Socios de Cosett no pagarán los aportes a la Concobol
Los socios de la Cooperativa de Servicios Telefónicos de Tarija (Cosett) no se encuentran de acuerdo con la solicitud de la Confederación Nacional de Cooperativas de Bolivia (Concobol) en pagar 18 mil bolivianos para que apruebe el Estatuto Orgánico y sea legalizado. El primer requisito que...



Los socios de la Cooperativa de Servicios Telefónicos de Tarija (Cosett) no se encuentran de acuerdo con la solicitud de la Confederación Nacional de Cooperativas de Bolivia (Concobol) en pagar 18 mil bolivianos para que apruebe el Estatuto Orgánico y sea legalizado.
El primer requisito que establece el reglamento del Tribunal Electoral Departamental (TED) de Tarija para instaurar las elecciones de la cooperativa es el Estatuto Orgánico legalizado y homologado por las instancias competentes. En este caso, la Autoridad de Fiscalización de Cooperativas (AFCO) es la instancia encargada de realizar la legalización del estatuto de Cosett pero no se logró culminar el trámite porque se requiere la autorización de la Concobol.
El dirigente de Federación de Juntas Vecinales de Cercado, Edwin Arana, explicó que “la Concobol no es una instancia que ayudó a Cosett y únicamente está buscando la manera de sacarle recursos a través de la legalización del Estatuto”. La solicitud de la Concobol estableció que cada socio deberá pagar un boliviano para cumplir con el trámite. Cosett cuenta con 18 mil socios y con un monto de esta cantidad, los socios consideraron que es un costo elevado para que la Confederación dé el visto bueno.
“Me parece que aquí hay algún tipo de determinación que se ha realizado unilateralmente sin consultar a la Asamblea como instancia máxima de la cooperativa y también sin tomar en cuenta los instructivos. Estamos atravesando una crisis tremenda y no queremos seguir pagando a instancias que no han aportado ni apoyado”, estableció y mencionó que Cosett realiza un aporte establecido por la Ley de Cooperativas de 50 centavos para la AFCO.
Por otro lado, expresó que la modalidad de elección de la cooperativa por administración directa de acuerdo a norma tarda aproximadamente 150 días a partir de la solicitud, es decir dentro de cinco meses. Arana explicó que es un lapso de tiempo largo para llamar a elecciones y que además, la solicitud se la deberá enviar al Tribunal Supremo Electoral (TSE) y esa es la principal diferencia con la modalidad de elección por supervisión pero esta decisión la tomará la asamblea de socios.
El primer requisito que establece el reglamento del Tribunal Electoral Departamental (TED) de Tarija para instaurar las elecciones de la cooperativa es el Estatuto Orgánico legalizado y homologado por las instancias competentes. En este caso, la Autoridad de Fiscalización de Cooperativas (AFCO) es la instancia encargada de realizar la legalización del estatuto de Cosett pero no se logró culminar el trámite porque se requiere la autorización de la Concobol.
El dirigente de Federación de Juntas Vecinales de Cercado, Edwin Arana, explicó que “la Concobol no es una instancia que ayudó a Cosett y únicamente está buscando la manera de sacarle recursos a través de la legalización del Estatuto”. La solicitud de la Concobol estableció que cada socio deberá pagar un boliviano para cumplir con el trámite. Cosett cuenta con 18 mil socios y con un monto de esta cantidad, los socios consideraron que es un costo elevado para que la Confederación dé el visto bueno.
“Me parece que aquí hay algún tipo de determinación que se ha realizado unilateralmente sin consultar a la Asamblea como instancia máxima de la cooperativa y también sin tomar en cuenta los instructivos. Estamos atravesando una crisis tremenda y no queremos seguir pagando a instancias que no han aportado ni apoyado”, estableció y mencionó que Cosett realiza un aporte establecido por la Ley de Cooperativas de 50 centavos para la AFCO.
Por otro lado, expresó que la modalidad de elección de la cooperativa por administración directa de acuerdo a norma tarda aproximadamente 150 días a partir de la solicitud, es decir dentro de cinco meses. Arana explicó que es un lapso de tiempo largo para llamar a elecciones y que además, la solicitud se la deberá enviar al Tribunal Supremo Electoral (TSE) y esa es la principal diferencia con la modalidad de elección por supervisión pero esta decisión la tomará la asamblea de socios.