Tarija rechaza redistribución en ALP porque pierde tres diputados
Tarija perderá tres diputados si el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) acepta el cuestionamiento a la Ley 421 de Distribución de Escaños entre Departamentos que presentó la senadora de Unidad Demócrata (UD) de Pando, Eva Gonzales, por lo que rechaza una redistribución. El...



Tarija perderá tres diputados si el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) acepta el cuestionamiento a la Ley 421 de Distribución de Escaños entre Departamentos que presentó la senadora de Unidad Demócrata (UD) de Pando, Eva Gonzales, por lo que rechaza una redistribución.
El asambleísta por O’connor, Abel Guzmán, indicó que si se declara inconstitucional la Ley 421 el departamento de Tarija estará perjudicado en la disminución de diputados junto con la mayoría de los demás departamentos. Aquellos territorios con mayor cantidad de población como La Paz, Cochabamba y Santa Cruz ganarán representatividad nacional mientras que los que tienen menor densidad poblacional perderían. De esta manera, gestionar leyes que puedan colaborar con el desarrollo de ellos no será tan probable como si mantuvieran el número de diputados actuales.
“El TCP debe resolver pensando en la visión y unidad del país, no solamente en una igualdad formal, sino material. Tenemos un Estado plurinacional con diferentes visiones, multilingüe y con identidades diferentes. Al admitir y resolver bajo la lógica de la demandante estaría quebrantando la pluralidad Tarija estaría en desventaja por la disminución de su representación política a nivel nacional”, expresó.
Sin embargo, el senador Fernando Campero, refutó esta teoría y señaló que la Acción Abstracta de Inconstitucionalidad presentada ante el TCP, está dirigida a cambiar la potestad que por la ley 421 tiene la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) para asignar escaños a las Diputaciones Plurinacionales y Uninacionales.
"Lo importante es devolverle al TSE esta potestad histórica de asignación de las diputaciones uninominales y plurinacionales, en todos los casos manteniendo una lógica de asignación por población y por territorio. Antes de la mencionada Ley 421, Tarija tenía 9 diputaciones, pero cinco uninominales y cuatro plurinacionales. Hoy solo tiene cuatro uninominales y cinco plurinaciona. Perdimos un uninominal. No nos olvidemos que Tarija tiene cuatro circunscripciones pero tenía cinco. Tarija siempre votó opositora la régimen del MAS (Movimiento Al Socialismo) y le quitaron una circunscripción y le dieron mayor cantidad al área rural cuando en realidad solo tiene el 28 por ciento del padrón de votantes. Es injusto que los votantes de las ciudades tengamos menor proporción de elección cuando tenemos la mayor cantidad de población. Este tipo de movimiento lo hicieron los del MAS para que el voto del área rural los beneficie en las elecciones cuando modificaron la normativa el 2011”, declaró.
La normativa nacional actual indica que la Cámara de Diputados de la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) está compuesta de 130 miembros. La Paz cuenta con 29, Santa Cruz con 28, Cochabamba con 19, Potosí con 13, Chuquisaca con 10, Oruro con nueve, Tarija con nueve, Beni con ocho, Pando con cinco diputados uninominales.
“En el caso de Tarija de nueve pasaría a tener seis. Además se paralizarían las elecciones previstas en la Ley 1297 que posterga las elecciones generales y que obliga al Tribunal Supremo Electoral (TSE) a llevar adelante las elecciones en un tiempo de 3 meses del presente año hasta reconstituir el mapa electoral a nivel nacional para luego llevar las elecciones. Es una estrategia del Gobierno de (Jeanine) Añez aplicar esa fórmula para dilatar las elecciones y poner en disputa a los departamentos”, argumentó Guzmán.
¿Cómo se asigna escaños en la ALP a los departamentos?
