La hora de salida del colegio desata debate sobre seguridad
Apenas terminada la jornada escolar, ¿los establecimientos deben soltar los niños y cerrar sus puertas? o ¿deben retenerlos hasta que sus progenitores los recojan?, de acuerdo a distintas autoridades, la seguridad de ellos es una responsabilidad compartida que debe ser asumida tanto por el...



Apenas terminada la jornada escolar, ¿los establecimientos deben soltar los niños y cerrar sus puertas? o ¿deben retenerlos hasta que sus progenitores los recojan?, de acuerdo a distintas autoridades, la seguridad de ellos es una responsabilidad compartida que debe ser asumida tanto por el plantel educativo como por los padres.
El responsable de Planificación de la Dirección Distrital de Educación de Tarija, Basilio Huanacota, informó que al respecto no existe una instrucción específica de esta entidad sino que es una disposición interna de cada establecimiento que debe ser tomada de manera coordinada con la junta escolar y los padres de familia.
Responsabilidad
El recoger a los niños es una responsabilidad compartida tanto de los maestros como del padre de familia. Dejar la puerta abierta a la hora de salida puede permitir que personas extrañas ingresen al colegio y se corre el riesgo de que sucedan situaciones no esperadas, por lo que esta decisión sobre el recojo de los estudiantes debe ser tomada de manera conjunta para un mejor cuidado de ellos.
Los padres también deben tomar sus previsiones, dijo, estar pendientes de la hora de salida de sus hijos, es su deber recogerlos, mientras que el plantel docente y administrativo debe estar al cuidado de los estudiantes en la unidad educativa.
A su vez, el director de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia del Gobierno Municipal, Ramiro Pérez, recordó que sus atribuciones se encuentran enmarcadas en la Ley 548 Código Niña, Niño y Adolescente, de la misma manera, los reglamentos de los establecimientos educativos deben basarse en esta norma, siempre velando por los derechos y seguridad de los menores de edad.
“Todos los padres debemos recoger a nuestros hijos de sus escuelas –subrayó-, tampoco tenemos el derecho los papas de que alguien nos los cuide mientras lleguemos demasiado tarde, nuestra responsabilidad es recogerlos a la hora que ellos salen y como padres de familia también debemos cumplir con las normas que ha establecido la unidad educativa, siempre y cuando estas no vulneren sus derechos”.
Entretanto, la directora de Seguridad Ciudadana del Municipio, Susana Pantoja, apuntó que a través del Plan “Carpeta” la Policía realiza una vigilancia y seguimiento de los estudiantes cuando ingresan y salen de sus colegios; sin embargo, es importante que padres y educadores deben precautelar la seguridad de los niños.
Recomendó que el tema sobre el recojo de los escolares debe ser abordado en las juntas de padres de familia, la unidad educativa y la Dirección Distrital de Educación con el objetivo de evitar problemas en cuanto a la protección de los menores, porque son una población vulnerable propensa a robos, accidentes, incluso ser víctimas de trata y tráfico de personas.
Al respecto, el comandante nacional de la Policía, Alfonso Mendoza, recomendó a los padres de familia que deban instruir a sus hijos no tener contacto con personas extrañas, no recibir nada de quienes no conocen, y dejarles claro que ningún desconocido bajo ningún pretexto les recoja del establecimiento educativo.
Enfatizó que sólo el padre o la madre debe dejar y recibir a los estudiantes, que no es bueno siquiera que otros parientes, como tíos o primos, lo hagan porque puede generar hechos como secuestros realizados por los mismos familiares. Y, en el caso de los adolescentes, la comunicación debe ser fluida, tener un acercamiento y mantener un control de los horarios de salida e ingreso a sus colegios.
Ley 548 Código Niña, Niño y Adolescente
Esta norma tiene por objeto reconocer, desarrollar y regular el ejercicio de los derechos de la niña, niño y adolescente, implementando un Sistema Plurinacional Integral de la Niña, Niño y Adolescente, para la garantía de esos derechos mediante la corresponsabilidad del Estado en todos sus niveles, la familia y la sociedad.
