El “calvario” de “proteger” 60 hectáreas verdes en Cercado
Vecinos del barrio San Bernardo denunciaron que un “mal ciudadano” se encontraba realizando trabajos de construcción y cerramiento de un terreno considerado como área verde de la zona, situación que fue denunciada hasta la Alcaldía de Tarija a través de la Dirección de Ordenamiento...



Vecinos del barrio San Bernardo denunciaron que un “mal ciudadano” se encontraba realizando trabajos de construcción y cerramiento de un terreno considerado como área verde de la zona, situación que fue denunciada hasta la Alcaldía de Tarija a través de la Dirección de Ordenamiento Territorial (DOT) en fin que accione legalmente en contra de esta persona.
De acuerdo a los vecinos, la denuncia no fue escuchada por la DOT y esta construcción continuaba en el barrio San Bernardo pese a reclamos de los vecinos; en consulta con el director de la DOT de la Alcaldía, Horacio Rodríguez, expresó que al tomar conocimiento de esta denuncia, iniciaron los procesos administrativos en fin de frenar dicha construcción.
En esta y otras situaciones similares, los procesos pueden durar como 6 meses mínimos para que un juez pueda fallar a favor de un barrio, la Alcaldía o quien fuese el que tuviera la razón en cuanto a la ocupación de un terreno; los tiempos para este tipo de procesos de tierras, están marcados por ley y en base a la Constitución Política del Estado (CPE).
A esta situación, se suma la cantidad de hectáreas verdes o de equipamiento, que la instancia municipal debe precautelar que según datos de la DOT están entre os 40 a 60 hectáreas en Cercado, en fin que “la viveza criolla” no se apropie de lo ajeno.
Procesos por terrenos
La administración de áreas verdes en Cercado, depende del Gobierno Municipal y en el caso específico del barrio San Bernardo, el director de la DOT, Horacio Rodríguez, aseveró que “siempre existen conflictos” y en el particular, se pudo constatar una construcción en espacios públicos.
“Esto con supuesto derecho propietario que otra familia asume como parte suya o un caso similar tenemos en el barrio Moto Méndez, donde existe un mirador que fue cedido en su momento y ahora también aparecen otras personas que en su momento eran originarios del sector que reclaman como parte público este terreno”, dijo.
En la presente gestión, se estima que la Alcaldía sigue cerca de 6 procesos judiciales o penales, ya que no se puede ir “a la primera y demoler” construcciones en espacios públicos sin la orden de un juez y el proceso correspondiente.
Los procesos pueden durar meses o incluso años, ya que existen etapas en las que el acusado puede apelar a la decisión de un juzgado, existen dos alternativas en la vía administrativa e incluso pueden recurrir a un proceso “contencioso” en la vía de acción de amparo.
“Son situaciones que nos obligan a poder sustanciar los procesos y obviamente la molestia de los vecinos se entiende”, señaló.
laCIFRA
Terrenos
El cinco por ciento de las áreas verdes de la ciudad de Tarija se encuentran en litigio entre Alcaldía, propietarios o asentados
Paralización de construcciones, multas y cárcel
La Ley Nacional Nº 477 “Contra el avasallamiento y tráfico de tierras”, establece el régimen jurisdiccional que permite al Estado resguardar, proteger y defender la propiedad privada individual y colectiva, la propiedad estatal y las tierras fiscales de los avasallamientos y el tráfico de tierras y, modifica el Código Penal incorporando nuevos tipos penales contra el avasallamiento y tráfico de tierras en el área urbana o rural.
El mejor testigo para detectar que una persona pretende construir una infraestructura en un terreno público, son los propios vecinos quienes deben recurrir hasta la Dirección de Ordenamiento Territorial (DOT) para denunciar estas situaciones y determinar las multas o castigos correspondientes.
“La primer a medida administrativa que emitimos es una paralización lo que implica una orden de multa si es que se incumple esta paralización, el monto oscila entre los 10 mil UFV’S (23 mil bolivianos). Es importante que la población conozca que mi persona está investida en calidad de autoridad, por ende, he emitido una resolución dentro del marco de sus competencias que es proteger los espacios públicos municipales”, explicó.
