Presunción de inocencia

luego de varios días de juicio oral y contradictorio, determinó absolver de pena y culpa a un padre que había sido acusado por el Ministerio Público de violación agravada contra su hija de 11 años de edad, en el momento del presunto hecho.El abogado de Defensa Pública, Fernando Martorel,...

luego de varios días de juicio oral y contradictorio, determinó absolver de pena y culpa a un padre que había sido acusado por el Ministerio Público de violación agravada contra su hija de 11 años de edad, en el momento del presunto hecho.El abogado de Defensa Pública, Fernando Martorel, informó que el Tribunal Tercero de Sentencia, actuó objetivamente e hizo una valoración profesional con los elementos de prueba que aportó la investigación del Ministerio Público y que fueron presentados en la acusación, pero durante el juicio, la defensa demostró que el imputado no cometió ningún delito.“Con las pruebas que presentó el Ministerio Público entramos a juicio oral, y de la valoración de estas pruebas hemos podido demostrar que el hecho investigado como violación agravada a una menor de edad, que llegaría a ser la hija del acusado, nunca ocurrió”, expuso Martorel.En ese contexto, indicó que una vez terminado el juicio se realizó la valoración respectiva por el tribunal y ellos fallaron resolviendo absolución de pena y culpa a favor del encausado y otorgándole la libertad inmediata. Desde mediados de 2013 el acusado estuvo con detención preventiva en el penal de Morros Blancos, el mismo tiempo que duró la investigación, alrededor de un año y medio.“Lastimosamente, el señor estuvo detenido preventivamente durante un año y medio, eso nadie se lo repone, pero consideramos que se hizo justicia, se hizo una buena labor en Defensa Pública como institución”, dijo al respecto el abogado defensor.La absolución se da cuando una sentencia judicial dictamina que una persona no es culpable del delito del que ha sido juzgado. Es decir, el acusado es, por tanto, inocente. Lo contrario de una sentencia absolutoria es una sentencia condenatoria.No obstante, a raíz de la sentencia absolutoria que comentamos surgen algunas preguntas que creemos pertinentes: ¿cómo la justicia repara una injusta detención carcelaria cuando el acusado es declarado inocente?, ¿cuántas personas acusadas de la comisión de algún delito son tratadas como si fuera un delincuente, antes de que un tribunal competente declare si es culpable o inocente luego de un debido proceso?En ese contexto y en el marco de nuestra democracia, es fundamental que el Estado, a través de los mecanismos jurisdiccionales, prevenga la comisión de delitos y castigue con el mayor rigor de la ley a los delincuentes, pero también garantice la vigencia de la presunción de inocencia de los acusados, derecho protegido por artículo 116 de la Constitución Política del Estado.La Declaración Universal de Derechos Humanos en el numeral 1 del artículo 11 señala que “toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa”.Es que la presunción de inocencia y el juicio previo son dos caras de una misma moneda: uno es culpable sólo después de que en un juicio justo, llevado mediante un debido proceso, se declare su culpabilidad.Es decir, todo ser humano es inocente hasta que no se demuestre lo contrario, en este sentido, la culpabilidad es la que debe demostrarse y no así la inocencia, pues de no existir este principio lógico todos serían culpables hasta que no se demuestre lo contrario, lo cual sería una vulneración a la dignidad y seguridad de cada ser humano.En ese contexto, la presunción de inocencia de ninguna manera es un principio para evitar que un delincuente sea sometido y sancionado conforme a la ley, sino que en un Estado democrático la presunción de inocencia es un derecho fundamental reconocido a toda persona acusada de un delito, sea el delito que sea y, también, tenga la gravedad que tenga. Y como sentencia Gonzalo Boye, mientras no exista sentencia toda persona tiene el derecho a ser presumida inocente y a ser tratada como tal, ya que en materia de derechos fundamentales no existen medias tintas ni equidistancia posible: o se respetan o se vulneran.


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