Diputados aprueba ley de diferimiento de créditos y la remite al Senado
La Cámara de Diputados aprobó la madrugada de este viernes, en sus estaciones en grande y en detalle, el proyecto de Ley N° 547/2024-2025 de diferimiento de créditos para vivienda de interés social y créditos destinados a unidades económicas de tamaño micro y pequeña. Tras su aprobación, la norma fue remitida a la Cámara de Senadores para su respectivo tratamiento.
“Habiéndose aprobado el proyecto de Ley N° 547/2024-2025 en sus dos estaciones, en grande y en detalle, y siendo cámara de origen remítase a la Cámara de Senadores para fines constitucionales de revisión”, afirmó el presidente de Diputados, Omar Yujra.
La nueva ley introduce un mecanismo excepcional que suspende temporalmente los embargos y difiere los pagos de créditos por un periodo de seis meses. Esta medida busca otorgar a la población un alivio financiero que le permita reorganizar sus ingresos sin la amenaza de perder sus hogares o de cerrar sus pequeños negocios.
De acuerdo con el artículo 3 del proyecto de ley:“Las entidades de intermediación financiera y las entidades de arrendamiento financiero que operan en el territorio nacional, por el plazo de seis meses, computables a partir de la publicación de la presente ley, deben diferir automáticamente los pagos de las cuotas de los créditos otorgados para vivienda de interés social y de los créditos de las unidades económicas de tamaño micro y pequeña, comprendiendo dichas cuotas el pago a capital e intereses, seguros, comisiones y otros cargos”.
El proyecto fue impulsado por el Gobierno ante la dificultad que enfrentan microempresarios, pequeños empresarios y emprendedores para cumplir con sus obligaciones crediticias debido a fenómenos climáticos adversos, conflictos sociales y la compleja situación económica del país. La propuesta también busca prevenir la pérdida de viviendas y el cierre de pequeños negocios por deudas no pagadas.
En junio, la Comisión de Planificación, Política Económica y Finanzas de Diputados ya había aprobado el documento en un escenario de consenso entre los legisladores.
La norma establece que el diferimiento no representa una condonación de la deuda, sino una reprogramación temporal de las cuotas. Los deudores deberán retomar sus pagos una vez concluido el plazo de suspensión, lo que significa que las obligaciones no desaparecen, sino que se trasladan de manera accesible.
Además, la iniciativa pretende garantizar la estabilidad del sistema financiero, evitando un incremento de las ejecuciones judiciales que podrían generar mayores efectos negativos en la economía nacional. El Gobierno sostiene que, con esta medida, se brinda un alivio temporal a los deudores y, al mismo tiempo, se resguarda la sostenibilidad del sistema financiero.





