La DNA llevó a la niña a un centro de acogida
Un hombre dejó a su hija con la dueña de casa y no volvió
El padre aseguró que salía “un momento”, pero no retornó a su casa desde el viernes, desde cuando pidió a su arrendataria cuidar a su hija, pero no le dejó ropa, comida ni dinero



Una niña de seis años de edad fue abandonada desde el viernes por su padre, quien le pidió hacerse cargo durante “un momento” a la dueña del inmueble donde vivían en alquiler, pero no retornó, por lo que la Defensoría de la Niñez y Adolescencia (DNA) tuvo que ingresar a la menor a un centro de acogida.
En caso de reaparecer y pedir la restitución, el sujeto deberá firmar un compromiso de no poner nuevamente en riesgo a su hija, quien registra un daño emocional por lo ocurrido el fin de semana y también por haber perdido contacto con su madre desde hace varios años.
El director municipal de Familia, Waldo Tarifa, informó que hasta este lunes no se había apersonado el progenitor a solicitar la restitución de su hija y tampoco se pudo ubicar a la familia ampliada. Como último recurso, se procedió a trasladarla a un centro del Servicio Departamental de Gestión Social (Sedeges).
“La propietaria se hace cargo de la menor, luego de que el papá le dijera que iba a volver ‘inmediatamente’, cosa que no ocurre. Transcurrió viernes, sábado y domingo ya se preocupó la señora, por eso puso en conocimiento de la DNA. Nosotros indagamos acerca de algún familiar que pudiera hacerse cargo, pero nos informaron que la madre hace años no vive con ellos”, dijo.
Como se había comprometido a volver rápidamente, el hombre no dejó cambios de ropa, alimento ni dinero para que la arrendataria pueda cubrir los gastos mínimos de la niña.
Por la gravedad de la situación, Tarifa aclaró que el procedimiento ordena que se investigue si esta situación ya se había registrado anteriormente.
Cuando el padre se presente a solicitar la restitución, si es la primera vez que la deja, deberá firmar un compromiso de participar del Plan de Fortalecimiento Familiar y de no poner a su hija en otra situación de riesgo. Sin embargo, si existe reincidencia la DNA interpondrá una solicitud de medidas de protección ante un juzgado de la niñez.
“Necesitamos trabajar en la concientización de los roles. (…) No solamente se trata de proveer vivienda y alimentación. El padre tiene la obligación, de acuerdo a lo que dice el artículo 35 del Código de Familia, de dar protección integral en lo físico, en lo material y en lo psicológico a los menores de edad”, concluyó.