Sugieren a la ALDT no modificar normativa para la Ley del 45%
El Servicio Estatal de Autonomías (SEA) sugirió, en la respuesta de un informe solicitado por la Gobernación, que la asignación de regalías que se encuentra vigente goza de obligatoriedad en su cumplimiento y no puede ser modificada. En base a esta respuesta, la Asamblea Legislativa...



El Servicio Estatal de Autonomías (SEA) sugirió, en la respuesta de un informe solicitado por la Gobernación, que la asignación de regalías que se encuentra vigente goza de obligatoriedad en su cumplimiento y no puede ser modificada.
En base a esta respuesta, la Asamblea Legislativa Departamental de Tarija (ALDT) no podrá dar curso a la propuesta de ley de Redistribución de Regalías a Municipios Productores y no Productores, más conocida como la ley del 45 por ciento. Sin embargo, el alcalde de Entre Ríos, Nicolás Herrera, explicó que existen muchas normativas que respaldan el proyecto de ley por encima del SEA.
“Por encima del SEA, que es una simple instancia de opinión, está la Constitución Política del Estado (CPE), la Ley Marco de Autonomías, las sentencias del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) donde en caso similar se dice que es competencia absoluta de los niveles autónomos de su ente Legislativo”, sostuvo.
En el informe remitido al Secretario de Seguridad, Justicia y Derechos Humanos (DDHH) de la Gobernación, Yamil García Delfín, se aclara que el SEA no cuenta con la atribución de realizar la revisión de anteproyectos de ley, por lo que a través del informe no se efectuará esta tarea ni se interpretará el proyecto del 45 por ciento.
Sin embargo, su criterio respecto a este proyecto de ley fue negativo y argumentó que según el Artículo 75 de la Ley 031 Marco de Autonomías y Descentralización Andrés Ibáñez, la transferencia de competencias es definitiva.
Las conclusiones textuales del informe del SEA sobre la consulta respecto a la distribución de recursos por concepto de regalías departamentales por parte de la Gobernación establecen que: “El nivel central del Estado por medio de una Ley regulará las regalías por aprovechamiento de recursos naturales en el marco de la reserva de ley establecida en el Párrafo IV del Artículo 351 y el Artículo 368 ambos de la Constitución Política del Estado (CPE), por medio de la cual se definen los porcentajes para la distribución de regalías, así como las directrices respecto a su destino y asignación”.
También concluye que “los gobierno autónomos departamentales en el marco de su competencia exclusiva de administración de sus recursos por regalías en el marco del presupuesto general de la nación, los que serán transferidos automáticamente al Tesoro Departamental, podrán regular sobre la administración de las regalías percibidas en el marco de la normativa nacional, por lo que podrán administrar sus regalías que les hayan sido asignadas por normativa del nivel central del Estado, considerando para tal efecto el derecho de acceso equitativo de los beneficiarios así como invertirlos en aspectos que beneficien y potencien sus territorios, lo cual no permite modificación de porcentajes establecidos en la legislación establecida por el nivel central del Estado”.
Además indica que “la normativa del nivel central del Estado que regula la asignación de regalías citada en el desarrollo del presente informe (Ley 3038, Decreto Supremo 29042, y Decreto Supremo 0331), se encuentra vigente y goza de obligatoriedad en su cumplimiento, la cual no puede ser modificada por otro nivel de gobierno”.
DECLARACIÓN: El cabildo en Cercado por el 45%
Los municipios productores de Bermejo, Padcaya y Entre Ríos, se encuentran organizando un cabildo en Cercado para reafirmar su postura sobre el proyecto presentado. A pesar de la sugerencia del SEA, señalaron que la lucha por conseguir una redistribución de recursos seguirá en marcha hasta que los municipios que participen en la producción de hidrocarburos del departamento tengan los recursos que merecen y no sean asignados directamente en el 45 por ciento del Chaco.
[gallery columns="2" size="full" ids="217103,217104"]
En base a esta respuesta, la Asamblea Legislativa Departamental de Tarija (ALDT) no podrá dar curso a la propuesta de ley de Redistribución de Regalías a Municipios Productores y no Productores, más conocida como la ley del 45 por ciento. Sin embargo, el alcalde de Entre Ríos, Nicolás Herrera, explicó que existen muchas normativas que respaldan el proyecto de ley por encima del SEA.
“Por encima del SEA, que es una simple instancia de opinión, está la Constitución Política del Estado (CPE), la Ley Marco de Autonomías, las sentencias del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) donde en caso similar se dice que es competencia absoluta de los niveles autónomos de su ente Legislativo”, sostuvo.
En el informe remitido al Secretario de Seguridad, Justicia y Derechos Humanos (DDHH) de la Gobernación, Yamil García Delfín, se aclara que el SEA no cuenta con la atribución de realizar la revisión de anteproyectos de ley, por lo que a través del informe no se efectuará esta tarea ni se interpretará el proyecto del 45 por ciento.
Sin embargo, su criterio respecto a este proyecto de ley fue negativo y argumentó que según el Artículo 75 de la Ley 031 Marco de Autonomías y Descentralización Andrés Ibáñez, la transferencia de competencias es definitiva.
Las conclusiones textuales del informe del SEA sobre la consulta respecto a la distribución de recursos por concepto de regalías departamentales por parte de la Gobernación establecen que: “El nivel central del Estado por medio de una Ley regulará las regalías por aprovechamiento de recursos naturales en el marco de la reserva de ley establecida en el Párrafo IV del Artículo 351 y el Artículo 368 ambos de la Constitución Política del Estado (CPE), por medio de la cual se definen los porcentajes para la distribución de regalías, así como las directrices respecto a su destino y asignación”.
También concluye que “los gobierno autónomos departamentales en el marco de su competencia exclusiva de administración de sus recursos por regalías en el marco del presupuesto general de la nación, los que serán transferidos automáticamente al Tesoro Departamental, podrán regular sobre la administración de las regalías percibidas en el marco de la normativa nacional, por lo que podrán administrar sus regalías que les hayan sido asignadas por normativa del nivel central del Estado, considerando para tal efecto el derecho de acceso equitativo de los beneficiarios así como invertirlos en aspectos que beneficien y potencien sus territorios, lo cual no permite modificación de porcentajes establecidos en la legislación establecida por el nivel central del Estado”.
Además indica que “la normativa del nivel central del Estado que regula la asignación de regalías citada en el desarrollo del presente informe (Ley 3038, Decreto Supremo 29042, y Decreto Supremo 0331), se encuentra vigente y goza de obligatoriedad en su cumplimiento, la cual no puede ser modificada por otro nivel de gobierno”.
DECLARACIÓN: El cabildo en Cercado por el 45%
Los municipios productores de Bermejo, Padcaya y Entre Ríos, se encuentran organizando un cabildo en Cercado para reafirmar su postura sobre el proyecto presentado. A pesar de la sugerencia del SEA, señalaron que la lucha por conseguir una redistribución de recursos seguirá en marcha hasta que los municipios que participen en la producción de hidrocarburos del departamento tengan los recursos que merecen y no sean asignados directamente en el 45 por ciento del Chaco.
[gallery columns="2" size="full" ids="217103,217104"]