Nuestra verdad sobre el “segundo tiempo”... ¿desubicación o maniobra?

La idea de forzar una nueva consulta para la reelección del binomio Morales – García Linera, es ir contra la decisión suprema de nuestro pueblo, que sanciono un resultado el 21 de febrero de 2016, marcando la decisión de los ciudadanos bolivianos. Es la postura final asumida  de un...

La idea de forzar una nueva consulta para la reelección del binomio Morales – García Linera, es ir contra la decisión suprema de nuestro pueblo, que sanciono un resultado el 21 de febrero de 2016, marcando la decisión de los ciudadanos bolivianos. Es la postura final asumida  de un pueblo que fue ya consultado y cuyo resultado en las urnas se constituye en autoridad de cosa juzgada (res iudicata), no se puede volver a intentar un nuevo escenario de consulta sobre el mismo tema durante el actual periodo constitucional, ya se dejó con claridad un pronunciamiento, por lo cual no se puede abrir un análisis sobre este tema en el actual periodo legislativo constitucional, la respuesta en las urnas fue clara dejo con contundencia el pronunciamiento del pueblo boliviano.

Resultados oficiales emitidos por el Tribunal Supremo ElectoralJean-Jacques Rousseau en un momento de la historia, mencionaba que “La soberanía debe de residir en el pueblo y no en una autoridad, ya que el pueblo es el que debe controlar al Estado y no una sola persona. El pueblo es una autoridad que juzga”, teniendo en cuenta este postulado el Pueblo con soberanía  juzgó el 21 de febrero.En término económico, realizar un segundo referéndum en un contexto de crisis económica sería indecente y hacerlo de esta manera es forzar y querer aprobar de manera caprichosa un resultado obtenido. Se realizó un gasto que según informó el ministro de Economía, Luis Arce Catacora, fue de aproximadamente 140 millones de bolivianos, el destino específico ya se utilizó en el referéndum, preguntar por segunda vez sobre una misma cuestión es; malversación de fondos del Estado y a la vez se constituye en delito, ya que ese presupuesto fue ejecutado el 21 de febrero de 2016, constituyéndose en un argumento importante para rechazar la posibilidad de ir nuevamente a las urnas.Entrar a una nueva consulta (segundo tiempo) es desafiar la decisión del pueblo que ya se pronunció con resultados oficiales y desde este punto de vista no puede haber otro resultado que sea contrario al NO, por tanto la modificación de la CPE, en este caso sería intentar cambiar la decisión del pueblo, la campaña se hizo EL RESULTADO ESTA DADO. Al querer forzar una nueva consulta, significa qué se quiere cuestionar la decisión del pueblo que ya dio su veredicto, el pensar que existe otro resultado es mostrar la verdadera intención de forzar una maniobra inconsciente, solo por el capricho de autoridades que no aceptan una decisión contraria a sus intereses.En la ley orgánica, la de Régimen Electoral, plantea una salvedad en el artículo 15: “Las decisiones adoptadas mediante Referendo tienen vigencia inmediata y obligatoria, y son de carácter vinculante. Las autoridades e instancias competentes son responsables de su oportuna y eficaz aplicación”. Tomando en cuenta este argumento legal, la vigencia y aplicación del mandato popular se pondrá en funcionamiento durante el actual periodo constitucional, por lo que se infiere de manera categórica que: No se puede realizar una nueva consulta sobre lo mismo, durante el actual periodo constitucional.Lo expuesto se constituye en argumento contundente para rechazar una nueva iniciativa de modificación constitucional sobre el art, 168 de la CPE.¡El soberano dijo NO!*es senador nacional por el Partido Demócrata Cristiano


Artículos Recientes
Tema del día
Tema del día