Alianzas público-privadas: cooperación estratégica, no subsidio encubierto
El principio básico de una APP sana es la distribución eficiente de riesgos: cada parte debe asumir aquellos riesgos que está en mejor capacidad de gestionar
Las alianzas público-privadas (APP) no son, en sí mismas, ni virtuosas ni perversas. Son instrumentos. Y como todo instrumento, su valor depende del diseño institucional, la asignación de riesgos y la calidad de la supervisión.
En economías con restricciones fiscales y brechas de infraestructura evidentes, las APP pueden ser mecanismos útiles para acelerar inversiones, transferir conocimiento técnico y mejorar eficiencia operativa. Permiten estructurar proyectos de largo plazo en energía, transporte, saneamiento o logística sin cargar todo el financiamiento sobre el presupuesto público inmediato.
Pero una alianza no es una cesión incondicional.
El principio básico de una APP sana es la distribución eficiente de riesgos: cada parte debe asumir aquellos riesgos que está en mejor capacidad de gestionar. El sector privado puede manejar construcción, operación y eficiencia técnica. El Estado debe resguardar interés público, regulación, estabilidad normativa y control de calidad.
Cuando ese equilibrio se rompe, aparecen los problemas.
El mayor riesgo no es ideológico, es fiscal: socializar pérdidas y privatizar ganancias. Es decir, contratos donde el Estado garantiza rentabilidades mínimas, absorbe sobrecostos, rescata proyectos fallidos o asume deuda contingente, mientras el socio privado captura utilidades sin exposición proporcional al riesgo.
Eso no es alianza. Es transferencia regresiva de recursos.
Las APP no deben convertirse en mecanismos para ocultar déficit, diferir obligaciones o comprometer finanzas públicas futuras sin transparencia. Tampoco pueden ser instrumentos para consolidar posiciones monopólicas o concesiones opacas sin competencia real.
Un proyecto bien estructurado exige licitaciones competitivas, cláusulas claras de desempeño, indicadores medibles, auditorías independientes y esquemas de resolución de controversias equilibrados. Exige, además, transparencia absoluta en las obligaciones contingentes que el Estado asume.
La clave está en la disciplina contractual.
Si el privado gana cuando el proyecto funciona y pierde cuando fracasa —en proporción razonable a su inversión— el incentivo es correcto. Si el Estado termina siendo asegurador de última instancia ante cualquier contingencia, el incentivo se distorsiona.
Tampoco debe confundirse APP con privatización plena. En una alianza auténtica, el activo y el interés estratégico permanecen bajo tutela pública. Lo que se comparte es la gestión, el financiamiento o la operación bajo reglas claras.
En países con limitada capacidad de inversión pública, renunciar a las APP sería ingenuo. Pero aceptarlas sin rigor técnico sería irresponsable.
La discusión no es “Estado o mercado”. Es cómo diseñar contratos donde ambos cooperen sin que uno subsidie ineficiencias del otro.
Si se estructuran con transparencia, competencia y adecuada asignación de riesgos, las alianzas público-privadas pueden ampliar infraestructura y mejorar servicios. Si se utilizan para blindar rentabilidades privadas con garantías públicas ilimitadas, se transforman en pasivos ocultos que pagan los contribuyentes.
Una APP bien diseñada comparte riesgos y beneficios. Una mal diseñada socializa pérdidas y privatiza ganancias.
Y esa diferencia no es ideológica: es contable.


