Decreto 5503 instruye al BCB avanzar hacia un nuevo régimen cambiario
El Decreto Supremo 5503, con el que el Gobierno declaró emergencia económica y eliminó la subvención a los hidrocarburos, también instruye al Banco Central de Bolivia (BCB) a transitar hacia un nuevo régimen cambiario, según establece el artículo 120 de la norma.
De acuerdo con el texto del decreto, el objetivo de esta medida es fortalecer la estabilidad macroeconómica, preservar la competitividad externa y contribuir al equilibrio de la balanza de pagos. La disposición ordena al BCB adecuar su política cambiaria en el marco de sus atribuciones constitucionales y legales.
El anuncio se dio tras la conferencia de prensa ofrecida la noche del miércoles por el presidente Rodrigo Paz, en la que declaró emergencia económica, financiera y energética, y fue acompañado por la publicación oficial del DS 5503, donde se establecen los nuevos precios de los combustibles.
No obstante, el decreto no fija modificaciones inmediatas al tipo de cambio oficial. Según datos del propio BCB, este jueves 18 de diciembre el dólar se mantiene en Bs 6,86 para la compra y Bs 6,96 para la venta.
El parágrafo segundo del artículo 120 señala que el BCB deberá definir y ejecutar las medidas técnicas, operativas y normativas necesarias para implementar el nuevo régimen cambiario, incluyendo mecanismos de intervención, administración de liquidez, gestión de reservas internacionales y comunicación al público.
Asimismo, la norma instruye al BCB a coordinar con la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) para adecuar la regulación prudencial del sistema financiero, fortalecer la gestión de riesgos cambiarios y garantizar la continuidad y estabilidad de los servicios financieros.
El decreto también establece la coordinación del BCB con la Aduana Nacional y otras entidades del Órgano Ejecutivo, con el fin de controlar, facilitar y monitorear las operaciones de comercio exterior y los flujos de divisas, asegurando transparencia y trazabilidad en el mercado cambiario.
Finalmente, el artículo 120 dispone que el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas será responsable de gestionar, coordinar e instruir la implementación progresiva del nuevo régimen cambiario, en concordancia con la política económica del Gobierno.