En caso de existir “desobediencia manifiesta” a esta sanción, la persona que invade terrenos públicos se constituyen en un delito o una falta penal, situación que debe ser denunciada hasta el Ministerio Público para que dicha instancia inicie las investigaciones.
Al existir los registros en Derechos Reales, planos y escrituras a favor de la Alcaldía, el delito pasa a ser “avasallamiento”, delito que incluso es sancionado con la privación de libertad.
De acuerdo a los vecinos, la denuncia no fue escuchada por la DOT y esta construcción continuaba en el barrio San Bernardo pese a reclamos de los vecinos; en consulta con el director de la DOT de la Alcaldía, Horacio Rodríguez, expresó que al tomar conocimiento de esta denuncia, iniciaron los procesos administrativos en fin de frenar dicha construcción.
En esta y otras situaciones similares, los procesos pueden durar como 6 meses mínimos para que un juez pueda fallar a favor de un barrio, la Alcaldía o quien fuese el que tuviera la razón en cuanto a la ocupación de un terreno; los tiempos para este tipo de procesos de tierras, están marcados por ley y en base a la Constitución Política del Estado (CPE).
A esta situación, se suma la cantidad de hectáreas verdes o de equipamiento, que la instancia municipal debe precautelar que según datos de la DOT están entre os 40 a 60 hectáreas en Cercado, en fin que “la viveza criolla” no se apropie de lo ajeno.
Procesos por terrenos
La administración de áreas verdes en Cercado, depende del Gobierno Municipal y en el caso específico del barrio San Bernardo, el director de la DOT, Horacio Rodríguez, aseveró que “siempre existen conflictos” y en el particular, se pudo constatar una construcción en espacios públicos.
“Esto con supuesto derecho propietario que otra familia asume como parte suya o un caso similar tenemos en el barrio Moto Méndez, donde existe un mirador que fue cedido en su momento y ahora también aparecen otras personas que en su momento eran originarios del sector que reclaman como parte público este terreno”, dijo.
En la presente gestión, se estima que la Alcaldía sigue cerca de 6 procesos judiciales o penales, ya que no se puede ir “a la primera y demoler” construcciones en espacios públicos sin la orden de un juez y el proceso correspondiente.
Los procesos pueden durar meses o incluso años, ya que existen etapas en las que el acusado puede apelar a la decisión de un juzgado, existen dos alternativas en la vía administrativa e incluso pueden recurrir a un proceso “contencioso” en la vía de acción de amparo.
“Son situaciones que nos obligan a poder sustanciar los procesos y obviamente la molestia de los vecinos se entiende”, señaló.
laCIFRA
Terrenos
El cinco por ciento de las áreas verdes de la ciudad de Tarija se encuentran en litigio entre Alcaldía, propietarios o asentados
Paralización de construcciones, multas y cárcel
La Ley Nacional Nº 477 “Contra el avasallamiento y tráfico de tierras”, establece el régimen jurisdiccional que permite al Estado resguardar, proteger y defender la propiedad privada individual y colectiva, la propiedad estatal y las tierras fiscales de los avasallamientos y el tráfico de tierras y, modifica el Código Penal incorporando nuevos tipos penales contra el avasallamiento y tráfico de tierras en el área urbana o rural.
El mejor testigo para detectar que una persona pretende construir una infraestructura en un terreno público, son los propios vecinos quienes deben recurrir hasta la Dirección de Ordenamiento Territorial (DOT) para denunciar estas situaciones y determinar las multas o castigos correspondientes.
“La primer a medida administrativa que emitimos es una paralización lo que implica una orden de multa si es que se incumple esta paralización, el monto oscila entre los 10 mil UFV’S (23 mil bolivianos). Es importante que la población conozca que mi persona está investida en calidad de autoridad, por ende, he emitido una resolución dentro del marco de sus competencias que es proteger los espacios públicos municipales”, explicó.
En caso de existir “desobediencia manifiesta” a esta sanción, la persona que invade terrenos públicos se constituyen en un delito o una falta penal, situación que debe ser denunciada hasta el Ministerio Público para que dicha instancia inicie las investigaciones.
Al existir los registros en Derechos Reales, planos y escrituras a favor de la Alcaldía, el delito pasa a ser “avasallamiento”, delito que incluso es sancionado con la privación de libertad.