Educación y juventud
La juventud es una etapa del ser humano entre la adolescencia y la adultez, entre los 15 a 25 años de edad cronológica, como la ha definido la Organización de las Naciones Unidas (ONU). ¿Quién no quisiera ser o estar joven y disfrutar de una aguda agilidad mental y física, gozar de la...
La juventud es una etapa del ser humano entre la adolescencia y la adultez, entre los 15 a 25 años de edad cronológica, como la ha definido la Organización de las Naciones Unidas (ONU).
¿Quién no quisiera ser o estar joven y disfrutar de una aguda agilidad mental y física, gozar de la plenitud de su energía y vitalidad, aprovechar de su autonomía, sentirse un superhéroe, ser intrépido, ser soñador, consolidar su identidad, constituir su personalidad, acoger principios y valores, decidir sus desafíos y determinar su futuro?. La juventud es la primavera misma de la vida; es el periodo de siembra, de la persona humana, de cuya cosecha disfrutará en el devenir de su existencia.
Existe la Ley 342 del 5 de febrero 2013 que en su artículo 3 refiere su finalidad…que es: ”Lograr que las jóvenes y los jóvenes alcancen una formación y desarrollo integral, físico, psicológico, intelectual, moral, social, político, cultural y económico; en condiciones de libertad, respeto, equidad, inclusión, intraculturalidad, interculturalidad y justicia para Vivir Bien; a través de las políticas públicas y de una activa y corresponsable participación en la construcción y transformación del Estado y la sociedad”.
En esta etapa de la vida del ser humano, 15 a 25 años de edad, los jóvenes en particular, deben tomar consciencia que estos diez años son para vivir muy juiciosamente; especialmente estudiar para lograr obtener una profesión u oficio del que luego vivirán, con el que conformarán su hogar, su familia y serán hombres o mujeres de bien, para ejemplo de sus hijos; tarea de formación que deberá ser realizada con la mayor responsabilidad, esmero y buen fin.
No hacerlo así, será mucha irresponsabilidad, ya que para cumplir la posta en la extensión generacional en sociedad, como le corresponde, la vida no acepta evasivas, disculpas ni justificaciones de ninguna índole. Cada mujer, cada hombre debe hacer o hacer, lo que le toca y sólo así aplicará la Ley 342 para bien propio y para participar positivamente en la construcción del Estado y la sociedad.
Es importante que el Estado, los padres de familia y la sociedad entera, haga lo que debe hacer en la aplicación de la ley 342, de modo que no sea un saludo más a la bandera, dado que si no superamos muchas de nuestras necesidades, problemas y expectativas, no es por falta de leyes, sino por falta de aplicación de las mismas, dado que muy fácilmente nos acomodamos al dicho popular. “Hecha la ley, hecha la trampa” y, ¡meta vivir!, no más.
Si educar es informarse, formarse y actuar en consecuencia, en sujeción a conceptos y reglas o normas; para educar a jóvenes resulta muy apropiado y práctico el uso del ciclo de aprendizaje que significa seguir los siguientes pasos: Experiencia – reflexión – conceptualización – aplicación, como proceso a seguir para aprender a aprender, aprender a hacer y aprender a ser jóvenes estudiosos, innovadores, capaces, valientes, perseverantes, exitosos, honrados y nobles, teniendo como el gran propósito de la vida: ‘ ser hoy mejor que ayer y mañana mejor que hoy’.
En todo proceso de aprendizaje es necesario no sólo educar las memorias, sino además las mentes, lo que exige conceptualizaciones en su propio lenguaje y comprensión, su aplicación y ajuste con la realidad, su perfeccionamiento y consolidación conceptual práctica.
Ahora bien, no creo que al haberse aprobado una ley, su aprendizaje sea automático, por lo que será necesario crear espacios de socialización y reflexión (educación), que asegure saberla y aplicarla, efectivamente; de no hacerlo así, las leyes sólo quedan en leyes y no en mecanismos de aplicación práctica en la vida diaria.
Para los jóvenes del área rural, con mayor razón, deberían ejecutarse procesos educativos que permitan un pleno conocimiento y aplicación de esta y de otras leyes; pero además, no se deberían sacar y almacenar leyes sin que ameriten su objetiva necesidad y que luego no sean del conocimiento de la totalidad de la ciudadanía; seguirlo haciendo así, ahora que sólo se necesita levantar la mano para aprobar cualquier ley, se estaría ante el riesgo de dotar de una ley que exprese que: ‘los burros volarán’; lo que no sucederá, por lo menos por ahora, y sin embargo ya se contaría con otra ley más.
