Bono PEPE, Gestora y Síntesis: contrato exprés bajo la mira
El ministro de Economía admitió el contrato con Síntesis S.A. y dijo que el Banco Mundial lo auditó sin hallar irregularidades; pero una investigación cuestiona por qué se eligió a esa empresa sin licitación pública o competencia.
El Gobierno confirmó por primera vez, de manera oficial, los términos del contrato que la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo firmó con la empresa Síntesis S.A. para el pago del Bono PEPE. El ministro de Economía, Gabriel Espinoza, dijo a la Agencia de Noticias Fides (ANF), el 12 de julio, que el contrato asciende a Bs 16,2 millones y que la empresa cobra una comisión unitaria de Bs 3,80 por transacción.
Ambas cifras coinciden con las que constan en el contrato GP/GG/UALA/CA/3/2026, suscrito el 22 de enero de 2026 entre el gerente general de la Gestora, Marcelo Vladimir Fernández Quiroga, y el representante legal de Síntesis, Rony Silvestre Garafulic Justiniano.
La confirmación llega después de que la exdiputada Luciana Campero difundiera, el 11 de julio, una investigación sobre el mismo contrato en el programa Cabildeo Digital, conducido por la periodista Amalia Pando. Campero cuestionó por qué se contrató a una empresa externa si la Gestora ya administra los datos de los beneficiarios, y comparó el costo con el del Bono Contra el Hambre de 2020: aquel programa, con 1.000 bolivianos por persona y cerca de cuatro millones de pagos procesados, costó alrededor de Bs 8 millones en comisiones, una relación de Bs 2 por transacción. El PEPE, con un monto menor por persona, cuesta casi el doble en comisiones totales.
Espinoza respondió directamente a esa pregunta. Según explicó, el pago del bono no lo ejecuta Síntesis, sino los bancos del sistema financiero; lo que hace la empresa es interconectar las bases de datos de los beneficiarios, que son del Estado, con los sistemas bancarios, un paso técnico necesario para que el desembolso pueda procesarse. El ministro también afirmó que Síntesis era, al momento de la adjudicación, la única empresa que prestaba ese servicio en el país, y que este tipo de contratación directa se aplica de manera recurrente en el Estado boliviano.
El respaldo contractual del Banco Mundial a Síntesis
El dato más nuevo de la versión oficial es el financiamiento. Espinoza reveló que el Banco Mundial financió la contratación y afirmó que ese organismo audita el proceso, con resultados que estarían disponibles públicamente: “Aquí no hay un sobrepago para una empresa porque se nos haya ocurrido”.
El 4 de febrero de 2026, el Directorio del Banco Mundial aprobó un préstamo de USD 200 millones para Bolivia bajo el proyecto P514751 (“Bolivia Social Transformation and Economic Protection”), destinado a financiar cerca del 20% del costo del PEPE, con la Gestora como responsable de la elegibilidad y el pago de beneficiarios.
Una revisión de los expedientes legales del proyecto P514751 revela que el Banco Mundial no solo conocía la existencia de Síntesis, sino que la blindó legalmente. El Contrato de Préstamo, firmado el 10 de febrero de 2026, incluye en su anexo una definición expresa de Síntesis como proveedor de servicios de pago. Más aún, el Plan de Compromiso Ambiental y Social (ESCP) –de obligatorio cumplimiento para el desembolso– ordena que “los pagos en efectivo se procesarán a través de SINTESIS”.
Cuando el ministro Espinoza afirmó que el Banco Mundial auditó y avaló el proceso, tenía razón en los hechos, pero no en la forma. El Banco Mundial no auditó el contrato comercial de 16,2 millones de bolivianos, sino la plataforma tecnológica. El organismo multilateral verificó que el sistema de Síntesis pudiera interconectar los padrones de la Gestora con los bancos (ASFI) de forma segura y sin filtraciones.
El fondo está en una cláusula oculta del contrato (Sección III.B.1.b.iii). El Banco Mundial exigió que la Gestora “modifique el contrato que celebró con SINTESIS el 31 de diciembre de 2025” para incluir cláusulas anticorrupción. Es decir, Síntesis ya era la operadora del pago de la Renta Dignidad. El contrato del PEPE no fue una licitación nueva de 48 horas, sino una ampliación de un contrato preexistente. La urgencia no fue para elegir un proveedor, sino para ajustar el precio y el alcance de un proveedor que ya estaba dentro del Estado.
