La detención arbitraria

No conozco personalmente a la Sra. Jeanine Añez. Recuerdo haber compartido circunstancialmente con ella hace más o menos 25 años en una actividad oficial en Trinidad, cuando Tadeo Rivera era alcalde y yo Secretario Nacional de Participación Popular, en los albores del proceso. No me liga, por tanto, relación política, de amistad o profesional alguna.

Quienes ejercen el poder político circunstancialmente deben asumir que la venganza no es una conducta democrática que redima la condición humana. Sencillamente, la sevicia no será nunca un atributo de la justicia, ni tiene justificativo la desproporción en las acciones punitivas de la violencia legal; el juzgador y el poder político, están obligados a garantizar las condiciones de salud y dignidad del detenido, que seguirá siendo inocente hasta que no se pruebe lo contrario. El derecho penal tiene los instrumentos para evitar obstaculización del proceso o el riesgo de fuga, si la razón de la detención estuviera basada en esas causales. Cuando se defienden principios, no personas o intereses por posiciones políticas e ideológicas, se supera el vacío de ideas y argumentos, volvemos al sentido común, y podemos defender irrestrictamente a todas las personas encarceladas, sin proceso, que sufren argumentos chicaneros o se las mantienen con privación de libertad, sin que se les haya probado culpabilidad.

Por eso, no es el carácter humanitario y de salud el fundamento que avala la necesidad de aplicar un juicio justo, en el que logre defenderse y se le reconozcan las medidas sustitutivas que merece, a la Sra. Añez, aunque esas circunstancias agravan evidentemente la condición de la detención.

En el juicio que corresponde someterla, en primer lugar, debe iniciarse la causa respetando la investidura que ejerció y con ello, el restablecimiento de una conducta política que tiene que volver a debatir las diferencias entre adversarios, no entre enemigos. La Sra. Jeanine Añez tiene sobre sí el haber ocupado, avalado y reconocido por todos los órganos del Estado, la Presidencia Constitucional Transitoria. Las normas aprobadas durante su gestión, garantizaron la continuidad institucional del Estado, con sus condiciones de Ius Imperium interno y como sujeto de Derecho Internacional, y dieron lugar a la superación parcial de la crisis con el ascenso del actual gobierno.

Si se desconociera su investidura y con ella las acciones del poder público que se adoptaron, se abriría un vacío normativo y de gestión, que pondría en entredicho, inclusive, la base de legalidad del propio presidente Luis Arce. La Asamblea Legislativa, por el absurdo, tendría que revisar una por una todas las leyes promulgadas por el ejecutivo, cuando era presidido y con 2/3 de votos, a cargo del MAS. Francamente insostenible.

Parece, en segundo lugar, llegado el momento de profundizar el camino del reencuentro planteado por el vicepresidente David Choquehuanca, que sin banderío partidario y desde los cuatro confines de la patria, la población demanda y que se expresa en reconciliación y diálogo a los actores políticos. La crisis de salud y de la economía por la pandemia, así lo exigen en todas las encuestas aplicadas a la ciudadanía.

Esta es la oportunidad que tiene el Ministro de Justicia Iván Lima, sin modificar todavía el sistema judicial boliviano que anunció como un objetivo de su gestión, el cumplir los principios básicos y esenciales del Derecho, facilitando que la justicia aplique con todo rigor, juicios a todos los responsables, en condiciones de justicia, equidad e independencia. ¿Te imaginás Ministro Lima, el efecto que podría tener para la reconciliación nacional, una acción tan elementalmente democrática como ésta?

Nos merecemos, todos, ver los resultados de esta oportunidad.


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