Mediante el DS
Último: Gobierno sube a Bs 18 el precio de diésel para grandes consumidores
El Gobierno promulgó el Decreto Supremo N° 5676, firmado por el presidente Rodrigo Paz Pereira, que establece un nuevo mecanismo de comercialización de diésel destinado a clientes directos, Grandes Consumidores (GRACOS) y usuarios directos, con el objetivo de disminuir la carga fiscal que representa para el Estado la importación de combustibles.
Precio referencial inicial será de Bs 18 por litro
Uno de los puntos centrales de la norma establece que, mientras se aprueba y publique la metodología definitiva, el Precio Referencial Inicial del diésel será de Bs 18 por litro, monto que incluye el Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Este mecanismo será aplicado a la comercialización de diésel realizada por YPFB a clientes directos y GRACOS, así como a las ventas efectuadas por estaciones de servicio o puestos de venta a usuarios directos.
Precios no cambian para los demás consumidores
El decreto aclara expresamente que para los demás consumidores se mantienen invariables los precios finales vigentes, establecidos anteriormente mediante los decretos 5516 y 5652.
Por lo tanto, el precio referencial establecido por la nueva norma no implica, de acuerdo con el texto del decreto, una modificación generalizada del precio del diésel para toda la población.
Precio podrá actualizarse diariamente
El Precio Referencial incluirá los costos de importación y los impuestos correspondientes a la venta del combustible.
El Ministerio de Hidrocarburos y Energías deberá aprobar mediante resolución ministerial la metodología para calcular este valor, mientras que el ente regulador tendrá la responsabilidad de establecer y publicar diariamente el precio referencial del diésel en su página institucional.
La norma otorga al Ministerio un plazo de hasta cinco días hábiles para aprobar la metodología. Posteriormente, el ente regulador tendrá otros cinco días hábiles, desde su notificación, para emitir la resolución administrativa correspondiente.
Estaciones deberán adecuar sus sistemas
Las estaciones de servicio y puestos de venta tendrán un plazo de hasta dos días hábiles para adecuar sus sistemas de facturación al nuevo mecanismo.
Mientras se realiza esta adecuación, los usuarios directos podrán adquirir el diésel únicamente desde las plantas de almacenaje de hidrocarburos líquidos de YPFB o YPFB Logística, al precio referencial inicial.
YPFB, por su parte, deberá establecer en un máximo de cinco días hábiles los procedimientos, condiciones y plazos relacionados con el manejo del diferencial de precios.
Diferencial de precios irá a YPFB
El decreto establece además que los recursos generados por la diferencia entre el Precio Referencial y el precio mayorista vigente deberán ser depositados a favor de YPFB por las estaciones de servicio y puestos de venta, de acuerdo con los procedimientos establecidos por la empresa estatal.
El Ejecutivo argumenta que los mayores costos de importación de diésel, la volatilidad internacional de los precios y las condiciones del tipo de cambio han incrementado la carga fiscal, razón por la cual busca reducir el impacto financiero sobre YPFB sin afectar el abastecimiento interno.
Arancel cero para importación de determinadas gasolinas
La norma también dispone diferir a 0% el Gravamen Arancelario hasta el 31 de diciembre de 2027 para determinadas subpartidas correspondientes a gasolinas para motores de vehículos, según el cuadro incluido en el decreto.
El Decreto Supremo 5676 fue emitido en el Palacio de Gobierno el 16 de agosto de 2026 y encarga su cumplimiento a los ministerios de Economía y Finanzas Públicas y de Hidrocarburos y Energías.








