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El análisis inició en septiembre de 2023

Brasil: Corte Suprema reconoce acoso judicial a periodistas

El Supremo también reafirmó ahora que la responsabilidad solo puede ocurrir cuando hay «intención inequívoca» o culpa grave

Internacional
  • Brasilia / Prensa Latina
  • 23/05/2024 00:00
Brasil: Corte Suprema reconoce acoso judicial a periodistas
Imagen referencial

El Supremo Tribunal Federal (STF) de Brasil reconoció el llamado acoso judicial a periodistas para impedir o dificultar la actuación de profesionales de la prensa y de los medios de comunicación.

  • LEA TAMBIÉN: Brasil: Sube a 161 los muertos por tragedia climática

Tal análisis se inició en septiembre de 2023, en sesión virtual. En esa época, la ponente y ahora ministra jubilada Rosa Weber, consideró que, para la fijación de indemnización por daño moral, resulta necesario comprobar la diseminación deliberada de la desinformación.

Agregó otros elementos como manipulación de grupos vulnerables, ataque doloso a la reputación de alguien o desenmascarar al negligente de los hechos.

En la sesión del 16 de mayo, el ministro y presidente del STF, Luís Roberto Barroso, presentó su voto.

Para el juez de instrucción, «constituye acoso judicial comprometedor de la libertad de expresión el enjuiciamiento de innumerables acciones (…) con la intención o efecto de obligar a periodista u órgano de prensa, dificultar su defensa o hacerla excesivamente onerosa».

El Supremo también reafirmó ahora que la responsabilidad solo puede ocurrir cuando hay «intención inequívoca» o culpa grave.

La corte analizó dos acciones en conjunto. Una de ellas fue juzgada por la Asociación Brasileña de Prensa (ABI), que pedía interpretación conforme a la Constitución a dispositivos de los códigos Civil y de Proceso Civil.

ABI refirió que resulta desproporcionado el embargo de valores de las cuentas de periodistas.

Una segunda acción fue enjuiciada por la Asociación Brasileña de Periodismo Investigativo (Abraji) y demandaba que, en los pedidos de reparación en el cual se verifique acoso judicial, el órgano jurisdiccional competente fuera del domicilio del demandado y todos los asuntos conexos se reúnan para un juicio conjunto.

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