21 de octubre…

El método boliviano de establecer conflictos con plazos, es en la práctica una invitación al diálogo con el recuerdo que cada día que pasa, es un día menos.

Tendremos que hacer un esfuerzo ciudadano para esclarecer cual es el objeto de fondo del conflicto y así no confundamos los argumentos. Nadie en su sano juicio se opone al Censo ni a las condiciones de transparencia y profesionalidad técnica que requiere para ser creíble y útil, las posiciones discursivas giran en torno al cuándo. ¿Cuál es la razón por la cual se ha llegado a este intríngulis?

Convengamos que la necesidad de realizar el Censo, entonces, no es un punto en conflicto. Su realización se encuentra sustentada en la necesidad de la sociedad y el Estado, respaldado por mandatos internacionales y normativa interna, que define la formalidad y contenido. Las condiciones que se plantean en torno a las exigencias del Censo, tienen normativa internacional como interés del sistema de Naciones Unidas, siendo la forma y procedimiento de aplicación, atribución interna de los Estados.

Una consideración respecto a los actores que intervienen en la demanda. La palabra oficial del Gobierno, sus voceros y los órganos del Estado, causan estado, esto quiere decir que tiene la fe pública, la credibilidad, la legalidad y la legitimidad sobre sí como elemento ordenador de la vida en sociedad. Una de las condiciones que se estudian para demostrar la existencia de autoridad como posibilidad de ser obedecido, es el uso racional-reflexivo del poder, como diría Weber. Y que, además, puede estar acompañado de la violencia legal para lograr eficacia en caso de desacato o desconocimiento de lo formalmente establecido.

Por el otro lado, está el requirente, en este caso, un movimiento ciudadano que, desde Santa Cruz, reivindica ser portavoz de una demanda que considera justa, y que tiene en el Comité Pro Santa Cruz en lo institucional y en la Universidad Autónoma Gabriel René Moreno, el respaldo técnico para fundamentarla. Por la sucesión de eventos previos, reuniones y encuentros, no existe desconocimiento, tampoco, de la cualidad de quienes asumen la representación en el diálogo; está el Gobierno dotado de ius imperium, autoridad, y la ciudadanía que hace uso de su derecho de petición sobre las prerrogativas de democracia directa que le confiere la Constitución, y que, cumplido los requisitos formales, asume esa representación.

Analizados estos elementos, las diferencias no estarían en el fondo, en la necesidad, en las condiciones de transparencia y capacidad técnica que se requieren, si no en la definición del cuándo debe realizarse, reconociendo que la fecha es una atribución de la autoridad el decidirla. ¿Cómo es que se llega a la exigencia de plantear una fecha distinta a la que la autoridad estaría definiendo?

No puede haber inocencia respecto a la definición previa del 16 de noviembre del año 2022 que ya había sido comprometido. La existencia de declaraciones formales y documentos oficiales que lo establecían como de prioridad nacional, no se vieron fundamentadas técnicamente en el momento de su postergación, y la modalidad política que adquirió el posterior debate que pretendió con respaldo partidario, no sirvió para superar la falta de seriedad y compromiso público establecido.

La aplicación del Censo en un plazo razonablemente previo a la realización de elecciones teniendo él consecuencias de políticas públicas redistributivas de economía y representación política territorial, no tendrían las consecuencias imprescindibles para la aplicación razonable de medidas urgentes que la realidad impone. Bolivia se encuentra en un proceso de migración muy complicado con necesidad material de 256 municipios menores de 20.000 habitantes con fuerte presión migratoria, y 3 departamentos con las mismas condiciones, Chuquisaca, Oruro y Potosí.

El Cabildo realizado el viernes 30 de septiembre supera todas las insinuaciones que la demanda tendría interés sólo para Santa Cruz, y posiciona la fecha de realización del Censo en su dimensión nacional.

Frente a ello, hoy, la voz de la autoridad debe ser reflexiva, explicativa y dialogante.


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