¿Qué tan fácil es revocar a Luis Arce?



Revocar a una autoridad en Bolivia, gracias a los Reglamentos del Tribunal Supremo Electoral, no son fáciles, sobre todo para iniciativas menores, ya que se debe prever los gastos para los libros de firma y la logística. En el caso de la revocatoria de mandato se activa por Iniciativa Popular con el 25 por ciento del padrón nacional que incluya al menos el 20 por ciento de las firmas de cada departamento. Solo la tarea de verificación puede ser titánica.
En el caso de lograr las firmas necesarias para organizar el referéndum, se aplicaría el artículo 171 de la Constitución: En caso de revocatoria del mandato, la Presidenta o el Presidente del Estado cesará de inmediato en sus funciones, debiendo asumir la Presidencia la persona que ejerza la Vicepresidencia, quien convocará de forma inmediata a elecciones a la Presidencia del Estado a realizarse en el plazo máximo de noventa días.
Hay un vacío legal sobre qué sucedería en caso de llevar a presidente y vicepresidente al revocatorio, en cuyo caso se aplicaría el artículo 286 sobre ausencia permanente ya muy utilizado tras la renuncia de Evo Morales. En cualquier caso, la Ley Electoral obliga a que el referéndum se realice una vez transcurrida la mitad del mandato – lo que según interpretaciones del artículo 286, dejaría la presidencia en manos de un interino hasta el final del ciclo constitucional.
Además, la ley 026 es más estricta en cuanto a los plazos: Da 90 días a los promotores para recolectar todas las firmas una vez que se entreguen los libros notariados; da 60 días al TSE para que pueda verificar la autenticidad de los documentos y posteriormente establece que la convocatoria se debe hacer por Ley del Estado Plurinacional dando el plazo estipulado – mínimo cinco meses – para organizar el acto.
En este caso, un proceso que se inicie después de que Luis Arce cumpla la mitad de mandato el 8 de mayo, podría estar votándose, como pronto, entre marzo y abril de 2024.