Capitanías del pueblo Weenhayek piden el cambio de asambleístas
A través de una carta dirigida al Órgano Electoral Plurinacional y a la Sala Plena del Tribunal Electoral Departamental (TED) de Tarija, la Organización de Capitanías Weenhayek de Tarija (Orcaweta) solicitó acreditar a dos nuevos representantes indígenas ante la Asamblea Legislativa...



A través de una carta dirigida al Órgano Electoral Plurinacional y a la Sala Plena del Tribunal Electoral Departamental (TED) de Tarija, la Organización de Capitanías Weenhayek de Tarija (Orcaweta) solicitó acreditar a dos nuevos representantes indígenas ante la Asamblea Legislativa Departamental de Tarija (ALDT) y ante la Asamblea Regional del Chaco. Desconociendo así a quienes actualmente fungen como asambleístas indígenas.
Sin embargo, si bien la carta fue redactada el 23 de julio de la presente gestión en Villa Montes y firmada por los capitanes indígenas, no presenta el sello de recepción del TED y según el presidente de esta instancia, Gustavo Ávila, hasta finales de la tarde del pasado viernes -2 de agosto- no se recibió ni se tuvo conocimiento de dicha solicitud.
“Hasta el viernes esta carta no ha llegado. Tendríamos que conocer cuál es la solicitud específica que plantean para saber cuál es el procedimiento para seguir”, explicó la autoridad.
Por un lado, el primer capitán grande, Pablo Pérez Saqueo, y el segundo capitán grande, Pablo Rivero Fernández, pertenecientes a la Orcaweta conforme a usos, costumbres y mecanismos propios puso en conocimiento del TED la necesidad de cambiar de representantes en los legislativos del departamento.
De acuerdo a la solicitud manifiesta y expresada de las bases, según el acta de la Asamblea General del Pueblo Weenhayek del 14 de febrero de la presente gestión y la Resolución 004/2019 de la Asamblea de Capitanes del Pueblo Weenhayek realizada el pasado 10 de junio, se confirmó que el asambleísta regional del Chaco, José Guerrero Torivio, y el asambleísta departamental, Gilberto Márquez Sánchez, ya no forman parte de la organización indígena.
De tal manera, se solicitó que se proceda al “inmediato retiro y/o inhabilitación de credenciales a cada uno de ellos. Asimismo, el respectivo aviso y publicación ante la institución correspondiente donde ejercían y cesaron sus funciones”.
En la carta se pide también que se extienda las credenciales y se posesione a los nuevos representantes, como asambleísta titular departamental de Tarija, Josué Ayala Sánchez, y a su suplente, Dominga Paredes Martínez. Como asambleísta en la ARCH a Rubén Aparicio Sánchez y a su suplente Maida Sánchez.
Aparicio, uno de los nuevos designados, indicó que esta solicitud fue basada en la Constitución Política del Estado (CPE) mediante usos y costumbres. No pudo dar mayor información sobre cuál es el motivo para destituir a ambos asambleístas que aún se encuentran en ejercicio de sus funciones, tanto en el Legislativo departamental como en la Asamblea de la Región Autónoma del Chaco.
Por su parte, la vicepresidenta de la ALDT, Amanda Calisaya, reportó que en los cuatro años de gestión no se dio a conocer ningún caso semejante en los pueblos indígenas Tapiete y Guaraní y que hasta la fecha no se recibió esta solicitud en la Asamblea Legislativa Departamental. Pero, en marco del procedimiento correspondiente, se debería remitir al Órgano Electoral la solicitud y en caso de ser legítima esa instancia deberá realizar un seguimiento del caso para comprobar si es viable.
CPE instituye democracia en pueblos indígenas
En el capítulo tercero de la Constitución Política del Estado (CPE), Sistema de Gobierno, artículo 11, se establece que la democracia es comunitaria, por medio de la elección, designación o nominación de autoridades y representantes por normas y procedimientos propios de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, entre otros, conforme a ley. A su vez, los pueblos indígenas pueden solicitar el cambio de representatividad por usos y costumbres.
Sin embargo, si bien la carta fue redactada el 23 de julio de la presente gestión en Villa Montes y firmada por los capitanes indígenas, no presenta el sello de recepción del TED y según el presidente de esta instancia, Gustavo Ávila, hasta finales de la tarde del pasado viernes -2 de agosto- no se recibió ni se tuvo conocimiento de dicha solicitud.
“Hasta el viernes esta carta no ha llegado. Tendríamos que conocer cuál es la solicitud específica que plantean para saber cuál es el procedimiento para seguir”, explicó la autoridad.
Por un lado, el primer capitán grande, Pablo Pérez Saqueo, y el segundo capitán grande, Pablo Rivero Fernández, pertenecientes a la Orcaweta conforme a usos, costumbres y mecanismos propios puso en conocimiento del TED la necesidad de cambiar de representantes en los legislativos del departamento.
De acuerdo a la solicitud manifiesta y expresada de las bases, según el acta de la Asamblea General del Pueblo Weenhayek del 14 de febrero de la presente gestión y la Resolución 004/2019 de la Asamblea de Capitanes del Pueblo Weenhayek realizada el pasado 10 de junio, se confirmó que el asambleísta regional del Chaco, José Guerrero Torivio, y el asambleísta departamental, Gilberto Márquez Sánchez, ya no forman parte de la organización indígena.
De tal manera, se solicitó que se proceda al “inmediato retiro y/o inhabilitación de credenciales a cada uno de ellos. Asimismo, el respectivo aviso y publicación ante la institución correspondiente donde ejercían y cesaron sus funciones”.
En la carta se pide también que se extienda las credenciales y se posesione a los nuevos representantes, como asambleísta titular departamental de Tarija, Josué Ayala Sánchez, y a su suplente, Dominga Paredes Martínez. Como asambleísta en la ARCH a Rubén Aparicio Sánchez y a su suplente Maida Sánchez.
Aparicio, uno de los nuevos designados, indicó que esta solicitud fue basada en la Constitución Política del Estado (CPE) mediante usos y costumbres. No pudo dar mayor información sobre cuál es el motivo para destituir a ambos asambleístas que aún se encuentran en ejercicio de sus funciones, tanto en el Legislativo departamental como en la Asamblea de la Región Autónoma del Chaco.
Por su parte, la vicepresidenta de la ALDT, Amanda Calisaya, reportó que en los cuatro años de gestión no se dio a conocer ningún caso semejante en los pueblos indígenas Tapiete y Guaraní y que hasta la fecha no se recibió esta solicitud en la Asamblea Legislativa Departamental. Pero, en marco del procedimiento correspondiente, se debería remitir al Órgano Electoral la solicitud y en caso de ser legítima esa instancia deberá realizar un seguimiento del caso para comprobar si es viable.
CPE instituye democracia en pueblos indígenas
En el capítulo tercero de la Constitución Política del Estado (CPE), Sistema de Gobierno, artículo 11, se establece que la democracia es comunitaria, por medio de la elección, designación o nominación de autoridades y representantes por normas y procedimientos propios de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, entre otros, conforme a ley. A su vez, los pueblos indígenas pueden solicitar el cambio de representatividad por usos y costumbres.