¿Qué pasa si los diputados no aprueban el Presupuesto General del Estado 2023?

El Presupuesto General del Estado se aprueba sí o sí, me explico.

El Parágrafo III del Artículo 147 de la anterior Constitución Política del Estado (CPE) del año 1995, establecía que, vencido el plazo de 60 días, el Presupuesto General de la Nación (antigua denominación) se aprobaba por Fuerza de Ley. Nuestra actual CPE, en su Numeral 11, Parágrafo I del Artículo 158, señala que si no se aprueba el Presupuesto General del Estado (PGE) en el plazo de 60 días, se da por aprobado.

Al respecto, les informo que se usó los citados Artículos para la aprobación de los Presupuestos Generales de la Nación de los años 1997, 2005 al 2009 y para la aprobación del Presupuesto General del Estado del año 2010.

Aunque tenemos un mandato legal que permite la aprobación del PGE sin aprobación de diputados, el hecho de que no se apruebe oportunamente la Ley del PGE antes del 1 de enero de 2023, nos perjudica en el desenvolvimiento de la economía nacional porque trae demoras en la ejecución de las políticas sociales y económicas que están previstas en el PGE.

De acuerdo al concepto que manejamos los economistas, el PGE es un instrumento de la política fiscal, en palabras más sencillas es el cálculo anticipado de la programación de recursos y gastos de todas las entidades públicas, que sirve como una herramienta para la ejecución, y además es el reflejo financiero del Plan Operativo Anual (POA) que realiza cada entidad (Gobernación, Alcaldía, Universidad, Ministerio y otros).

Para todos los presupuestarios de Bolivia que trabajan en una entidad pública (afines y no afines al gobierno) el PGE es una herramienta principal como el mismo concepto lo señala, ya que sin ello por ejemplo no podemos garantizar que los salarios de diciembre se paguen los primeros días de enero de 2023, imagínense que hasta producto de ello puede ocurrir manifestaciones en las calles de policías, militares, médicos y profesores exigiendo sus salarios porque todas las entidades públicas se ven perjudicadas. Es más, nos limita en realizar adendas a los contratos o iniciar procesos de contratación de bienes y servicios con las empresas privadas para que entren en ejecución desde el primer día hábil de 2023, toda vez que por la normativa vigente se necesita de una certificación presupuestaria del Sistema de Gestión Pública – SIGEP, esos papeles que refleja el TOMO II del PGE 2023 que hoy se encuentra en la Asamblea Legislativa.

Por último, a los señores diputados quiero hacerles notar que en el TOMO II también está el Presupuesto de la Asamblea Legislativa Plurinacional con código institucional 650. De no aprobarse el PGE en un tiempo oportuno también se verán afectados al igual que las demás entidades y población boliviana, porque los funcionarios públicos especializados en presupuesto trabajan respetando las leyes y decretos promulgados. Deseo de todo corazón que sus sueldos sean abonados el primer día hábil de enero de 2023, menciono esto porque quizá así logren comprender los efectos de sus decisiones.

 

*es economista especializada en presupuesto público


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