Según su propio sitio web, Síntesis prestaba servicios previos a la Gestora y al Banco de Desarrollo Productivo (BDP) antes del PEPE. Una relación comercial preexistente no descalifica una contratación directa, pero sí obliga a mayor transparencia sobre el estudio de precios y la evaluación de exclusividad, información que no se ha hecho pública.
La pregunta que el ministro no respondió con su declaración es: si el sistema ya existía y ya pagaba la Renta Dignidad, ¿por qué la comisión por cada bono PEPE (Bs 3,80) es significativamente más alta que la que se pagaba por la Renta Dignidad o por el Bono Contra el Hambre en 2020 (Bs 2)? El Banco Mundial avaló la máquina, pero no auditó el sobreprecio.
Lo no resuelto: el sobrecosto y la ingeniería contractual
La explicación de Espinoza y la documentación del Banco Mundial aclaran el rol técnico de Síntesis, pero abren una caja de preguntas aún más compleja sobre el precio. El dato central es que Síntesis no fue elegida en 48 horas para el PEPE desde cero. El Contrato de Préstamo del Banco Mundial (cláusula III.B.1.b.iii) revela que la Gestora ya tenía un contrato con Síntesis para la Renta Dignidad, firmado el 31 de diciembre de 2025 y efectivo desde el 1 de enero de 2026. El contrato del PEPE del 22 de enero fue, en rigor, una modificación o ampliación de ese vínculo preexistente.
La contratación directa no fue para decidir el proveedor, sino para decidir el precio y el alcance de un proveedor que ya estaba operando dentro del Estado. Aparecen preguntas sobre:
La comisión histórica. Si el sistema ya pagaba la Renta Dignidad, ¿cuál era la comisión unitaria en ese contrato previo? El ministro no la reveló. El Bono Contra el Hambre de 2020 costó Bs 2 por transacción. ¿Por qué la ampliación para el PEPE saltó a Bs 3,80, casi el doble, si la infraestructura tecnológica ya estaba montada y funcionando?
El techo contractual inconsistente. El contrato fija un tope de Bs 16,24 millones. Sin embargo, aplicando la comisión de Bs 3,80 a los 2.095.382 beneficiarios habilitados por las tres cuotas, el costo teórico máximo asciende a Bs 23,89 millones. Este desfase sugiere que el contrato original (el de Renta Dignidad) y la adenda del PEPE podrían tener estructuras de costo distintas, o que el tope de 16 millones no cubre la totalidad del operativo, dejando un remanente que el Gobierno no ha explicado de dónde saldrá.
La versión del Gobierno responde qué hace Síntesis. Los documentos del Banco Mundial responden por qué fue posible su contratación rápida (era una adenda a un contrato vigente). Pero aún no hay respuesta pública de por qué esa adenda costó Bs 3,80 por transacción en lugar de los Bs 2 del historial reciente del Estado, ni por qué el tope contractual no se ajusta al volumen real de beneficiarios.
Quién es Síntesis
Ni Espinoza ni la investigación de Cabildeo Digital abordaron un aspecto documentable en las actas societarias de la empresa. Síntesis pertenece a seis accionistas —Jorge Ivanko Kuljis Santos (45%), Oscar Oliver Bellido Sainz (20%), Renán Ramiro Chávez Balcázar (12,5%), Ricardo Ignacio Bedoya Sáenz (10%), Tonchi Eterovic Nigojevic (10%) y Soledad Rosana Hopchak (2,5%)—, cinco de los cuales figuran como directores de la empresa en la Memoria Anual 2025, pero ninguno firmó el contrato con el Estado; esa firma correspondió al gerente general, Garafulic Justiniano, que no figura en la nómina accionaria.
Dos de esos seis accionistas, Bedoya Sáenz y Eterovic Nigojevic, ocupan cargos directivos en el Banco Nacional de Bolivia (BNB), uno de los bancos privados más grandes del país. Esa circunstancia no fue mencionada por el ministro ni por Cabildeo Digital. El dato es relevante para evaluar la contratación directa: la empresa elegida como única proveedora de un servicio de interconexión de pagos estatales tiene, a nivel de propiedad, vínculos con la banca privada.
