define al BF como la(s) persona(s) natural(es) que “finalmente” –en caso de que la titularidad/control se ejerza mediante una cadena de titularidad o a través de otros medios– posee o controla a un cliente y/o la persona natural en cuyo nombre se realiza una transacción. Incluye también a las personas que ejercen el control efectivo final sobre una persona jurídica u otra estructura jurídica.Este control o beneficio económico puede ejercerse de diversas formas. El caso más común es a través de la propiedad, cuando se tiene un porcentaje importante de las acciones de una sociedad comercial, cuando se ejerce el control a través de un porcentaje importante del derecho a voto o de la posibilidad de nombrar o remover a los miembros del Directorio de la entidad, o incluso a través de un poder de influencia o veto sobre las decisiones que se toman en una entidadPor todo esto, el BID advierte que lograr determinar el BF “es un proceso complejo que varía según el caso”. El informe agrega que “un detalle importante es que la identificación del BF es independiente de la nacionalidad del BF. En otras palabras, un vehículo jurídico debería identificar a sus BF, independientemente de su nacionalidad y lugar de residencia”.
Bolivia con poca regulación y sin umbralesEn 2017, varios países en Europa, América Latina y África aprobaron nuevas leyes para establecer registros de beneficiarios finales. Uno de los instrumentos más importantes es establecer un umbral (porcentaje) para determinar quién es el participante mayoritario en la titularidad depende de la estructura de titularidad de la sociedad mercantil.Knobel identifica que la definición de “beneficiario final” que estableció Uruguay tiene uno de los umbrales más bajos a nivel global: cualquier individuo que directa o indirectamente tenga por lo menos el 15% de las acciones o del capital de una entidad debe ser considerado BF y registrado, aumentando así la transparencia.En América Latina hay algunos umbrales bajos: Argentina y la República Dominicana utilizan un umbral de 20%, Barbados, Bahamas y Belice, de 10% y Colombia, de 5%. Bolivia no tiene ningún umbral, lo que en la práctica dificulta lograr identificar a los beneficiarios finales. Además, en la tercera ronda de evaluación de GAFI, Bolivia estuvo entre los países que incumplieron las recomendaciones de esa institución para requisitos sobre personas jurídicas y para fideicomisos.Asimismo, el informe del BID observa que “no es posible contar con la información del propietario final de las sociedades anónimas con acciones al portador. No se ha verificado ningún sistema de verificación de antecedentes de propietarios o responsables de las personas jurídicas”.