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“Usted no es indígena, es nuestro inquilino”

Señora Ministro de Culturas Sabina Orellana, los medios de comunicación social recogen una declaración en la que habría expresado: “Usted se cree dueño de Santa Cruz, usted, además, no es indígena, es nuestro inquilino y como inquilino, señor Calvo, tiene que saber respetar al Estado boliviano y saber respetar a sus autoridades.”

Le comento que, como ciudadano en ejercicio, vengo impulsando una campaña de entendimiento entre bolivianos en el marco del Bicentenario que se celebrará el 6 de agosto del 2025. Recordará que en esa fecha se estarán cumpliendo 200 años de la declaración de la independencia de la corona española, y que será el último acto de festejo en América Latina. Déjeme comentarle que los bolivianos, iguales ante la ley, que trabajamos dignamente todos los días y que cumplimos nuestras responsabilidades, entendemos que no existe ninguna limitación para el ejercicio de nuestros derechos ni tenemos más prerrogativas que las reconocidas por la Constitución y las leyes.

No saldré en defensa de la conducta del señor Rómulo Calvo Bravo, para la cual, tiene abogados que cumplirán con la tarea. Si puedo decirle, por ser persona pública, que tiene una tradición conocida de viviente y radicado en Santa Cruz, por varias generaciones.

Son dos las razones de mis palabras. La primera es que me siento obligado como profesor de derecho, compartirle que la palabra “inquilino”, se refiere a la “persona que vive en un espacio arrendado”, ajeno, es decir, que no tiene casa propia. Como entiendo perfectamente la intención de lo que ha dicho, usted me ayudará a aclarar la segunda razón de mi interés académico. ¿Quiénes son dueños de Bolivia? ¿Quiénes son inquilinos de Bolivia? ¿Cuándo se deja de ser inquilino? En este segundo caso, lo hago porque al no ser indígena, me gustaría conocer con mayor profundidad el pensamiento de alguien que estando en función pública, sus palabras pueden causar estado.

La ciudadanía es la relación jurídico política de una persona con el Estado

La ciudadanía es la relación jurídico política de una persona con el Estado. Las condiciones para su ejercicio están definidas por la Constitución y las leyes, y las autoridades deben hacer lo imposible para que todos y todas, podamos ejercerla a plenitud. Usted tiene una responsabilidad mayor en este tema por su calidad de Ministro de Culturas. El plural nos incorpora a todos, más allá de nuestra condición social, educativa, económica, étnica. Si esta premisa es válida, quedaría suponer que sus palabras fueron tergiversadas, sacadas de contexto o fueron formuladas en un momento de ofuscación, que tampoco la libera de sus consecuencias.

Coincidimos que las ofensas a los símbolos patrios, si las hubiere, deben ser resueltas en los marcos legales que el Estado se ha dotado para ello y que están en el parágrafo II del artículo 6 de la Constitución Política del Estado que los enumera, el DS Nº 241, del 5 de agosto de 2009 que reglamenta el uso de los Símbolos, el Capítulo III del Decreto, que establece el régimen sancionatorio sobre su uso indebido, y el  Artículo 129º.del Código Penal relacionado al ultraje a los símbolos nacionales.

Permítame recordarle que la creación de símbolos nacionales corresponde a la voluntad soberana que se aprueba en un pacto constitucional; los símbolos deben corresponder a realidades que contengan e integren la totalidad del animus societal. La imposición de una voluntad sobre otras, violenta el principio del Respeto a las Minorías y desconoce la temporalidad de las mayorías circunstanciales. La Jurisprudencia Internacional y la Doctrina respetan los cambios que corresponden a procedimientos internos basados en principios universales regulados por el Derecho Internacional Público, los pactos y las convenciones de la comunidad internacional. Si embargo, la imposición de conductas singulares, de carácter étnico, racial, cultural, económico y social, sobre conjuntos humanos diferentes, no pueden causar estado pleno, así hayan cumplido con los procedimientos de coyuntura, y dejan abierta la posibilidad de reivindicar el legítimo derecho a la diferencia. Si la wiphala, símbolo asumido como propio por una parte de la ciudadanía, los pueblos y nacionalidades de Bolivia, fuese aceptado con el mismo principio de voluntariedad por la ciudadanía, los pueblos y naciones de los otros territorios de la patria, su calidad de nacional, sería indiscutible. Al no haber sido así, partiendo de los principios enunciados, existe el legítimo derecho a plantear, con respeto, la diferencia sobre ella. Mire usted que en esta situación no se debate el Escudo, la Bandera, el Himno, la Escarapela, el Patujú y la Kantuta. 

Le haría usted un favor muy grande a su investidura, el no dejar duda sobre su posición pues correría el riesgo de ser acusada de discriminadora y racista contra otra parte de Bolivia, que piensa diferente y no por eso se vuelve “inquilina”. Mientras tanto, usted ha cometido un dislate que solo queda repudiar.


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