¿Quién no quisiera ser o estar joven y disfrutar de una aguda agilidad mental y física, gozar de la plenitud de su energía y vitalidad, aprovechar de su autonomía, sentirse un superhéroe, ser intrépido, ser soñador, consolidar su identidad, constituir su personalidad, acoger principios y valores, decidir sus desafíos y determinar su futuro?. La juventud es la primavera misma de la vida; es el periodo de siembra, de la persona humana, de cuya cosecha disfrutará en el devenir de su existencia.
Existe la Ley 342 del 5 de febrero 2013 que en su artículo 3 refiere su finalidad…que es: ”Lograr que las jóvenes y los jóvenes alcancen una formación y desarrollo integral, físico, psicológico, intelectual, moral, social, político, cultural y económico; en condiciones de libertad, respeto, equidad, inclusión, intraculturalidad, interculturalidad y justicia para Vivir Bien; a través de las políticas públicas y de una activa y corresponsable participación en la construcción y transformación del Estado y la sociedad”.
En esta etapa de la vida del ser humano, 15 a 25 años de edad, los jóvenes en particular, deben tomar consciencia que estos diez años son para vivir muy juiciosamente; especialmente estudiar para lograr obtener una profesión u oficio del que luego vivirán, con el que conformarán su hogar, su familia y serán hombres o mujeres de bien, para ejemplo de sus hijos; tarea de formación que deberá ser realizada con la mayor responsabilidad, esmero y buen fin.
No hacerlo así, será mucha irresponsabilidad, ya que para cumplir la posta en la extensión generacional en sociedad, como le corresponde, la vida no acepta evasivas, disculpas ni justificaciones de ninguna índole. Cada mujer, cada hombre debe hacer o hacer, lo que le toca y sólo así aplicará la Ley 342 para bien propio y para participar positivamente en la construcción del Estado y la sociedad.
Es importante que el Estado, los padres de familia y la sociedad entera, haga lo que debe hacer en la aplicación de la ley 342, de modo que no sea un saludo más a la bandera, dado que si no superamos muchas de nuestras necesidades, problemas y expectativas, no es por falta de leyes, sino por falta de aplicación de las mismas, dado que muy fácilmente nos acomodamos al dicho popular. “Hecha la ley, hecha la trampa” y, ¡meta vivir!, no más.
Si educar es informarse, formarse y actuar en consecuencia, en sujeción a conceptos y reglas o normas; para educar a jóvenes resulta muy apropiado y práctico el uso del ciclo de aprendizaje que significa seguir los siguientes pasos: Experiencia – reflexión – conceptualización – aplicación, como proceso a seguir para aprender a aprender, aprender a hacer y aprender a ser jóvenes estudiosos, innovadores, capaces, valientes, perseverantes, exitosos, honrados y nobles, teniendo como el gran propósito de la vida: ‘ ser hoy mejor que ayer y mañana mejor que hoy’.
En todo proceso de aprendizaje es necesario no sólo educar las memorias, sino además las mentes, lo que exige conceptualizaciones en su propio lenguaje y comprensión, su aplicación y ajuste con la realidad, su perfeccionamiento y consolidación conceptual práctica.
Ahora bien, no creo que al haberse aprobado una ley, su aprendizaje sea automático, por lo que será necesario crear espacios de socialización y reflexión (educación), que asegure saberla y aplicarla, efectivamente; de no hacerlo así, las leyes sólo quedan en leyes y no en mecanismos de aplicación práctica en la vida diaria.
Para los jóvenes del área rural, con mayor razón, deberían ejecutarse procesos educativos que permitan un pleno conocimiento y aplicación de esta y de otras leyes; pero además, no se deberían sacar y almacenar leyes sin que ameriten su objetiva necesidad y que luego no sean del conocimiento de la totalidad de la ciudadanía; seguirlo haciendo así, ahora que sólo se necesita levantar la mano para aprobar cualquier ley, se estaría ante el riesgo de dotar de una ley que exprese que: ‘los burros volarán’; lo que no sucederá, por lo menos por ahora, y sin embargo ya se contaría con otra ley más.


