De una ley y su urticaria mediática
Sobre ello, en estos apuntes busco proponer algunos conceptos que también deben ser tocados y conocidos para el debate público, bastante encendido ya. Dicen dirigentes de algunos sectores mediáticos que la mencionada ley en dos artículos va contra la libertad de expresión y predispone a una...
Dicen dirigentes de algunos sectores mediáticos que la mencionada ley en dos artículos va contra la libertad de expresión y predispone a una censura previa, por el hecho de levantar el fuero periodista y el secreto de fuente.
Se debe aclarar que una acepción de la expresión es aquella que contempla una opinión respetuosa de las otras opiniones, se entiende que existe un marco jurídico, el código penal, que sanciona a quienes injurian, difaman, calumnian, etc. Otra acepción tiene que ver con que la expresión -derecho como es- no puede ir contra otro derecho, como es el derecho a la dignidad.
Sin embargo los dirigentes de los medios de comunicación de un sector del país y de la capital, sólo han quedado en la libertad de expresión por libertad, nada más; no dijeron nada de aquello que significa calumnia, burla, discriminación, injuria, nada que diga que los medios o quienes usan los mismos mellan la dignidad de otras personas, nada de ello han tocado y han preferido sólo exhibir que la lucha es por la “libertad de expresión”.
En primer orden, los dirigentes de esos sectores vinculados a los medios, citan la Ley de Imprenta, (anacrónica como es, año 1925), esa ley conlleva disposiciones que pueden complementarse con nuestra realidad pero que necesariamente debe permitirse su revisión, ahora esos mismos sectores que se volcaron a las calles este último viernes, se cierran a que esa ley se toque. Entonces si no se permite su revisión, su adecuación ¿qué queda?
Segundo la ley de imprenta, tiene en el Estatuto Orgánico del Periodista del año 1984, la reglamentación específica, y esto tampoco es citado por quienes están molestos o alarmados por la aprobación, o no, de la ley contra la discriminación y sus dos artículos.
Y en este estatuto están claramente dispuestos elementos que son más que necesarios indicar aquí: ahí dice quiénes pueden ser llamados periodistas y quiénes no; cuáles son las funciones asignadas al periodista profesional; dice sobre el secreto profesional (o secreto de fuente que le dicen); dice sobre los derechos inherentes al ser periodista; la “cláusula de conciencia”, dice sobre las obligaciones, la ética y el ejercicio profesional del periodista (también dice sobre el ejercicio ilegal de la profesión y quiénes son los que cometen este ilícito).
Tercero la actual constitución dice que la comunicación en su ejercicio periodístico debe ser motivo de autorregulación, sin embargo aquí en Tarija ¿cuan autorregulados estamos?
Cuarto existe un código de ética de los periodistas que se sancionó con anuencia de todos los participantes en Trinidad hace ya unos años, en ello existen artículos que dicen un no se qué con respecto al ejercicio de la profesión y su prohibición de trabajar en instituciones públicas ¿esto se cumple?
Pasa que a excepción de algunos medios, la tan mentada autorregulación no se da y la libertad de expresión parece haber dado paso a libertad de insultar, ofender y lo que es peor figurar como periodista cuando en muchos casos, no se es.
Si el Estado –entiendo en mi posible error- ha optado por regular las emisiones públicas que denigran y ofenden la dignidad de las personas a título de libertad de expresión, es porque los mismos medios han hecho poco o nada para el caso.
Importante fuera que los medios en Tarija, como una muestra de su preocupación hicieran una marcha o un tipo de presión –cualquiera sea- para que el Concejo municipal convoque al tribunal de ética, que dice la ley de imprenta y así se tenga una instancia donde presentar quejas cuando alguien vea menoscaba su dignidad o sus derechos en un medio de comunicación. Pero es preferible decir que ya se intentó y que no se pudo. Con la misma lógica actúa el gobierno entonces. Dirá que los sectores interesados hicieron su esfuerzo por evitar se apruebe la norma y que sin embargo no pudieron. Y ahí quedará todo.
Los medios –esto nunca nos cansamos de repetirlo- se diferencian de otras empresas pues en ellos está puesta la fe pública.
Los medios son un órgano de poder, pues además de la educación y la religión son los más importantes elementos de control y formación ideológica (opinión pública que se dice)
Ahora los medios se justificaron siempre en su servicio social, que va más allá de un programa dedicado a reunir dineros para una familia (hecho que además es loable), sin embargo va por los espacios de educación y formación cívica y esto fue un tanto olvidado por los mismos medios que ahora ven correr un riesgo pues en uno de los mencionados artículos de la ley contra la discriminación, dice que se cerrará esa empresa. Y aquí la preocupación no pasa ya tanto por la libertad de expresión, sino por el interés empresarial tan solamente.
Queda algo por decir sobre el fuero, el secreto de fuente y la cláusula de conciencia, pero eso será tema para más adelante, si hay oportunidad.