[caption id="attachment_511022" align="alignnone" width="900"] Foto referencial[/caption]
Para asignar escaños a los departamentos con menor población se establece una línea base para identificar a los departamentos que tienen menor población y aquellos con mayor número de habitantes, para este cometido se recurre a la medida estadística de tendencia central, denominada media aritmética y que por regla general cuando se trabaja con población se conoce como media poblacional. Se determina también, la media poblacional de los departamentos con mayor cantidad de habitantes y menor población. Al igual que en el punto anterior, se recurre a la estadística para este cálculo.
El asambleísta por O’connor, Abel Guzmán, indicó que si se declara inconstitucional la Ley 421 el departamento de Tarija estará perjudicado en la disminución de diputados junto con la mayoría de los demás departamentos. Aquellos territorios con mayor cantidad de población como La Paz, Cochabamba y Santa Cruz ganarán representatividad nacional mientras que los que tienen menor densidad poblacional perderían. De esta manera, gestionar leyes que puedan colaborar con el desarrollo de ellos no será tan probable como si mantuvieran el número de diputados actuales.
“El TCP debe resolver pensando en la visión y unidad del país, no solamente en una igualdad formal, sino material. Tenemos un Estado plurinacional con diferentes visiones, multilingüe y con identidades diferentes. Al admitir y resolver bajo la lógica de la demandante estaría quebrantando la pluralidad Tarija estaría en desventaja por la disminución de su representación política a nivel nacional”, expresó.
Sin embargo, el senador Fernando Campero, refutó esta teoría y señaló que la Acción Abstracta de Inconstitucionalidad presentada ante el TCP, está dirigida a cambiar la potestad que por la ley 421 tiene la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) para asignar escaños a las Diputaciones Plurinacionales y Uninacionales.
"Lo importante es devolverle al TSE esta potestad histórica de asignación de las diputaciones uninominales y plurinacionales, en todos los casos manteniendo una lógica de asignación por población y por territorio. Antes de la mencionada Ley 421, Tarija tenía 9 diputaciones, pero cinco uninominales y cuatro plurinacionales. Hoy solo tiene cuatro uninominales y cinco plurinaciona. Perdimos un uninominal. No nos olvidemos que Tarija tiene cuatro circunscripciones pero tenía cinco. Tarija siempre votó opositora la régimen del MAS (Movimiento Al Socialismo) y le quitaron una circunscripción y le dieron mayor cantidad al área rural cuando en realidad solo tiene el 28 por ciento del padrón de votantes. Es injusto que los votantes de las ciudades tengamos menor proporción de elección cuando tenemos la mayor cantidad de población. Este tipo de movimiento lo hicieron los del MAS para que el voto del área rural los beneficie en las elecciones cuando modificaron la normativa el 2011”, declaró.
La normativa nacional actual indica que la Cámara de Diputados de la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) está compuesta de 130 miembros. La Paz cuenta con 29, Santa Cruz con 28, Cochabamba con 19, Potosí con 13, Chuquisaca con 10, Oruro con nueve, Tarija con nueve, Beni con ocho, Pando con cinco diputados uninominales.
“En el caso de Tarija de nueve pasaría a tener seis. Además se paralizarían las elecciones previstas en la Ley 1297 que posterga las elecciones generales y que obliga al Tribunal Supremo Electoral (TSE) a llevar adelante las elecciones en un tiempo de 3 meses del presente año hasta reconstituir el mapa electoral a nivel nacional para luego llevar las elecciones. Es una estrategia del Gobierno de (Jeanine) Añez aplicar esa fórmula para dilatar las elecciones y poner en disputa a los departamentos”, argumentó Guzmán.
¿Cómo se asigna escaños en la ALP a los departamentos?
[caption id="attachment_511022" align="alignnone" width="900"] Foto referencial[/caption]
Para asignar escaños a los departamentos con menor población se establece una línea base para identificar a los departamentos que tienen menor población y aquellos con mayor número de habitantes, para este cometido se recurre a la medida estadística de tendencia central, denominada media aritmética y que por regla general cuando se trabaja con población se conoce como media poblacional. Se determina también, la media poblacional de los departamentos con mayor cantidad de habitantes y menor población. Al igual que en el punto anterior, se recurre a la estadística para este cálculo.