Trimestre limitado

En sujeción a los acuerdos suscritos el 23 y 24 de agosto del año en curso, entre autoridades del Ministerio de Educación y las Confederaciones de Maestros Urbanos y Rurales, el pasado viernes 16 de septiembre, el viceministro del Subsistema Regular, Bartolomé Puma Velásquez, ratificó el 30 de noviembre, como día de conclusión del desarrollo curricular (clases) de la presente gestión escolar, en las unidades educativas fiscales, privadas y de convenio.

En tal sentido, paradójicamente se contraviene a lo dispuesto en los artículos 3 y 7 de la Resolución Ministerial (RM) Nº 001/2022 “Normas Generales para la Gestión Educativa”, estableciendo taxativamente que, la gestión escolar comprende 200 días hábiles, destinados a la planificación, desarrollo y evaluación curricular, organizados en tres trimestres.

Cabe recordar, que el descanso pedagógico (vacaciones invernales) programado del 4 al 15 de julio, se amplió por dos semanas más (10 días hábiles), debido a las bajas temperaturas y el ascenso acelerado de casos positivos de Covid – 19, en la denominada “Quinta Ola”.

Precedente determinación, fue la causante de la reprogramación del “Calendario Escolar 2022” para el nivel inicial, primario y secundario, ampliando el Segundo Trimestre hasta el 16 de septiembre.

Al respecto, el Instructivo IT/VER Nº 0109/2022 emanado el 14 de septiembre por el viceministro Puma, dispone el reporte de calificaciones del Segundo Trimestre hasta el venidero 2 de octubre, mediante el Sistema de Administración de Información Académica (https://academico.sie.gob.bo/), bajo la responsabilidad de maestros y directores.

Bajo esos antecedentes, el desarrollo de contenidos curriculares de acuerdo al año de escolaridad (cursos) correspondiente al Tercer Trimestre, estarán limitados de acuerdo a las actividades sobrecargadas de fin de gestión; vale decir, ferias educativas, festivales de danza y música, además, de las demostraciones en el área de Educación Física y Deportes.

En ese entendido, es imperante resaltar lo dispuesto en el artículo 7, parágrafo II, de la RM Nº 001/2022, estableciendo que, el Calendario Escolar 2022 inicia el primer día hábil del mes de febrero y culmina con la clausura del año escolar (30 de noviembre) al cumplimiento de los 200 días hábiles de la presente gestión.

En tal extremo, es obvio que el Tercer Trimestre será limitado en relación a los días destinados para el desarrollo curricular de los contenidos programados, en desmedro de la calidad educativa, pregonada demagógicamente por el gobierno central y el Ministerio de Educación. 

 


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