Maldito Código Penal

¿Por qué hoy el CSP se ha constituido en la bandera que impulsa a las personas a salir a las calles? ¿Por qué la demanda de abrogación del nuevo Código moviliza aún más que el respeto del referéndum del 21F? Mi hipótesis es que, siendo el Código un documento de difícil lectura y...

¿Por qué hoy el CSP se ha constituido en la bandera que impulsa a las personas a salir a las calles? ¿Por qué la demanda de abrogación del nuevo Código moviliza aún más que el respeto del referéndum del 21F? Mi hipótesis es que, siendo el Código un documento de difícil lectura y socialización, se constituye en un “documento vacío” al que todas las personas pueden llenar con sus miedos e indignaciones vinculadas a abstracciones complejas como “democracia”, “libertad”, “respeto” o incluso puede llenarse de contenido según quien lo utilice, atribuyéndole intencionalidades “comunistas”, “ateístas” o “dictatoriales”.Considero también que este Código es objeto de tanta disputa porque es el corazón de la transformación del sistema de justicia que reclamamos desde hace décadas y sabemos que no será producto de la elección de jueces, sino de una verdadera revolución de la institucionalidad y los procedimientos para administrar la Justicia.Con la premisa de no seguir siendo influida por los “expertos” que lo interpretan, me dispuse a leer el Código completo, que consta de 681 artículos expresado en 315 páginas. Confieso que nunca antes había leído un Código Penal, pues es literatura reservada para abogados y jueces (a menos que, encarcelado por un delito, tengas el tiempo para estudiarlo). No fue tarea fácil, pero aquí comparto cuatro ideas que me parecen relevantes para discutir si este CSP contribuye a una mejor administración de justicia.El CSP parte de un enfoque restaurador, en lugar de una justicia punitiva que tiene como eje principal el castigo. Como principio busca la reparación integral del daño causado a la víctima, la reconciliación entre las partes basada en el reconocimiento de la responsabilidad de la persona imputada, y la recomposición de las relaciones dentro de la comunidad afectada por el conflicto. Hay una concentración y búsqueda de sanción de los actos criminales que realmente dañan nuestra sociedad. Actualmente existe una profusión y dispersión de normas que contienen más de 413 delitos; el CSP reduce estas infracciones penales a 50 crímenes, 179 delitos y 16 faltas, de acuerdo con su gravedad e impacto social. Esto seguramente contribuirá de manera sustantiva a reorientar las energías del Ministerio Público.En el CSP hay una voluntad de mejorar los procedimientos, fortaleciendo la oralidad y promoviendo procesos íntegramente desarrollados por audiencias públicas dando muerte a la ida y venida de onerosos memoriales. Por último, destaca la ampliación del campo de protección de las víctimas, priorizando sus intereses y necesidades para que la búsqueda de justicia no sea el calvario que, sobre todo las mujeres víctimas de violencia, relatan.Ninguno de estos rasgos es actualmente mencionado en las numerosas características que se le atribuyen al CSP. Por ello, es importante transitar hacia una discusión sustantiva del contenido del Código Penal. Actualmente nuestro régimen penitenciario tiene más de 13.000 personas encarceladas, de las cuales el 76% tiene detención preventiva sin sentencia; la mayoría de ellas está allí porque no cuenta con los recursos necesarios para aspirar a la Justicia. Esta es la mayor prueba de la urgencia de una verdadera revolución en la administración de justicia que requiere abandonar visiones que nos polarizan entre un maldito o bendito Código Penal.


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