ASOSUR limita a 120 litros la venta de diésel fuera de tanque
ASOSUR instruyó a las estaciones de servicio de Santa Cruz cumplir el nuevo límite mensual por cliente establecido bajo el Decreto Supremo N° 5676.
La Asociación de Estaciones de Servicio de Santa Cruz (ASOSUR) instruyó a sus asociados restringir la comercialización de diésel fuera de tanque a un máximo de 120 litros por cliente al mes, en cumplimiento del Decreto Supremo N° 5676.
A través de una comunicación dirigida a las estaciones de servicio, la organización recordó que queda “terminantemente prohibido” comercializar volúmenes superiores a los 120 litros mensuales por cliente cuando el combustible no sea cargado directamente al tanque del vehículo.
La disposición se enmarca en las nuevas reglas establecidas para la comercialización de combustibles y busca regular la venta de diésel en volúmenes destinados a almacenamiento o uso fuera del tanque del motorizado.
ASOSUR también informó que los denominados Usuarios Directos únicamente podrán adquirir diésel directamente de las plantas de almacenaje de YPFB y de su filial logística, mientras se adecuan los sistemas de facturación correspondientes.
La asociación pidió a las estaciones de servicio cumplir de manera estricta con las disposiciones establecidas en la normativa vigente, advirtiendo que las ventas deberán ajustarse a los límites y procedimientos definidos por el Decreto Supremo N° 5676.
La medida afecta principalmente a quienes recurren a las estaciones de servicio para adquirir combustible en recipientes o tanques adicionales, estableciendo un límite mensual para este tipo de comercialización.