La ampliación del objeto social de Síntesis, aprobada por sus accionistas el 8 de enero de 2026 para poder “prestar y/o exportar servicios tecnológicos”, ocurrió trece días antes del decreto que creó el PEPE y catorce antes de la firma del contrato. Si el contrato de Renta Dignidad ya existía y la plataforma era la misma, ¿por qué fue necesario modificar el objeto social de la empresa justo antes de la ampliación? Esta fecha sigue siendo, por ahora, una coincidencia cronológica sin explicación documentada.
La “recurrencia” y el litigio de un accionista
Espinoza sostuvo que este tipo de contratación directa se aplica de manera recurrente, una afirmación que, de confirmarse con cifras, permitiría comparar el caso de Síntesis con otros procesos y establecer si el plazo de 48 horas y la ausencia de estudio de mercado son prácticas habituales o una excepción. Ni el ministro ni Cabildeo Digital ofrecieron ese comparativo.
Tampoco se ha mencionado que uno de los seis accionistas, Ricardo Bedoya Sáenz, atraviesa un litigio patrimonial en Chile por acciones de Ferroviaria Oriental S.A., valoradas en USD 3 millones, cuya subasta fue anulada por la Corte de Apelaciones de Santiago en noviembre de 2025. El litigio no guarda relación conocida con el PEPE, pero forma parte del perfil patrimonial de uno de los propietarios de la empresa que hoy administra datos de dos millones de beneficiarios del Estado.
Para la analista Edith Gálvez, el contrato con Síntesis “es una transferencia de una función que el aparato estatal boliviano ya sabe ejecutar hacia un proveedor privado, sin que medie una comparación pública de costos entre opciones”. Gálvez indica que el efecto acumulado, más allá de la legalidad de cada paso, es el de “una privatización parcial y silenciosa de un servicio que el Estado boliviano ya presta a menor costo en otros programas similares”.
El balance
La versión del Gobierno permite responder qué hace exactamente Síntesis, y aporta un elemento nuevo, el financiamiento del Banco Mundial, confirmado en existencia y justificación técnica —la experiencia previa de Síntesis durante la pandemia—, aunque no en la auditoría puntual que citó el ministro como garantía de que no hubo sobreprecio. Pero no resuelve las preguntas de exclusividad de mercado, ajuste del techo contractual, ni la composición accionaria de la empresa elegida.
La coincidencia entre las cifras que reveló el ministro y las del contrato confirma la exactitud de los datos disponibles; lo que aún no tiene respuesta pública es si ese monto, cobrado a una única empresa sin competencia documentada, corresponde al costo real de mercado por interconectar los pagos de dos millones de bolivianos beneficiados por el PEPE.
Síntesis y el BNB: propiedad cruzada
Ni el ministro Gabriel Espinoza ni la investigación difundida por Cabildeo Digital mencionaron un dato que consta en las actas societarias de Síntesis S.A.: dos de sus seis accionistas ocupan cargos directivos en el Banco Nacional de Bolivia (BNB), uno de los bancos privados más grandes del país. Tonchi Eterovic Nigojevic es co-vicepresidente del directorio del BNB. Ricardo Ignacio Bedoya Sáenz preside el directorio de BNB Invest Casa de Bolsa S.A., es hijo de Fernando Bedoya, presidente vitalicio del banco, y hermano de Pablo Bedoya, presidente de BNB Corporation Bolivia S.A.
Esta doble pertenencia no implica, por sí sola, irregularidad: directivos bancarios invierten con frecuencia en empresas de tecnología financiera afines a su sector. Pero adquiere relevancia porque el ministro justificó la contratación directa alegando que Síntesis era la única empresa capaz de prestar el servicio de interconexión, sin que se conozca si se evaluaron alternativas dentro del propio sistema financiero, incluido el BNB, donde dos de los dueños de Síntesis ejercen cargos directivos.
Hasta el momento no se conoce si esa relación de propiedad fue declarada ante la Gestora Pública durante el proceso de contratación directa, y si el Banco Mundial, cuyo préstamo al PEPE fue aprobado semanas después de la firma del contrato, tuvo conocimiento de esta estructura accionaria al evaluar el proceso. Ninguna de las fuentes consultadas hasta ahora —ni el Gobierno, ni la investigación de Luciana Campero— ha abordado este punto, que sigue siendo una de las principales preguntas abiertas del caso y que una eventual auditoría de la Contraloría General del Estado podría ayudar a esclarecer.
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