Tarija recuperó Bs 12 MM con el “perdonazo” tributario municipal
Mediante la Ley Municipal Nº 172, que permite el descuento en multas e intereses de impuestos por inmuebles y vehículos, Tarija ya recuperó 12 millones de bolivianos. El plazo para acogerse a ese beneficio, correspondiente al segundo periodo de 2019, se amplió por única vez mediante...



Mediante la Ley Municipal Nº 172, que permite el descuento en multas e intereses de impuestos por inmuebles y vehículos, Tarija ya recuperó 12 millones de bolivianos. El plazo para acogerse a ese beneficio, correspondiente al segundo periodo de 2019, se amplió por única vez mediante Resolución Administrativa.
El artículo 5 de la Ley tenía fijado los siguientes plazos: hasta el 30 de abril de 2019 con el 95 por ciento de descuento en multas e intereses, hasta el 31 de octubre de 2019 con el 90 por ciento, hasta el 30 de abril de 2020 con el 85 por ciento y hasta el 31 de octubre del 2020 con un 80 por ciento.
Con la Resolución Administrativa los plazos quedaron de la siguiente manera: hasta el 31 de diciembre de 2019 con el 90 por ciento de descuento, del 1 de enero a junio de 2020 con el 85 por ciento, de julio a diciembre del mismo año con el 80 por ciento.
Según el concejal municipal de Cercado, Francisco Rosas, mediante el “perdonazo” tributario para bienes inmuebles y vehículos, el Ejecutivo tenía previsto recaudar 300 millones de bolivianos. Luego eso se traduce en mayores obras para los barrios, mayor atención en limpieza, salud, educación y otros rubros.
Es así que el Legislador recomendó a los contribuyentes acogerse a ese beneficio, ya que el descuento llega a ser en casi un 50 por ciento del total de la deuda acumulada.
Por otro lado, Rosas sostiene que por los conflictos electorales suscitados en el país y en el departamento de Tarija, se vio la necesidad de modificar las Ley 172, de manera que se reprogramen las fechas.
El director de Ingresos del municipio de Cercado, Efraín Farfán, refirió que su repartición aplicó la primera disposición adicional de la Ley, que dice; “En caso de presentarse hechos fortuitos (huelgas, paros, problemas técnicos del sistema y otros) que no sean responsabilidad de los sujetos pasivos o terceros responsables, los plazos podrán ampliarse por única vez por la Administración Tributaria Municipal mediante Resolución Administrativa”.
Es así que el funcionario dice que los nuevos plazos ya están reprogramados mediante resolución, la cual fue emitida antes que concluya el plazo del segundo periodo, que era el 31 de octubre. Hasta finales de gestión esperan recaudar entre 30 y 40 millones de bolivianos de la cartera en mora. Pide a la población no esperar el último momento para acogerse a ese beneficio.
“Por un lado existen contribuyentes que asisten a pagar sus deudas. Si bien la normativa reduce significativamente las multas e intereses, la recaudación para el municipio se ve disminuida -comentó Farfán- lo importante es que por el tema del perdonazo ya se logro recuperar alrededor de 12 millones de bolivianos. Ahora el tema es que se amplió el plazo para que la gente regularice su situación tributaria”.
El artículo 4 de la Ley 172 indica que el alcance de la regularización de la deuda impositiva se extiende desde la gestión fiscal 2009 hasta el 2017, por concepto de los siguientes impuestos: propiedad de bienes inmuebles y de vehículos automotores terrestres. El sujeto pasivo o tercero responsable, que se encuentre en proceso de fiscalización o en etapa de ejecución tributaria podrá acogerse a este beneficio.
El artículo 5 de la Ley tenía fijado los siguientes plazos: hasta el 30 de abril de 2019 con el 95 por ciento de descuento en multas e intereses, hasta el 31 de octubre de 2019 con el 90 por ciento, hasta el 30 de abril de 2020 con el 85 por ciento y hasta el 31 de octubre del 2020 con un 80 por ciento.
Con la Resolución Administrativa los plazos quedaron de la siguiente manera: hasta el 31 de diciembre de 2019 con el 90 por ciento de descuento, del 1 de enero a junio de 2020 con el 85 por ciento, de julio a diciembre del mismo año con el 80 por ciento.
Según el concejal municipal de Cercado, Francisco Rosas, mediante el “perdonazo” tributario para bienes inmuebles y vehículos, el Ejecutivo tenía previsto recaudar 300 millones de bolivianos. Luego eso se traduce en mayores obras para los barrios, mayor atención en limpieza, salud, educación y otros rubros.
Es así que el Legislador recomendó a los contribuyentes acogerse a ese beneficio, ya que el descuento llega a ser en casi un 50 por ciento del total de la deuda acumulada.
Por otro lado, Rosas sostiene que por los conflictos electorales suscitados en el país y en el departamento de Tarija, se vio la necesidad de modificar las Ley 172, de manera que se reprogramen las fechas.
El director de Ingresos del municipio de Cercado, Efraín Farfán, refirió que su repartición aplicó la primera disposición adicional de la Ley, que dice; “En caso de presentarse hechos fortuitos (huelgas, paros, problemas técnicos del sistema y otros) que no sean responsabilidad de los sujetos pasivos o terceros responsables, los plazos podrán ampliarse por única vez por la Administración Tributaria Municipal mediante Resolución Administrativa”.
Es así que el funcionario dice que los nuevos plazos ya están reprogramados mediante resolución, la cual fue emitida antes que concluya el plazo del segundo periodo, que era el 31 de octubre. Hasta finales de gestión esperan recaudar entre 30 y 40 millones de bolivianos de la cartera en mora. Pide a la población no esperar el último momento para acogerse a ese beneficio.
“Por un lado existen contribuyentes que asisten a pagar sus deudas. Si bien la normativa reduce significativamente las multas e intereses, la recaudación para el municipio se ve disminuida -comentó Farfán- lo importante es que por el tema del perdonazo ya se logro recuperar alrededor de 12 millones de bolivianos. Ahora el tema es que se amplió el plazo para que la gente regularice su situación tributaria”.
El artículo 4 de la Ley 172 indica que el alcance de la regularización de la deuda impositiva se extiende desde la gestión fiscal 2009 hasta el 2017, por concepto de los siguientes impuestos: propiedad de bienes inmuebles y de vehículos automotores terrestres. El sujeto pasivo o tercero responsable, que se encuentre en proceso de fiscalización o en etapa de ejecución tributaria podrá acogerse a este beneficio.