Gobierno aprueba decreto que sanciona el contrabando de alimentos hacia otros países
Se establecerá un registro de proveedores únicos para la distribución y comercialización de alimentos para la población en estas zonas fronterizas



La mañana de este miércoles el gabinete de ministros aprobó un decreto para frenar y sancionar el contrabando a la inversa, que -según el Gobierno de Luis Arce- genera en parte el incremento de los precios de productos de la canasta familiar.
La norma reglamenta la Ley 100 con el objeto de controlar el “tránsito ilegal de alimentos hacia la zona de seguridad fronteriza”, indicó el ministro de Desarrollo Productivo, Néstor Huanca, quien dijo que la medida ayudará a “estabilizar los precios”.
El lunes, el presidente Luis Arce ordenó el despliegue de militares a las zonas fronterizas para evitar las salidas de alimentos.
Los productos que serán materia de control serán establecidos por el Consejo Para el Desarrollo Fronterizo y Seguridad, conformado por los ministerios de Economía, Defensa, Presidencia y de Planificación.
“Hoy por hoy necesitamos controlar, por ejemplo, el traslado de alimentos hacia las zonas como el arroz, carne de pollo, aceite, azúcar, carne de res, cerdo, huevo, papa, incluso verduras y el ganado en pie, entre otros productos”, señaló la autoridad.
Explicó que para el control se emitirán los “certificados de abastecimiento en áreas fronterizas” que van a servir para controlar el “traslado de volúmenes suficientes para garantizar primero el abastecimiento de alimentos a esta zona fronteriza”
“Eso quiere decir que los hermanos y hermanas que viven en las zonas fronterizas, como en el Desaguadero, por ejemplo, van a ser abastecidos con suficiente alimento para que no sean afectados.
“Los productos que se trasladan en demasía obviamente van a ser sujetos a control y decomiso.
Huanca además precisó que se establecerá un “registro de proveedores únicos para la distribución y comercialización de alimentos para la población en estas zonas fronterizas”.
En ese marco, aclaró que la norma “no alcanza al traslado de alimentos destinados al consumo doméstico”.
“Hay hermanos y hermanas de las fronteras que llevan en menor cantidad sus alimentos, no van a ser alcanzados aquellos y tampoco las comunidades que se ubican en el trayecto que se traslada a las zonas”, sostuvo.
En ese marco, Huanca precisó que “la exportación formal de alimentos” no está incluida en esta norma puesto que “esta exportación formal cuenta con la declaración de exportación (DEX), que los habilita a transitar libremente sus productos para su exportación y llevar sus productos hacia otros países”.
Tomado de Unitel