Trabajo infantil baja pero aún supera el promedio regional
Según los resultados de la Encuesta de Niñas, Niños y Adolescentes que realizan una actividad laboral o trabajo (ENNA), realizada por el Instituto Nacional de Estadística (INE) el año 2016, la proporción de niñas, niños y adolescentes que realizaban trabajo infantil bajó del 26,7% en...



Según los resultados de la Encuesta de Niñas, Niños y Adolescentes que realizan una actividad laboral o trabajo (ENNA), realizada por el Instituto Nacional de Estadística (INE) el año 2016, la proporción de niñas, niños y adolescentes que realizaban trabajo infantil bajó del 26,7% en 2008 al 13,1%.
Esto significa que, de aproximadamente 3 millones de niños, niñas y adolescentes en Bolivia, la cantidad que se dedica a trabajo infantil bajó de 800 mil a 393 mil aproximadamente.
La misma fuente de información también afirma que la proporción de niñas, niños y adolescentes que “realizan trabajos o actividades laborales peligrosas” bajó del 24,8% en 2008 a 5,13% en 2016.
Sin embargo, a pesar de estas significativas reducciones, Bolivia sigue muy por encima de los promedios continentales. Según la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el trabajo infantil a nivel continental es de 5,3%, y el trabajo peligroso alcanza al 3,2%. A nivel de Latinoamérica, el trabajo infantil es de 7,3%.
El nuevo Código
El año 2014 el gobierno promulgó el Código Niño, Niña, Adolescente, buscando “reconocer, desarrollar y regular el ejercicio de los derechos de la niña, niño y adolescente”.
Antes de la implementación del Código, el trabajo infantil era prohibido, y aun así las cifras eran sumamente elevadas, incluso superiores al promedio de África de 19,6%. Fue ante el fracaso del prohibicionismo que el gobierno boliviano optó por “tolerar” ciertas formas de trabajo infantil como una especie de “mal menor”, y más bien regularlas para minimizar sus impactos negativos.
Esto ocurrió también en un contexto en el que representantes de la Unión de Niños y Niñas Trabajadores de Bolivia (UNATSBO), un sindicato de niños trabajadores que cuenta con unos 15.000 miembros, exigía abiertamente la legalización y regulación del trabajo infantil en Bolivia.
El nuevo Código fija los 14 años como edad mínima para trabajar pero que contempla la posibilidad de autorizar “excepcionalmente” a niños y niñas a partir de los 10 años, siempre y cuando la actividad realizada “no menoscabe su derecho a la educación, no sea peligrosa, insalubre, atentatoria a su dignidad y desarrollo integral, o se encuentre expresamente prohibida por la Ley”.
Así, se optó por brindar una especie de protección legal contra la explotación de los niños trabajadores con una legislación que les saque de la clandestinidad, y al mismo tiempo, prohibir específicamente ciertas ocupaciones consideradas peligrosas, como la minería y la construcción.
Lo “cultural” y los riesgos
En el Código se establece que las actividades laborales familiares y las “desarrollada(s) conjuntamente con sus familias en comunidades indígenas originarias campesinas”, como la siembra, la cosecha o el cuidado de bienes de la naturaleza, son aceptadas y “tienen como finalidad el desarrollo de destrezas fundamentales y fortalecimiento de la convivencia comunitaria”.
De esta manera, se las considera como algo distinto del trabajo infantil y se enfatiza que merecen ser respetadas, siempre y cuando no supongan un abuso u obstáculo al desarrollo de los niños.
Sin embargo, la politóloga española Elena Casanovas advierte que “no queda claro por qué motivo” ni con qué criterios se da a esas actividades un “estatus especial”. Esa misma ley “no parece contemplar la posibilidad de que las tareas realizadas en el ámbito familiar o comunitario puedan ser nocivas para los menores”.
Asimismo, según interpreta Casanovas, lo “más problemático de la cuestión” es que el Código acepta ciertos tipos de trabajo infantil como “culturalmente aceptables”, lo que “puede dificultar el avance hacia la erradicación del trabajo infantil en el futuro, tal y como pretende hacer el Gobierno boliviano. Que estas prácticas sean, por ahora, tolerables, no las convierte en deseables”.
Sea como fuere, los resultados logrados hasta el momento parecen ser positivos, aunque todavía hay una brecha muy grande que cerrar y los próximos años mostrarán de manera más contundente los límites y los aciertos del Código.
Trampa del
trabajo infantil
El riesgo es que, como ya notó el investigador Christopher Udry, de la Universidad de Yale (EEUU), el trabajo infantil puede tener un “fuerte impacto negativo en el nivel de ingresos futuro de quienes lo llevan a cabo” cuando no permite dedicar suficientes horas al estudio, creando un ciclo vicioso de pobreza, conocido como la “trampa del trabajo infantil”.
Ello tiene efectos tanto a nivel individual o familiar como colectivo, pues compromete la acumulación de habilidades en la población y con ello el desarrollo económico de la sociedad.
¿Qué es el trabajo infantil?
De acuerdo con la OIT, el término “trabajo infantil” suele definirse como todo trabajo que priva a los niños de su niñez, su potencial y su dignidad, y que es perjudicial para su desarrollo físico y psicológico.
Específicamente si es que: “es peligroso y prejudicial para el bienestar físico, mental o moral del niño, interfiere con su escolarización (les priva de la posibilidad de asistir a clases), les obliga a abandonar la escuela de forma prematura, o les exige combinar el estudio con un trabajo pesado y que insume mucho tiempo”.
Cuándo calificar o no de trabajo infantil a una actividad específica “dependerá de la edad del niño o la niña, el tipo de trabajo en cuestión y la cantidad de horas que le dedica, las condiciones en que lo realiza, y los objetivos que persigue cada país. La respuesta varía de un país a otro y entre uno y otro sector”, dice la OIT.