La Constitución no protege a la coca del Chapare

 Sin embargo, tienen un obstáculo constitucional, el artículo 384, que dice: “el Estado protege a la coca ORIGINARIA y ancestral como patrimonio cultural, recurso natural de renovable de la biodiversidad de Bolivia, y como factor de cohesión social”.  En la Constitución ninguna...

 Sin embargo, tienen un obstáculo constitucional, el artículo 384, que dice: “el Estado protege a la coca ORIGINARIA y ancestral como patrimonio cultural, recurso natural de renovable de la biodiversidad de Bolivia, y como factor de cohesión social”.  En la Constitución ninguna palabra está al azar. El constituyente incluyó ORIGINARIA para hacer referencia al lugar de origen de la coca, y el término ancestral para señalar que tiene un origen muy antiguo justamente en ese lugar. ¿Dónde está la coca originaria? Cualquier anciano de 70 años contará que está en los Yungas. Los redactores de la Ley 1008 vigente remarcaron este precedente antropológico en el artículo 1: “la coca (…) constituye un producto natural del subtrópico de los departamentos de La Paz y Cochabamba”. No dice Trópico.  Algunos dirigentes cocaleros repiten que esta ley fue redactada por los “gringos”. Si fuera así, han tenido que asesorarse muy bien con antropólogos e historiadores bolivianos. De lo que no hay duda, si fuera el caso, perdonaron la coca del Chapare con las consecuencias que hoy conocemos.  Tomás Molina Céspedes señala, en su libro La Convención de Viena y la Ley 1008, que el gobierno de Víctor Paz invitó, a fines de 1986, a “prestigiosos profesionales para redactar esta ley”. ¿Quiénes? Huáscar Cajías Kauffman, Fernando Villamor Lucía, Jaime Moscoso Delgado, Carlos Vargas Romero y Fernando López.  Conocí a Huáscar Cajías en mis primeros años de periodismo, doy mi cabeza que jamás hubiera aceptado una ley redactada por el Imperio. Ese equipo delimitó en el artículo 8 tres zonas de producción de coca: a) zona de producción tradicional, b) zona de producción excedentaria en transición, c) zona de producción ilícita.  En el artículo 9, especificaron que “la zona de producción tradicional de coca es aquella donde histórica, social y agroecológicamente se ha cultivado coca (…). Esta zona comprenderá las áreas de producción minifundiaria actual de coca de los subtrópicos de las provincias Nor y Sud Yungas, Murillo, Muñecas, Franz Tamayo e Inquisivi del Departamento de La Paz y los Yungas de Vandiola, que comprende parte de las provincias de Tiraque y Carrasco del Departamento de Cochabamba”.  Indicaron que la zona de producción excedentaria comprende las provincias Saavedra, Larecaja y Loayza; y las áreas de colonización de Yungas del departamento de La Paz y las provincias Chapare, Carrasco, Tiraque y Arani del departamento de Cochabamba. Con sentido social y humano, escribieron que “esta zona queda sujeta a planes anuales, reducción, sustitución, mediante la aplicación de un programa integral de desarrollo y sustitución”.  Como los presidentes juran hacer cumplir la Constitución y las leyes, Morales cumplió. Ahora, el trópico cochabambino tiene desde aeropuerto hasta una planta de amoniaco y urea, es decir, ya no se justifica que sigan cultivando coca. Además, según la ONU, los cocaleros de esa región vendieron/venden el 94% de su coca al narcotráfico. Una nueva ley no debe desconocer la historia. Además, el estudio de la coca sólo estableció 6.000 hectáreas, pero estiraron a 14.000. Entonces ¿para qué 20.000? Si los hermanos cocaleros quieren cambiar todo, van a tener que consultarnos para agregar cinco palabras en el artículo 384 de la Constitución: “el Estado protege a la coca originaria, ancestral Y DE LAS ZONAS EXCEDENTARIAS”.  Vamos a tener que ir a un referendo porque la coca es un patrimonio de todos, no sólo de los cocaleros. Si no es ahora, debe ser con el nuevo gobierno que será posesionado en 2020. *es periodista.


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