Su finalidad es garantizar a la niña, niño y adolescente el ejercicio pleno y efectivo de sus derechos para su desarrollo integral y exigir el cumplimiento de sus deberes.
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El responsable de Planificación de la Dirección Distrital de Educación de Tarija, Basilio Huanacota, informó que al respecto no existe una instrucción específica de esta entidad sino que es una disposición interna de cada establecimiento que debe ser tomada de manera coordinada con la junta escolar y los padres de familia.
Responsabilidad
El recoger a los niños es una responsabilidad compartida tanto de los maestros como del padre de familia. Dejar la puerta abierta a la hora de salida puede permitir que personas extrañas ingresen al colegio y se corre el riesgo de que sucedan situaciones no esperadas, por lo que esta decisión sobre el recojo de los estudiantes debe ser tomada de manera conjunta para un mejor cuidado de ellos.
Los padres también deben tomar sus previsiones, dijo, estar pendientes de la hora de salida de sus hijos, es su deber recogerlos, mientras que el plantel docente y administrativo debe estar al cuidado de los estudiantes en la unidad educativa.
A su vez, el director de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia del Gobierno Municipal, Ramiro Pérez, recordó que sus atribuciones se encuentran enmarcadas en la Ley 548 Código Niña, Niño y Adolescente, de la misma manera, los reglamentos de los establecimientos educativos deben basarse en esta norma, siempre velando por los derechos y seguridad de los menores de edad.
“Todos los padres debemos recoger a nuestros hijos de sus escuelas –subrayó-, tampoco tenemos el derecho los papas de que alguien nos los cuide mientras lleguemos demasiado tarde, nuestra responsabilidad es recogerlos a la hora que ellos salen y como padres de familia también debemos cumplir con las normas que ha establecido la unidad educativa, siempre y cuando estas no vulneren sus derechos”.
Entretanto, la directora de Seguridad Ciudadana del Municipio, Susana Pantoja, apuntó que a través del Plan “Carpeta” la Policía realiza una vigilancia y seguimiento de los estudiantes cuando ingresan y salen de sus colegios; sin embargo, es importante que padres y educadores deben precautelar la seguridad de los niños.
Recomendó que el tema sobre el recojo de los escolares debe ser abordado en las juntas de padres de familia, la unidad educativa y la Dirección Distrital de Educación con el objetivo de evitar problemas en cuanto a la protección de los menores, porque son una población vulnerable propensa a robos, accidentes, incluso ser víctimas de trata y tráfico de personas.
Al respecto, el comandante nacional de la Policía, Alfonso Mendoza, recomendó a los padres de familia que deban instruir a sus hijos no tener contacto con personas extrañas, no recibir nada de quienes no conocen, y dejarles claro que ningún desconocido bajo ningún pretexto les recoja del establecimiento educativo.
Enfatizó que sólo el padre o la madre debe dejar y recibir a los estudiantes, que no es bueno siquiera que otros parientes, como tíos o primos, lo hagan porque puede generar hechos como secuestros realizados por los mismos familiares. Y, en el caso de los adolescentes, la comunicación debe ser fluida, tener un acercamiento y mantener un control de los horarios de salida e ingreso a sus colegios.
Ley 548 Código Niña, Niño y Adolescente
Esta norma tiene por objeto reconocer, desarrollar y regular el ejercicio de los derechos de la niña, niño y adolescente, implementando un Sistema Plurinacional Integral de la Niña, Niño y Adolescente, para la garantía de esos derechos mediante la corresponsabilidad del Estado en todos sus niveles, la familia y la sociedad.
Su finalidad es garantizar a la niña, niño y adolescente el ejercicio pleno y efectivo de sus derechos para su desarrollo integral y exigir el cumplimiento de sus deberes.
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