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Fianza: Cómo se aplica y por qué suele parecer “capricho” del juez

Se trata de la medida cautelar sustitutiva a la detención preventiva de un imputado mediante la retención de un monto económico o un bien para garantizar que no obstaculice el proceso.

Crónica
  • Violeta Castillo
  • 22/02/2023 00:00
Fianza: Cómo se aplica y por qué suele parecer “capricho” del juez
Palacio de Justicia

Constantemente a nivel nacional se da a conocer información sobre procesos penales y audiencias cautelares en las que jueces ordenan a los imputados el pago de una fianza, pero no siempre se habla de lo que implica o qué es lo que pasa con ese dinero, en los siguientes párrafos detallaremos esa información.

En principio la fianza se constituye en una medida sustitutiva a la detención preventiva que se aplica para garantizar que el sospechoso no se dé a la fuga ni obstaculice el avance del proceso. Mediante el pago de un monto significativo, puede evitarse ordenar la reclusión, al menos hasta que concluya la investigación, y en un juicio se dicte una sentencia condenatoria.

  • LEA TAMBIÉN: Anotan bienes de Rodrigo Paz y retienen sus cuentas bancarias por el caso puente 4 de Julio

En ocasiones se cree que la fianza consiste en que las autoridades judiciales dictan un pago de fianza y que esos recursos ya no se devuelven, pero en realidad se trata de una garantía. Cuando la causa concluye y el investigado no la obstruye se entrega a quién haya dejado.

El Código de Procedimiento Penal en su artículo 240 establece una clasificación de tres tipos de fianza: personal, económica y juratoria.

Fianza personal

Consiste en que una o más terceras personas, dependiendo de lo que indique el juez, asuma el compromiso de garantizar que un procesado no se dé a la fuga ni perjudique el avance. Para ello dejan una fianza en dinero o con un bien cuyo valor sea el establecido. Sin embargo, si el imputado incurre en esas faltas se le quita la propiedad a su garante.

Fianza económica

Se trata de dinero, inmuebles y otros bienes patrimoniales del imputado para garantizar su predisposición a acatar las disposiciones de los investigadores y la justicia.

El juez calcula el monto dependiendo de la gravedad del delito y de la capacidad económica de la persona. Si deja un inmueble, debe acreditar su derecho propietario con el título a su nombre y sin hipotecas impagas.

Igualmente, si hay una obstaculización la autoridad jurisdiccional puede ejecutar dicha fianza. En caso de inmuebles, se ordena una subasta pública.

Fianza juratoria

En la ley que regula la fianza juratoria se la define como la "promesa jurada del encausado de cumplir fielmente" tres condiciones que son comparecer ante la autoridad jurisdiccional cuando se lo requiera, concurrir a audiencias o cualquier acto procesal y finalmente, no cambiar de domicilio ni salir del país sin la autorización del juez.

Solamente se aplica cuando el procesado accede al perdón judicial o si es que no cuenta con recursos para cubrir el pago de la fianza. Además que los delitos investigados deben tener penas menores a los dos años.

Anotación Una de las últimas anotaciones de bienes ha sido la del exalcalde Rodrigo Paz Pereira por el puente 4 de Julio al que se le han pedido 1.888.915 bolivianos.

Igual que ocurre con otras fianzas donde al sindicado se le quitan sus bienes si incumple las disposiciones del juez, en este caso si es que no acata esos requisitos, puede perder este beneficio, incluso mediante la orden de que lo ingrese a un centro penitenciario hasta que termine el proceso o si decide declararse culpable de los cargos que enfrenta.

El objetivo de la fianza consiste en evitar la aplicación de medidas de detención preventiva en centros carcelarios que ya se encuentran sobresaturados.

La fianza y la sombra de la sospecha

Diferentes colectivos y organizaciones de Derechos Humanos vienen denunciando que en Bolivia se abusa de la detención preventiva en recinto penitenciario, algo que contribuye al hacinamiento, pero sobre todo involucra a casos muy mediáticos o a gente sin recursos.

En las medidas sustitutivas, se suele utilizar la detención domiciliaria con garantes personales y en ocasiones, fianza. Hay muchas denuncias anónimas que señalan que ese dinero de las fianzas, al final, “se pierde” en el proceso.

En los procesos abiertos por corrupción, por ejemplo, se suele proceder a la “anotación de bienes”, que viene a ser una valoración del daño provocado y la tasación de propiedades que garanticen la posibilidad de resarcimiento. Suele utilizarse como medida para eludir la cárcel. Una de las últimas anotaciones sonadas ha sido la del exalcalde Rodrigo Paz Pereira por el puente 4 de Julio al que se le han pedido 1.888.915 bolivianos.

Una de las últimas fianzas también escandalosa ha sido la impuesta al dirigente cruceño Reynaldo Ezequiel: 5.000 bolivianos para eludir la cárcel luego de haber chocado con cinco vehículos en estado de ebriedad.

Por lo general, se entiende que el volumen de la fianza no debe fijarse en función de la persona, sino de la causa.

“Transparencia” en el manejo de fondos

Cuando en un proceso penal se establece el pago de una fianza, el dinero debe ser depositado en una cuenta bancaria a nombre de Tribunal Departamental de Justicia (TDJ) y se guarda el registro de la transacción. En caso de bienes, se entrega los documentos de propiedad.

En ambos casos, se devuelve la fianza una vez que haya concluido el caso, siempre y cuando el encausado haya acudido a todas las convocatorias del juez asignado y haya cumplido sus disposiciones. Caso contrario, los pierden definitivamente.

En ocasiones, algunos afectados por la corrupción judicial han señalado verse perjudicados en los procesos y sospechar que se debía a la imposibilidad de recuperar su fianza.

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