Hidroeléctrica San Jacinto: un contrato entreguista y lesivo a los intereses departamentales

En este contrato se establece, en la cláusula cuarta numeral uno, que el 92% del total de los ingresos brutos  por la generación de energía eléctrica (pago por potencia, energía y otros), una vez deducido el IVA y el IT, serán destinados a la sociedad anónima “Guaracachi”.En la...

En este contrato se establece, en la cláusula cuarta numeral uno, que el 92% del total de los ingresos brutos  por la generación de energía eléctrica (pago por potencia, energía y otros), una vez deducido el IVA y el IT, serán destinados a la sociedad anónima “Guaracachi”.En la cláusula octava se establece, como plazo de duración del contrato, 30 años. Es decir, se está entregando el complejo hidroeléctrico por un plazo varias veces superior al resto de su vida útil: una enajenación completa a favor de la empresa; una venta disfrazada de contrato OMA, inconsulta y lesiva, del patrimonio tarijeño, que no tiene ni permiso de la Asamblea Legislativa Departamental (ALD) ni de la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP). Vale la pena recordar que los anteriores contratos con la empresa departamental SETAR, por el mismo servicio, tenían un plazo de apenas 5 años y condiciones completamente diferentes.Ahora entendemos la negativa sistemática de Oliva a responder las reiteradas peticiones de informe escrito realizadas por la asambleísta Amanda Calizaya en los últimos dos años de vigencia de este contrato. Nunca entregaron este documento a la Asamblea Legislativa Departamental, conscientes de la gravedad de sus consecuencias.La hidroeléctrica San Jacinto, de propiedad indiscutible del GAD Tarija, venía siendo operada bajo contratos OMA con SETAR (a partir del mes de enero del año 2000), que le cobraba por el servicio a la Gobernación un total fijo mensual de 15 mil dólares. De acuerdo a informes  de las gestiones 2014 (Enero a Diciembre) y 2015 (Enero a Agosto), a un precio de 0.028 $us/kwh, el total de los ingresos brutos generados por venta de energía fue de 450 mil y 575 mil dólares, respectivamente.Como los actuales funcionarios se niegan a prestar informe sobre las liquidaciones de estos dos últimos años, en caso de que en los periodos anteriores hubiera estado vigente el actual contrato Oliva – Guaracachi, esta empresa hubiera cobrado 414 mil dólares el 2014 y 529 mil dólares de enero a agosto del 2015. Dicho de otra forma, el GAD Tarija hubiera dejado de percibir 234 mil $us el 2014 y 349 mil $us entre enero y ¡agosto del 2015!No debemos olvidar que la hidroeléctrica generaba, en esos año, entre un mínimo de 500 mil kwh y 5.5 millones de kwh por mes, con un promedio cercano a 2.5 millones de kwh mensuales, sin contabilizar, además, que entre enero de 2014 y marzo de 2015, se usaron 228 Mil Millones de litros de agua del embalse para generar esos volúmenes de energía eléctrica!!Sin embargo, en estos dos últimos años, el manejo implacable por parte del nuevo dueño ha aumentado considerablemente la generación de energía de base y está entregando la energía al SIN a casi el doble de precio de lo que se entregaba a SETAR en el anterior contrato.Tomando en cuenta esta información y con una simple proyección, en los próximos 30 años del contrato, Oliva está regalando a la sociedad anónima más de 35 millones de dólares cuyo valor presente, a una tasa de descuento del 7% anual, es superior a 120 millones de dólares!!Nos preguntamos si debería haber pasado por la ALD este contrato, —que entrega, a cambio de unas palmaditas en el cogote, un activo departamental como es el flujo de caja por venta de energía de estos treinta años venideros, equivalente a 120 MM $us—. ¿Se puede acaso vender o regalar un patrimonio estatal departamental de manera tan impune? ¿Acaso no es esto enajenar en cómodas cuotas mensuales nuestra hidroeléctrica?Seguramente van a responder ante la justicia por esta acción; mientras tanto, evaluemos si existían alternativas y como estas fueron descartadas.Es evidente, como dice el propio contrato en sus considerandos abusivos e imprecisos, que SETAR, consolidada como empresa distribuidora, no podía ejercer las actividades de generación y, por ello, ¿estaban obligados los actuales administradores del GAD a recurrir a Guarachachi bajo amenaza de Intervención (cláusula 2.14 del contrato)? ¡De ninguna manera!La Ley de Electricidad, Art 15, inciso d, establece que, “excepcionalmente, y de acuerdo a reglamento, las empresas de Distribución podrán ser propietarias directas de instalaciones de Generación, que utilice y aproveche recursos naturales renovables, siempre que esta capacidad no exceda el quince por ciento (15%) del total de su demanda máxima“.La “demanda máxima” de SETAR, en la zona de concesión (el Departamento de Tarija), es cercana a los 50 Mw
, de manera que el 15% es de 7.5MW, casi el total de la capacidad instalada de nuestra hidroeléctrica. Guaracachi la registra en el CNDC con 7.2 MW y las estadísticas muestran una generación horaria que raras veces supera los 6.9 MW. De manera que no había necesidad de regalarla por 30 años. La transferencia de la hidroeléctrica a SETAR la hubiera potenciado y, con una disponibilidad de energía barata, el estudio tarifario hubiera arrojado condiciones mejores para el costo final de la energía a los consumidores tarijeños que hoy tienen que lamentar los incremento tarifarios, además, claro está, de disponer nuestra quejumbrosa Gobernación de recursos adicionales para financiar las actividades productivas de San Jacinto.La segunda alternativa  hubiera sido dar continuidad a la política del gobernador campesino que, con visión estratégica departamental, había creado por decreto la Empresa Departamental de Energía (EDDE), justa contraparte a ENDE. Esta empresa podría incluso haberse asociado a ENDE en la operación mientas se consolidaban sus derechos como generadora.Nada explica la actitud servil y entreguista de la actual administración y este contrato, lesivo a los intereses departamentales, es prueba de los delitos de incumplimiento de deberes (cuidar y proteger el patrimonio departamental), de conducta antieconómica y de contratos lesivos al estado y a la sociedad tarijeña!Con el cascabel ya puesto en el gato, tienen ahora la palabra las Asambleas Legislativas Departamental y Plurinacional!


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