CIDH define ayuda para abogados del caso Porvenir
Por denuncias de hostigamiento y amenazas contra su vida, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) adoptó la Resolución 1/2020, mediante la cual otorga medidas cautelares a favor de los abogados Mary Elizabeth Carrasco Condarco y Juan Alipaz Aparicio, y de su entorno familiar,...
Por denuncias de hostigamiento y amenazas contra su vida, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) adoptó la Resolución 1/2020, mediante la cual otorga medidas cautelares a favor de los abogados Mary Elizabeth Carrasco Condarco y Juan Alipaz Aparicio, y de su entorno familiar, tras considerar que se encuentran en una situación de gravedad y urgencia de riesgo de daño irreparable a sus derechos en el marco de su trabajo en el caso Porvenir.
De acuerdo al informe de la CIDH, fue el pasado 29 de noviembre que recibió una solicitud de estas medidas cautelares de parte del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) para esta adopción de “medidas de protección necesarias para garantizar los derechos de las dos personas mencionadas que representan a las víctimas en un proceso penal de la denominada ‘Masacre de Porvenir’, en el marco del cual estarían siendo objeto de hostigamiento y amenazas contra su vida”.
Este organismo internacional, tras la evaluación de este caso, valoró los antecedentes y tomó la determinación, tal como señala la resolución: “La Comisión solicita al Estado Plurinacional de Bolivia que adopte las medidas necesarias para proteger los derechos a la vida e integridad personal de Carrasco y Alipaz”, considerando que existirían los requisitos de gravedad, urgencia e irreparabilidad, según señala el art. 25 de su Reglamento.
En consecuencia, la Comisión insta al Estado boliviano asumir las siguientes medidas cautelares, para Carrasco, Alipaz y sus entornos familiares.
El 9 de diciembre la justicia boliviana determinó otorgar libertad irrestricta al exprefecto de Pando, Leopoldo Fernández, acusado de los hechos de septiembre de 2008 en Porvenir.
De acuerdo al informe de la CIDH, fue el pasado 29 de noviembre que recibió una solicitud de estas medidas cautelares de parte del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) para esta adopción de “medidas de protección necesarias para garantizar los derechos de las dos personas mencionadas que representan a las víctimas en un proceso penal de la denominada ‘Masacre de Porvenir’, en el marco del cual estarían siendo objeto de hostigamiento y amenazas contra su vida”.
Este organismo internacional, tras la evaluación de este caso, valoró los antecedentes y tomó la determinación, tal como señala la resolución: “La Comisión solicita al Estado Plurinacional de Bolivia que adopte las medidas necesarias para proteger los derechos a la vida e integridad personal de Carrasco y Alipaz”, considerando que existirían los requisitos de gravedad, urgencia e irreparabilidad, según señala el art. 25 de su Reglamento.
En consecuencia, la Comisión insta al Estado boliviano asumir las siguientes medidas cautelares, para Carrasco, Alipaz y sus entornos familiares.
El 9 de diciembre la justicia boliviana determinó otorgar libertad irrestricta al exprefecto de Pando, Leopoldo Fernández, acusado de los hechos de septiembre de 2008 en Porvenir.