El TED reporta que no existe ninguna denuncia sobre esta situación
“Guerra sucia” y un control cuesta arriba rumbo a las subnacionales
A 41 días de las urnas, las campañas de desprestigio inundan Facebook con perfiles falsos. Aunque existe un marco normativo, identificar a los autores sigue siendo el talón de Aquiles del control electoral
A 41 días de las elecciones subnacionales fijadas para el 22 de marzo, el clima político en Tarija comienza a tensarse. La contienda electoral ha trasladado buena parte de su disputa a las redes sociales, donde la denominada “guerra sucia” se expresa a través de publicaciones pagadas, mensajes anónimos y campañas de desprestigio que buscan erosionar la imagen de candidatos y candidatas. Aunque el Tribunal Electoral Departamental (TED) asegura que realiza monitoreos permanentes, hasta el momento no se ha activado ningún proceso sancionatorio, lo que evidencia las dificultades para regular este tipo de prácticas en el entorno digital.
La desinformación y los ataques personales se han vuelto frecuentes tanto en la carrera por la Gobernación como en la disputa por las alcaldías. En el debate público virtual se repiten consignas que apelan a la “vieja rosca”, acusaciones cruzadas sobre supuestos pactos políticos y cuestionamientos en torno a quiénes defienden realmente áreas sensibles como Tariquía, frente a quienes —según los mensajes— guardan silencio ante la amenaza de las petroleras.
Desinformación El duelo por la Gobernación y gobiernos municipales se traslada al terreno de la desinformación
En el escenario departamental, la confrontación se concentra principalmente entre Mario Cossío y Adrián Oliva, aunque también aparecen de manera creciente los nombres de Never Antelo y Richard Rocha. En la capital, Cercado, la pugna más visible se da entre Luciana Campero y Johnny Torres, con mensajes que circulan masivamente en redes sociales, muchos de ellos con páginas de Facebook de reciente creación.
El rol del TED y las limitaciones del control
Desde el Tribunal Electoral Departamental reconocen que la fiscalización de este tipo de campañas no es sencilla. La vocal del TED, Mayli Alvarado, explicó que existe un marco normativo claro que regula las faltas y delitos electorales, incluidos los casos de guerra sucia, ofensas, presiones y acoso político.
“Con relación a la guerra sucia, ofensas, presiones, acoso, todo eso está contemplado en la normativa, en cada uno de los escenarios y facetas en que se vaya dando”, señaló la autoridad electoral.
Alvarado indicó que el TED cuenta con personal encargado del monitoreo y seguimiento de la propaganda electoral, y que los procesos pueden iniciarse tanto de oficio como a partir de denuncias presentadas por organizaciones políticas o personas naturales que se consideren afectadas. Sin embargo, admitió que hasta la fecha no se ha registrado ningún caso que amerite una sanción formal.
La coyuntura política, tanto en Tarija, como a nivel nacional pone en evidencia la falta de efectividad del control electoral frente a campañas digitales que, en muchos casos, se difunden desde perfiles falsos o páginas no vinculadas oficialmente a las organizaciones políticas.
El marco legal contra la guerra sucia
Con miras a las elecciones subnacionales de 2026, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) aprobó el “Reglamento para la Elección de Autoridades Políticas Departamentales, Regionales y Municipales”, un instrumento que establece mecanismos específicos para prevenir, sancionar y erradicar la guerra sucia, las faltas electorales y cualquier forma de violencia política.
El reglamento no solo se sustenta en la Ley Nº 026 del Régimen Electoral y la Ley Nº 018 del Órgano Electoral Plurinacional, sino que incorpora de manera expresa normas orientadas a combatir la violencia política y de género, como la Ley Nº 348 y la Ley Nº 243 contra el acoso y la violencia política hacia las mujeres. Esta inclusión apunta a garantizar una contienda con paridad y libre de agresiones, especialmente contra candidatas.
Propaganda electoral
La Ley Nº 026 reconoce la propaganda electoral como un derecho (Art. 110), pero la somete a principios de ética, respeto y transparencia. Solo las organizaciones políticas habilitadas pueden realizar propaganda, y dentro de plazos estrictamente definidos: los actos públicos están permitidos desde 90 días antes de la elección, mientras que la propaganda en medios solo puede difundirse desde 30 días antes, en ambos casos hasta 72 horas antes de la votación.
El artículo 119 es explícito al prohibir lo que se considera guerra sucia. Entre las conductas vetadas están los ataques a la honra y dignidad de las personas, la incitación al odio, la discriminación, el clientelismo político, el uso indebido de símbolos patrios o religiosos, y la utilización de imágenes de niños, niñas y adolescentes con fines proselitistas. También se prohíbe la propaganda gubernamental desde 30 días antes de los comicios.
Qué dice la normativa sobre sanciones y denuncias
El incumplimiento del Reglamento Electoral y Ley N°026 constituye una falta electoral y activa un régimen sancionador administrado por el Órgano Electoral. Las sanciones van desde multas económicas —equivalentes al doble de la tarifa más alta del medio utilizado— hasta la inhabilitación de candidaturas o la no admisión de listas que no cumplan con la paridad de género. En casos graves, como coacción o compra de votos, los antecedentes pueden ser remitidos al Ministerio Público.
Los medios de comunicación también pueden ser sancionados si difunden propaganda ilegal, enfrentando multas, inhabilitación para futuros procesos electorales y responsabilidad solidaria por los contenidos publicados.
La normativa establece que cualquier persona u organización puede presentar una denuncia ante el TED o el TSE, según el alcance del hecho. La autoridad electoral debe pronunciarse en un plazo de 24 horas, aunque en la práctica el mayor desafío sigue siendo identificar a los responsables de campañas digitales encubiertas.








