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Alerta por hacinamiento, retardación de justicia y violencia

Bolivia: Rige plan de urgencia para evitar colapso carcelario

Las medidas incluyen la revisión de detenciones preventivas y el indulto. Pero también piden que entren en vigencia otras políticas, como la aprobación en la ALP del uso de manillas electrónicas que ya están compradas.

Crónica
  • Violeta Castillo
  • 27/10/2025 00:12
Bolivia: Rige plan de urgencia  para evitar colapso carcelario
El penal de Morros Blancos sufre hacinamiento

Cerca de terminar la gestión 2025 y a punto de un cambio de Gobierno, Bolivia enfrenta distintas crisis, incluyendo la correspondiente a la situación de las cárceles que enfrentan un hacinamiento de un 116% a nivel nacional y que significa un obstáculo para los procesos de reinserción. Para mitigar este problema entraron en vigencia varias medidas que permitirían la salida de al menos un 15% de los internos.

Estas medidas incluyen la revisión de plazos de detenciones preventivas y la aplicación del indulto. Sin embargo, existe confusión entre los mismos internos sobre quiénes pueden acceder a cada beneficio.

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Dichas políticas responden a distintas falencias del sistema judicial, incluyendo la retardación de justicia y la aplicación excesiva de la detención preventiva, aunque esta última tiene una contracara en la falta de personal policial para otras medidas, como la detención domiciliaria.

Hacinamiento

Los informes anuales de Régimen Penitenciario muestran que entre 2019 y 2024 se aceleró el crecimiento de la población carcelaria como nunca antes.

Según los datos, en 2019 había 18.208 internos, en 2020 durante la pandemia bajó a 17.305, pero a partir de ahí el número únicamente aumentó. El 2021 había 18.703 personas, el 2022 llegó a 24.824 presos, el 2023 sumaron 28.838 y al cierre del 2024 el número fue de 32.000. Del 2025 solo hay datos parciales hasta mayo, cuando sumaron 33.275 privados de libertad.

El director de Régimen Penitenciario, Juan Carlos Limpias, informó que hasta fines de 2024 ya había un hacinamiento de más del doble de internos en relación a la capacidad de los recintos distribuidos en los nueve departamentos que sería para unas 15.600 personas.

La situación es más crítica en algunos en particular, como la Carceleta Pública de Bermejo que cerró sus puertas para nuevos ingresos en abril, cuando llegó a tener 75 internos distribuidos en cinco celdas. Desde entonces, las detenciones se derivan a la cárcel de Morros Blancos en Tarija, lo que también deriva en que los presos pierdan contacto con sus familias.

Para Limpias el problema resulta de una deficiencia del Órgano Judicial que aplica indiscriminadamente la detención preventiva, aunque también se conecta con una demanda ciudadana que asocia justicia con encarcelamiento inmediato.

El párroco de las cárceles tarijeñas, Miguel Sotelo, denunció que hay internos que no tienen “ni una frazada” para dormir y que esto genera mal estado de ánimo, situaciones de violencia y adicción a sustancias. Esa suma impide el proceso de reinserción a la sociedad.

Un ejemplo es que hasta mayo del 2025 hubo al menos una decena de muertes violentas en las cárceles. Fueron en El Abra de Cochabamba, Chonchocoro de La Paz, Morros Blancos de Tarija, Mocoví del Beni, Palmasola de Santa Cruz, San Pedro de Oruro y en el Centro de Readaptación Productiva (Ceprom) Montero, en Santa Cruz.

El exceso de detenciones preventivas choca con otro problema que es la falta de personal. Las mismas autoridades policiales cuestionaron que hay demasiados uniformados escoltando a gente con detención domiciliaria, a pesar de enfrentar cargos graves, como violación a menores, mientras se requiere más guardias en los recintos.

Según el Ministerio de Gobierno el número fluctúa, pero a fines de 2024 superaba los dos mil efectivos fungiendo como custodios en todo el país.

Retardación de justicia

De los 33.275 internos, un 41,57% tiene sentencia condenatoria y un 58,43% está con detención preventiva. De este último grupo, muchos ya superaron el plazo, que no debería sobrepasar los seis meses para que se concluya la investigación y haya un juicio, exceptuando casos de alta complejidad. Y un alto índice corresponde a personas jóvenes.

Aunque hay medidas pendientes a largo plazo, la Defensoría del Pueblo plantea otras inmediatas, como limitar el uso de la detención preventiva aplicando un enfoque diferenciado en el juzgamiento de poblaciones vulnerables; separar y clasificar a las PPLs según la naturaleza y gravedad del delito; mejorar acceso al derecho a la salud; y también aprobar el uso de manillas electrónicas que está pendiente en la ALP, aunque ya hay 500 dispositivos comprados desde hace más de un año.

Medidas de emergencia

Ahora en octubre entró en vigencia el Decreto Presidencial 5460, tras ser aprobado en la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP), para el indulto carcelario. El ministro de Gobierno, Roberto Ríos, informó que la medida podría beneficiar hasta unas 5.000 personas, lo que representa el 15% del total de reclusos en el país.

La vigencia será de un año y beneficiará a la persona con sentencia condenatoria ejecutoriada igual o menor a diez años, sin que sea necesario el cumplimiento de una parte; quien tenga condenas menores a 12 años que haya cumplido al menos una tercera parte o que tengan una pena igual o menor a 15 años, que haya cumplido al menos la mitad.

Se excluye delitos graves que no admiten indulto, como feminicidio, asesinato, terrorismo o violación a menores. Tampoco aplica a reincidentes o personas que hayan cometido otros crímenes durante su condena.

La otra medida consiste en la revisión de plazos de detenciones preventivas que entró en vigencia por disposición del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ). A inicios de septiembre cada Tribunal Departamental de Justicia (TDJ) convocó a las instituciones involucradas, como la Fiscalía, Régimen Penitenciario y Policía para su ejecución.

La tarea consiste en verificar en qué casos ya se superó el plazo máximo de detención preventiva. Amenos que haya un justificativo, los internos que prueben que sus casos no avanzan podrían pedir su liberación, aunque sea con medidas sustitutivas. Aunque no aplica para quienes ya tienen acusación para ir a juicio o que enfrenten cargos por delitos graves.

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