Implicado en muerte de Carmen Serrano busca salir de la cárcel
En una audiencia de acción de libertad, ayer uno de los sujetos investigados por el feminicidio de Carmen Basilia Serrano, logró que la Sala Constitucional Primera de la Capital ordene a la autoridad del Juzgado Cautelar de Violencia Segundo, Rossío Lima, que en 48 horas señale una fecha y...



En una audiencia de acción de libertad, ayer uno de los sujetos investigados por el feminicidio de Carmen Basilia Serrano, logró que la Sala Constitucional Primera de la Capital ordene a la autoridad del Juzgado Cautelar de Violencia Segundo, Rossío Lima, que en 48 horas señale una fecha y hora para que él pueda solicitar la cesación de la detención preventiva que guarda en el penal de Morros Blancos.
En junio de la gestión pasada, Carmen de 38 años fue encontrada sin vida en Sella Cercado. De acuerdo al examen forense, su muerte fue causada por haber recibido múltiples disparos con arma de fuego. Los principales sospechosos son su ex concubino (E.C.) y otro sujeto al que éste le vendió un inmueble de la víctima (P.C). Éste último es quien busca ahora su libertad.
De acuerdo al abogado de este sujeto, Aníbal Cabezas, se interpuso el recurso de acción de libertad contra la juez, denunciando que esta autoridad habría incumplido con los plazos establecidos por ley para programar la audiencia solicitada.
La demandada habría emitido una resolución argumentando que no podía programar la audiencia en virtud a la vigencia del instructivo desde el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) y el de Tarija, que prioriza las audiencias de cesación de la detención preventiva para mujeres embarazadas, personas con enfermedades crónicas y mayores de 60 años.
Como el imputado no entra dentro de estos parámetros, la juez habría indicado que debería esperar hasta que pase la cuarentena.
“La Sala Constitucional ha establecido que no puede un instructivo tener aplicación preferente a la Constitución. Además, ha interpretado el instructivo que no niega que se celebren estas audiencias para otras personas aparte de las que establece con carácter prioritario”, indicó Cabezas.
El abogado añadió que la juez no ha habría respetado el principio de celeridad y el derecho al debido proceso y calificó como apropiada la resolución de la Sala que ordena que la juez tiene un plazo de 48 horas para programar la audiencia.
“La Sala ha concedido la tutela impetrada, aclarando de que la negación por parte de la autoridad jurisdiccional a señalar la audiencia, no tiene fundamento”, añadió.
De esta manera se tiene que hasta la siguiente semana se conocerá la fecha en la que P.C. se presentará ante el Juzgado para solicitar que le permitan salir de la cárcel mientras avanza la investigación.
En junio de la gestión pasada, Carmen de 38 años fue encontrada sin vida en Sella Cercado. De acuerdo al examen forense, su muerte fue causada por haber recibido múltiples disparos con arma de fuego. Los principales sospechosos son su ex concubino (E.C.) y otro sujeto al que éste le vendió un inmueble de la víctima (P.C). Éste último es quien busca ahora su libertad.
De acuerdo al abogado de este sujeto, Aníbal Cabezas, se interpuso el recurso de acción de libertad contra la juez, denunciando que esta autoridad habría incumplido con los plazos establecidos por ley para programar la audiencia solicitada.
La demandada habría emitido una resolución argumentando que no podía programar la audiencia en virtud a la vigencia del instructivo desde el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) y el de Tarija, que prioriza las audiencias de cesación de la detención preventiva para mujeres embarazadas, personas con enfermedades crónicas y mayores de 60 años.
Como el imputado no entra dentro de estos parámetros, la juez habría indicado que debería esperar hasta que pase la cuarentena.
“La Sala Constitucional ha establecido que no puede un instructivo tener aplicación preferente a la Constitución. Además, ha interpretado el instructivo que no niega que se celebren estas audiencias para otras personas aparte de las que establece con carácter prioritario”, indicó Cabezas.
El abogado añadió que la juez no ha habría respetado el principio de celeridad y el derecho al debido proceso y calificó como apropiada la resolución de la Sala que ordena que la juez tiene un plazo de 48 horas para programar la audiencia.
“La Sala ha concedido la tutela impetrada, aclarando de que la negación por parte de la autoridad jurisdiccional a señalar la audiencia, no tiene fundamento”, añadió.
De esta manera se tiene que hasta la siguiente semana se conocerá la fecha en la que P.C. se presentará ante el Juzgado para solicitar que le permitan salir de la cárcel mientras avanza la investigación.