Todo listo para el pago del Bono Juancito Pinto, estos son los requisitos
En todo el país se habilitaron 56 entidades financieras, entre bancos y cooperativas, donde se podrá cobrar el Bono Juancito Pinto
El Ministerio de Educación, a través de la Resolución Ministerial N° 0613/2025, aprobó el reglamento que establece los requisitos esenciales para la entrega del Bono "Juancito Pinto". El objetivo principal es garantizar un proceso de cobro transparente y ordenado a través de las Entidades de Intermediación Financiera (EIF).
El Artículo 9 del reglamento detalla quién puede cobrar y qué documentación debe presentar.
Para el cobro del bono, el Titular de Cobro (que es la persona asignada al beneficiario en la Base de Datos del Ministerio de Educación) deberá presentar la siguiente documentación en la Entidad de Intermediación Financiera: Cédula de Identidad (CI) original del Titular de Cobro, una fotocopia simple de la Cédula de Identidad. Es crucial que el titular asignado en el sistema sea quien se presente a realizar el cobro.
En el caso de los estudiantes que hayan cumplido 18 años hasta la fecha de inicio del registro de Titulares de Cobro, tienen la posibilidad de recibir el bono de forma personal. Para ello, deben estar registrados como su propio Titular de Cobro y presentar: Cédula de Identidad original y una fotocopia simple de la Cédula de Identidad.
En el caso de que el Titular de Cobro sea de nacionalidad extranjera, el documento de identificación requerido es la Cédula de Identidad de Extranjero (CIE), emitida por el Servicio General de Identificación Personal (SEGIP), además de una fotocopia de la misma.
Se recomienda a los padres, tutores y estudiantes verificar su documentación con anticipación para evitar contratiempos durante el periodo de pago del beneficio.





