Arce presenta ley para que empresas extranjeras de servicios digitales tributen en Bolivia
De este modo, Bolivia se sumaría a los distintos países de la región que han adoptado una regulación para los proveedores de servicios digitales over-the-top, o plataformas OTT, por la vía de reformas tributarias



El presidente del Estado, Luis Arce Catacora informó este jueves que remitió a la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) un anteproyecto de ley de modificación de la Ley N° 843 de Reforma Tributaria, para que empresas extranjeras de servicios digitales paguen impuestos en Bolivia.
“Enviamos a la Asamblea Legislativa Plurinacional el Anteproyecto de Ley para modificar la Ley 843 y ampliar el alcance del IVA a los servicios digitales provistos desde el exterior. Las grandes firmas que comercializan servicios digitales en #Bolivia, desde el exterior, deben tributar en igualdad de condiciones que las empresas que operan en territorio nacional”, publicó en su cuenta de Twitter.
De este modo, Bolivia se sumaría a los distintos países de la región que han adoptado una regulación para los proveedores de servicios digitales over-the-top, o plataformas OTT, por la vía de reformas tributarias. Tal es el caso de Colombia, Argentina y Uruguay.
Según reportes de prensa, en Colombia, la reforma tributaria de 2016, instaló la aplicación del 19% del IVA para todas las empresas extranjeras que ofrecen servicios digitales en el país. Sin embargo, recién en junio de 2018 se hizo público el decreto reglamentario que comenzó a regir a partir de julio de 2019.
En Argentina, también a través de la Ley 27.430 de 2017 de reforma tributaria, se implementó el pago del 21% del IVA a las plataformas digitales extranjeras y las tarjetas de crédito funcionan como agente de retención.
En Uruguay, el Poder Ejecutivo aprobó en 2017 la Ley N°19.535 de Rendición de Cuentas en la que definió que los proveedores de servicios digitales extranjeros que prestan servicios en el país deberían pagar IVA e IRNR. Esta ley se reglamentó en mayo de 2018, mediante el Decreto N°144. Luego, la resolución N° 9270/2018 de la Dirección General Impositiva (DGI) dispuso que las empresas tecnológicas extranjeras que brindan servicios digitales en Uruguay pueden pagar sus impuestos en dólares y sin necesidad de designar un representante legal en el país.