Decreto 4667 incrementa las áreas reservadas a favor de YPFB para desarrollar exploración y explotación
Con esta norma, el número de áreas reservadas a favor de YPFB asciende a un total de 104



El ministro de Hidrocarburos y Energías, Franklin Molina Ortiz, informó que el Decreto Supremo N° 4667, promulgado el pasado viernes 11 de febrero por el gobierno nacional, incrementa el número de áreas reservadas en favor de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) para desarrollar actividades de exploración y explotación de hidrocarburos, dinamizando las operaciones petroleras en estas zonas y las oportunidades que permitan la captación de nuevas inversiones para el sector por parte de la estatal petrolera, sus filiales y empresas operadoras.
“Con esta norma, el número de áreas reservadas a favor de YPFB asciende a un total de 104, para que desarrolle distintas actividades de exploración y/o explotación tanto en áreas de interés hidrocarburífero en la Zona Tradicional y la Zona no Tradicional de nuestro país. En poco más de un año de gestión del presidente Luis Arce hemos logrado nominar 10 nuevas áreas y redelimitar 16 áreas, mientras que en el periodo 2015-2017 solo se nominó una y en el periodo 2017-2020 esta labor fue inexistente. Sin lugar a duda, este decreto abre espacios para desarrollar más proyectos que nos permitan realizar mayores inversiones y generar un mayor número de actividades hidrocarburíferas en el upstream con la visión de impactar positivamente en los niveles de reservas y producción de hidrocarburos”, explicó Molina.
Además, el titular de Hidrocarburos y Energías agregó que este decreto también aporta eficiencia a los tiempos de ejecución de actividades de exploración y explotación, puesto que antes del DS N° 4667, un área quedaba calificada como área libre cuando concluía el plazo de un contrato para realizar exploración y/o explotación hidrocarburífera o la empresa definía no continuar el proyecto, perjudicando la continuidad de las operaciones petroleras en el país. Sin embargo, a partir de esta norma, esas actividades podrán ser asumidas inmediatamente por la estatal petrolera.