Cercado: A julio DNA atendió un centenar de denuncias
A lo largo de los primeros siete meses de la gestión la Defensoría de Niñez y Adolescencia (DNA) Cercado atendió un centenar de casos de violencia contra esta población vulnerable, contemplando distintos tipos de agresiones, las cuales ocurren principalmente al interior de sus hogares.
Desde esta unidad explicaron el protocolo para la atención a las víctimas, que abarca desde la contención psicológica hasta la asistencia legal.
Informe
“Estos actos de violencia ocurren, por ejemplo, en unidades educativas, pero sobre todo al interior de las familias. De enero a julio hemos atendido un total de 100 casos de violencia a niñas, niños y adolescentes”, explicó el asesor legal de esta unidad municipal, Waldo Tarifa.
La autoridad refirió que esa cifra contempla distintos tipos de agresión, los que conforman la Ley 548 que es de protección integral a los menores, como también algunos de los que están tipificados en la Ley 348 que es contra la violencia.
En ese aspecto, Tarifa aclaró que una denuncia no necesariamente debe formularse por una agresión física, sino que hay otros tipos de violencia como la coerción o el chantaje.
Protocolo
La DNA no tiene la competencia de abrir un proceso penal contra un agresor, pero sí de promoverla ante las instancias correspondientes, como el Ministerio Público y la Fuerza Especial de Lucha Contra la Violencia (FELCV).
El jurista explicó que en cuanto llega un caso, el protocolo manda la asignación de personal interdisciplinario para la contención de la víctima y paralelamente promover la denuncia. Una vez que el Ministerio Público toma conocimiento debe emitir los requerimientos fiscales para sustentar un proceso penal.
A la DNA le corresponde llevar adelante algunas de esas pericias, como las entrevistas en cámara Gesell y los informes psicosociales, además de asignar a un funcionario de su área penal para el acompañamiento legal.
Tarifa concluyó mencionando que la línea de acción de la Defensoría ordena dar prioridad al testimonio de los menores y el resguardo de su seguridad, sin que eso implique vulnerar la presunción de inocencia hasta contar con una sentencia.








