Soberanía popular

En el fallo inapelable que emergió de las urnas, la expresión más alta y genuina de la democracia, está la voluntad soberana del pueblo que acudió a votar por una u otra opción, de acuerdo a sus convicciones políticas y su libertad de consciencia.En ese contexto, la mayoría de los...

En el fallo inapelable que emergió de las urnas, la expresión más alta y genuina de la democracia, está la voluntad soberana del pueblo que acudió a votar por una u otra opción, de acuerdo a sus convicciones políticas y su libertad de consciencia.En ese contexto, la mayoría de los habitantes del Chaco tarijeño –siete de cada 10– aprobó con su voto el Estatuto Autonómico Regional del Gran Chaco, con lo que se dio vía libre a la implementación del régimen autonómico en la región más rica en hidrocarburos de Bolivia.De acuerdo con los resultados oficiales del TSE, en el referéndum chaqueño el SÍ se impuso con 49.932 votos válidos (72,41%), respecto del NO que alcanzó 19.026 sufragios (27,59%); en tanto que 1.961 (2,65%) votaron en blanco y 3.088 (4,17%) nulos.Una vez conocidos los resultados oficiales, la directiva de la Asamblea Legislativa  Regional del Chaco anunció que convocará en los próximos días a una reunión de instituciones y autoridades para preparar un paquete de normas y leyes a los diferentes niveles que permitan la implantación de la autonomía en esa región. Y al igual que la región chaqueña, en seis municipios las urnas dieron la victoria al SÍ a sus cartas orgánicas: Buena Vista con el 59,1% de los votos, El Puente (67,4%), El Torno (74,9%) y Yapacaní (55,6%) en el departamento de Santa Cruz; Arque (71.7%) y Totora (68.9%) en Cochabamba.Entre tanto, los municipios que rechazaron sus cartas orgánicas y votaron NO fueron Sucre, con el 66.1% de los sufragios, en Chuquisaca; Viacha (58,8%) en La Paz, Cuatro Cañadas (57,9%) en Santa Cruz, y Vinto (55,0%) en Cochabamba.Respecto del referéndum autonómico sobre los estatutos indígenas originarios campesinos, el SÍ se impuso en Raqaypampa (Cochabamba) con el 91,5% de los sufragios, en Gutiérrez (Santa Cruz) con el 63,1% y en Uru Chipaya (Oruro) con el 77,4%; mientras que el NO ganó en Mojocoya (Chuquisaca) con el 59,3% de los votos.Ahora bien, que entre el 66% y el 86% de electores haya acudido a depositar su voto en las urnas, confirma –una vez más– el alto grado de apego a la democracia por parte del pueblo boliviano, respaldo que fortalece la institucionalidad del Estado.Según prescribe la Constitución Política del Estado, una vez aprobados los estatutos autonómicos, las cartas orgánicas y los estatutos indígena-originario-campesinos se aplicará lo previsto en la Ley 031 Marco de Autonomías y Descentralización.La democracia es una forma de gobierno en la que todos los ciudadanos tienen la oportunidad, por medio de un proceso electoral, de escoger libremente quiénes serán sus gobernantes, pero también aprobar o rechazar con su voto aquellos asuntos del Estado que la Carta Magna les faculta.Y en el marco del Estado de derecho y por mandato constitucional, en definitiva fue el voto del pueblo el que aceptó el Estatuto Autonómico Regional del Gran Chaco, dijo Sí a seis cartas orgánicas y No a otras cuatro. Esa soberanía popular apoyó en las urnas a tres estatutos indígena-originario-campesinos y rechazó uno.Es que en todo caso, si la soberanía reside en el pueblo, según el artículo 7 de la Constitución Política del Estado, de él emanan por delegación las funciones y las atribuciones de los órganos de poder público, y decisiones tan trascendentales como la aprobación o el rechazo de los estatutos autonómicos departamentales, regionales o indígena-originario-campesinos, y las cartas orgánicas municipales.En ese contexto, si la Carta Magna prevé que es en definitiva el voto del pueblo el que acepte o rechace la implementación de los procesos autonómicos en Bolivia, esa facultad es constitucional, legítima y democrática, y como tal debe ser asumida por todos los habitantes de las regiones que este domingo acudieron a las urnas.Cuando el pueblo participa de manera directa en el fortalecimiento de la democracia a través de procesos electorales, referéndums o iniciativas ciudadanas, ejerce libremente su soberanía que emana de la Carta Magna, por lo que su voluntad inapelable está libre de cualquier cuestionamiento.


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