COB: cobrar beneficios laborales demora a veces más de cuatro años
Un trabajador, cuando es desvinculado o renuncia a una empresa pública o privada, tiene que peregrinar hasta más de cuatro años para cobrar sus beneficios sociales establecidos en la ley laboral. El algunos casos, por el tiempo que pasa y la falta recursos económicos, el empleado desiste...



Un trabajador, cuando es desvinculado o renuncia a una empresa pública o privada, tiene que peregrinar hasta más de cuatro años para cobrar sus beneficios sociales establecidos en la ley laboral. El algunos casos, por el tiempo que pasa y la falta recursos económicos, el empleado desiste continuar con el proceso. Según la Central Obrera Boliviana (COB).
El secretario de Seguridad Social de la COB, Boris Villa, lamentó que en algunas instituciones, especialmente las privadas, se vulnera los derechos laborales y no se respeta lo que establece la Constitución Política del Estado (CPE) ni lo que establece la Ley General del Trabajo, por lo que es frecuente las demandas y amparos constitucionales en el Tribunal Supremo de Justicia.
El dirigente explicó que el proceso en el Ministerio de Trabajo no es muy moroso, porque esa cartera de Estado solo tiene que sacar una conminatoria y aplicar las sanciones. Lo malo es que las empresas no cumplen esas resoluciones porque no son coercitivas. Eso obliga al trabajador a iniciar un proceso judicial que tarda hasta más de cuatro años y aún no se resuelven, a tal punto que el trabajador, por no tener recursos económicos, abandona el proceso y no recibe los beneficios sociales.
Los derechos laborales son innegociables e imprescriptibles
Según la Constitución Política del Estado (CPE) los derechos laborales son irrenunciables, imprescriptibles e innegociables en Bolivia. Es así que si un trabajador, por ahorra tiempo evitar los procesos para acceder a sus beneficios recibió menos recursos económicos de lo que le correspondía, en cualquier momento la persona puede pedir un re cálculo de sus beneficios sociales. Este recurso lo puede plantear en el Ministerio de Trabajo.
“Se está tratando de acortar ese proceso, se entregó un documento en función a lo que salió del Tribunal Constitucional, que da la potestad a las organizaciones para hacer control social, en cuanto al seguimiento de cualquier proceso donde esté involucrado un trabajador-comentó el dirigente- La COB podrá apersonarse como un abogado más en beneficio de los empleados. Los dirigentes de los diferentes sectores pueden acercarse a los estrados judiciales para hacer un rol de parte defensora de los trabajadores”.
Por su parte, el jefe departamental del Trabajo en Tarija, Richard Pilco, explicó que desde que una persona interpone la denuncia, en 48 horas se emite la citación. En caso de tratarse de menores de edad o personas con discapacidad, se lo hace lo más antes posible, previendo notificar al denunciado dentro de las 24 horas. Pero a veces el empleador no está en su domicilio, entonces se tiene que esperar.
Pasada eso, dentro de las 48 o 72 horas siguientes, se lleva a cabo la audiencia, luego el inspector tiene tres días para elevar un informe. Se solicita la emisión de la conminatoria y dentro de dos días se emite la resolución y se notifica a las dos partes, demandado y demandante. A partir de ese momento se abre el proceso administrativo, que son recursos de impugnación o jerárquicos, que tienen otro tiempo para poder resolverlos.
Defensa
Fallo constitucional permite a la COB constituirse como abogado de los trabajadores en procesos laborales
Como Ministerio, emiten conminatorias de cumplimiento de normativa laboral. Pero cuando algunas denuncias que se tramitan por el pago de beneficios sociales son controvertidas, la ley otorga competencias al juez en materia laboral y seguridad social para que pueda emitir una sentencia. En esa instancia es, por lo general, donde se toma más tiempo, como sucede en otros juzgados judiciales.
Si una persona quiere conocer cuánto le corresponde cobrar por la desvinculación de su trabajo, puede solicitar al Ministerio una consulta de pre liquidación, donde el empleado debe llevar las tres últimas papeletas de pago. Con esos documentos los funcionarios calcularán cuánto le corresponde recibir. Para ello no es necesario presentar una denuncia.
El secretario de Seguridad Social de la COB, Boris Villa, lamentó que en algunas instituciones, especialmente las privadas, se vulnera los derechos laborales y no se respeta lo que establece la Constitución Política del Estado (CPE) ni lo que establece la Ley General del Trabajo, por lo que es frecuente las demandas y amparos constitucionales en el Tribunal Supremo de Justicia.
El dirigente explicó que el proceso en el Ministerio de Trabajo no es muy moroso, porque esa cartera de Estado solo tiene que sacar una conminatoria y aplicar las sanciones. Lo malo es que las empresas no cumplen esas resoluciones porque no son coercitivas. Eso obliga al trabajador a iniciar un proceso judicial que tarda hasta más de cuatro años y aún no se resuelven, a tal punto que el trabajador, por no tener recursos económicos, abandona el proceso y no recibe los beneficios sociales.
Los derechos laborales son innegociables e imprescriptibles
Según la Constitución Política del Estado (CPE) los derechos laborales son irrenunciables, imprescriptibles e innegociables en Bolivia. Es así que si un trabajador, por ahorra tiempo evitar los procesos para acceder a sus beneficios recibió menos recursos económicos de lo que le correspondía, en cualquier momento la persona puede pedir un re cálculo de sus beneficios sociales. Este recurso lo puede plantear en el Ministerio de Trabajo.
“Se está tratando de acortar ese proceso, se entregó un documento en función a lo que salió del Tribunal Constitucional, que da la potestad a las organizaciones para hacer control social, en cuanto al seguimiento de cualquier proceso donde esté involucrado un trabajador-comentó el dirigente- La COB podrá apersonarse como un abogado más en beneficio de los empleados. Los dirigentes de los diferentes sectores pueden acercarse a los estrados judiciales para hacer un rol de parte defensora de los trabajadores”.
Por su parte, el jefe departamental del Trabajo en Tarija, Richard Pilco, explicó que desde que una persona interpone la denuncia, en 48 horas se emite la citación. En caso de tratarse de menores de edad o personas con discapacidad, se lo hace lo más antes posible, previendo notificar al denunciado dentro de las 24 horas. Pero a veces el empleador no está en su domicilio, entonces se tiene que esperar.
Pasada eso, dentro de las 48 o 72 horas siguientes, se lleva a cabo la audiencia, luego el inspector tiene tres días para elevar un informe. Se solicita la emisión de la conminatoria y dentro de dos días se emite la resolución y se notifica a las dos partes, demandado y demandante. A partir de ese momento se abre el proceso administrativo, que son recursos de impugnación o jerárquicos, que tienen otro tiempo para poder resolverlos.
Defensa
Fallo constitucional permite a la COB constituirse como abogado de los trabajadores en procesos laborales
Como Ministerio, emiten conminatorias de cumplimiento de normativa laboral. Pero cuando algunas denuncias que se tramitan por el pago de beneficios sociales son controvertidas, la ley otorga competencias al juez en materia laboral y seguridad social para que pueda emitir una sentencia. En esa instancia es, por lo general, donde se toma más tiempo, como sucede en otros juzgados judiciales.
Si una persona quiere conocer cuánto le corresponde cobrar por la desvinculación de su trabajo, puede solicitar al Ministerio una consulta de pre liquidación, donde el empleado debe llevar las tres últimas papeletas de pago. Con esos documentos los funcionarios calcularán cuánto le corresponde recibir. Para ello no es necesario presentar una denuncia.