Revolución del Órgano Judicial

Asimismo, hace un año   expresó textualmente que el sistema judicial es centro de extorsión y corrupción, empoderado en los operadores de justicia y en una clara visión reveló las debilidades y amenazas de la justicia en Bolivia.Por lo mencionado, se debe repensar en aplicar un...

Asimismo, hace un año   expresó textualmente que el sistema judicial es centro de extorsión y corrupción, empoderado en los operadores de justicia y en una clara visión reveló las debilidades y amenazas de la justicia en Bolivia.Por lo mencionado, se debe repensar en aplicar un diagnóstico serio, una “reingeniería judicial” con equipos multidisciplinarios de profesionales, sin dejar de lado el derecho comparado, la jurisprudencia, el sistema procesal basado en el Derecho Romano, el Derecho Consuetudinario Common Law de origen anglosajón, basado principalmente en principios y decisiones de altos tribunales (jurisprudencia) y no exclusivamente en la ley.La “reingeniería judicial” debe darse a partir de cero. Comienza con un compromiso de cambio estructural. La Fiscalía ya dio el primer paso y deberá trabajar en una comisión para el cambio, para lo cual deberá asumir el papel del proceso, repensando y definiendo la estructura judicial, educando y capacitando a una nueva camada de profesionales idóneos, capacitados, desechando militancias partidarias e injerencias políticas.El cambio debe empezar en casa. Cuando el litigante entra a la Fiscalía o a los tribunales encuentra letreros enormes que indican que ante “cualquier acto de corrupción denuncie”. Los letreros muestran números de teléfonos que nunca nadie contesta. Cuando lo hacen, indican despectivamente “pase por la oficina”.Si uno ingresa una denuncia ante la autoridad sumariante, ésta observa lo mínimo. Intima  advirtiendo que si en tres días no se subsana cualquier pequeño error de forma o de fondo cometido, la denuncia es anulada. Así, muchas quejas quedan en la nada.El Ministerio Público debería perseguir estas denuncias disciplinarias de mutuo propio, dejando a un lado el compadrerío encubridor y la amistad, velando por la sana administración de justicia.Para muestra un botón. En el caso 132/2015, en Santa Cruz, por faltas disciplinarias (Art. 121. 6 de la Ley 260) no se notifica legalmente y suspende dos audiencias en aparente parcialización con el fiscal denunciado, quien tiene diez denuncias en un año y cuatro resoluciones que confirman faltas graves en el lapso de 12 meses (proceso 028/214, 059/2014, 081/2014 y 237/2014), con descuento de 45% de su haber mensual por faltas disciplinarias.Hay tres denuncias en la  Fiscalía Anticorrupción, por lo que el fiscal denunciado ya debía estar destituido, tal como establece el Art. 121. 13 de la Ley 260, pero continúa como fiscal cometiendo las mismas faltas, convirtiéndose en un peligro para el debido proceso, sin que el Ministerio Público sancione como su reglamento establece.El ciudadano de a pie se pregunta para qué se crean estos aparatos burocráticos, para qué el Estado invierte  en ambientes, sueldos de jueces, auxiliares, en oficiales de diligencias,  en gastos de operación e infraestructura si no mejora la justicia.Esta es una ínfima muestra de casos de corrupción, proteccionismo y complicidad, que se debe erradicar “antes que el pueblo reaccione contra la justicia”, tal como afirma el presidente Morales.*es abogado, administrador de empresasy máster en gestión pública


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