Defendamos la libertad de expresión

Aunque en la agenda de debate público entró abruptamente el Decreto Supremo 4232 sobre el uso de semillas transgénicas en el país, para nosotros, los profesionales de la Comunicación, que también nos interesa las definiciones sobre los alimentos, el Decreto 4231, recientemente abrogado por...

Aunque en la agenda de debate público entró abruptamente el Decreto Supremo 4232 sobre el uso de semillas transgénicas en el país, para nosotros, los profesionales de la Comunicación, que también nos interesa las definiciones sobre los alimentos, el Decreto 4231, recientemente abrogado por el Gobierno, nos deja en agenda el tratamiento de la necesidad de estar atentos ante los atentados contra la libre expresión e información.

“Las personas que inciten el incumplimiento del presente Decreto Supremo o difundan información de cualquier índole, sea en forma escrita, impresa, artística y/o por cualquier otro procedimiento que pongan en riesgo o afecten a la salud pública generando incertidumbre en la población, serán pasibles a denuncias por la comisión de delitos tipificados en el Código Penal.”   (D.S.  4231 Parágrafo II de Disposiciones Adicionales- abrogado recientemente). Con dicha disposición nos enfrentábamos a un contexto de evidente intención de control sobre las ideas, pensamiento e información que pueda expresarse por cualquier sujeto y en cualquiera de sus formas o soportes.

La libertad de expresión reconocida por normas internacionales y nacionales como la Declaración Universal de Derechos Humanos, la Constitución Política del Estado Boliviano, la Ley de Imprenta, entre las más importantes, nos plantean el derecho que tenemos los ciudadanos de pensar y de expresarnos de manera libre. El derecho humano de expresaros es extensivo a todas las personas sin diferencia de raza, culto, ideología, formación, entre otros. Sin embargo, es evidente que los pensamientos y expresiones de los mismos pueden incomodar a actores políticos o gubernamentales que encuentran esta libertad como una piedra en el zapato.

“Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección” indica ya en 1969, La Convención Americana de Derechos Humanos en su Art. 13.

En este texto de la Convención Americana, queremos destacar tres elementos fundamentales que no podemos perder de vista. Primero, el derecho humano a la libertad de pensamiento y de expresión que, no debe ser prohibitivo para nadie, también debe considerar el respeto y responsabilidad sobre su posible afectación a otro, es decir dicha libertad va de la mano con la responsabilidad de asumir las ideas difundidas como propias pero en función a reconocer que el otro también tiene derecho a expresarse, por lo tanto nos encontramos ante la corresponsabilidad en el ejercicio de ese derecho. Segundo, esta libertad nos abre un mundo diverso, plural y muy entretenido, pues si todos pensáramos lo mismo, las expresiones publicadas serían sumamente redundantes. Eso sí, posiblemente no causarían incertidumbre porque todos tendrían un mensaje homogéneo pero tendiente a volverse aburrido por su repetición. Tercero, la forma de expresión de las ideas y el pensamiento es diversa y esa nuevamente es la riqueza que el ser humano con libertad puede utilizar y generar. Es tiempo de celebrar las formas diversas de expresión de la gente.

En el caso de la Disposición Adicional del D. S. 4231 (abrogada por el Gobierno sin el reconocimiento del error que implicó sino- según su propia explicación gubernamental- por las presiones de organizaciones de periodistas), también tenía tres elementos que nos llamaron la atención. El primero, referido a la incitación, pues dicho parágrafo reconoce que hay gente que incita al desacato de las órdenes nacionales, de hecho, esa provocación ya tiene formas y procedimientos para ser sancionada, sin embargo si un mensaje es publicado por algún medio de comunicación o periodista como parte del análisis de una situación, no tendrá el objetivo de incitar, sino de orientar y analizar el hecho en concreto, la audiencia puede sentirse o no provocada a tomar una acción social según sus mecanismos o parámetros de convicción. El segundo aspecto se refería  a la difusión de información de cualquier índole que ponga en riesgo o afecte la salud pública; en general es muy complejo el encontrar un parámetro o indicador objetivo que nos proporcione la posibilidad de calificar una información como un mensaje de riesgo para la salud, más aún cuando encontramos sobretodo en redes sociales digitales diversidad de emisiones de mensajes que van desde el enfoque naturalista, veterinario, psicológico y de salud pública, entre otros, que sugieren posibilidades de cura del COVID -19 que en este caso es el virus que provocó esta crisis compleja en el mundo. ¿Cómo controlar esta vorágine de circulación de mensajes, verídicos o no, en el espectro digital?. Finalmente, el tercer aspecto y muy relevante, se refería a la difusión de información que genere incertidumbre; en este punto cabe explicar que la información, según los modelos matemáticos de comunicación que fueron los que incorporaron el concepto de entropía muy vinculado al de desinformación, refiere a un proceso de información donde el mensaje no transmite los suficientes datos como para orientar, guiar o tomar decisiones con un conocimiento suficiente del tema, en ese caso se denomina al mensaje como entrópico. En este sentido, nos preguntamos ¿Quién podrá definir que un mensaje genera incertidumbre? ¿Cómo definiremos que la audiencia reconoce el mensaje con datos inciertos? ¿Cuál es el nivel de conocimientos previos de la audiencia para definir el nivel de incertidumbre, desinformación o entropía que lleva el mensaje?

El contexto de complejidad del ecosistema mediático en el que vivimos en la actualidad exige más que pensar en la coerción ante la posibilidad de expresiones y pensamientos diversos, incómodos o cuestionadores, en generar una inversión en las audiencias, haciendo que se desarrollen competencias mediáticas con la potencialidad de identificar lo conveniente o no de la inmensa cantidad de mensajes que abarrotan el espectro público de expresiones.

Mientras tanto, todos debemos defender la libertad de expresión porque es el aire que permite a una sociedad democrática respirar y son los medios y el periodismo que incomodarán con esta libertad al momento de denunciar complicidades, negociados, engaños, sobreprecios y muchas más realidades que se tejen en lugares secretos de los gobiernos de turno. ¡Que no nos vuelva a pasar!

 

* Colegio de Profesionales en Comunicación Social

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