Perspectivas 2022

En la agonía del heterogéneo año escolar 2021, el 15, 16 (comisiones) y 17 (plenaria) de diciembre, en ambientes del Ministerio de Educación (La Paz), se desarrolló la reunión nacional e instalación de mesas de trabajo en sujeción al temario; Resolución Ministerial 001/2022 “Normas Generales para la Gestión Educativa, reglamentos de; permutas, reordenamientos, selección y designación del personal docente y administrativo.

En precedente reunión, participaron el ministro de Educación, Edgar Pary Chambi, el viceministro del Subsistema Regular, Bartolomé Puma Velásquez, directores generales de los niveles inicial, primaria y secundaria, técnicos nacionales, Confederación de Estudiantes de Secundaria, Junta Nacional de Madres y Padres de Familia, confederaciones de maestros urbanos y rurales.  

Previo a la reunión e instalación de mesas de trabajo, el 9 y 10 de diciembre en la ciudad de Tarija, la Confederación de Trabajadores de Educación Urbana de Bolivia (CTEUB) desarrolló la IV Conferencia Nacional Especializada "Resolución Ministerial 001/2022".

Asimismo, el 13 y 14 de diciembre en la ciudad de Sucre, la Confederación Nacional de Maestros de Educación Rural de Bolivia (CONMERB), desarrolló el “I Encuentro Especializado” de revisión de las Normas Generales para la Gestión Educativa 2022.

Consecuentemente, las perspectivas para la venidera Gestión Educativa y Escolar 2022, se circunscriben en la función administrativa; vale decir, las inscripciones inician el lunes 17 de enero y se prolongarán hasta el primer trimestre (extemporáneos), la inauguración oficial será el martes 1 de febrero, se mantienen las modalidades de atención; a distancia, semipresencial y presencial, abriendo la posibilidad de implementar las aulas híbridas de aprendizaje (presencia física y remota de estudiantes simultáneamente).

Sin embargo; una verdadera aula hibrida de aprendizaje debe tener elementos tecnológicos propios del sistema hibrido; vale decir, pantallas de alta definición, barra de sonidos con 6 micrófonos integrados y cámaras de video con resolución 4k, plataforma de videoconferencia ilimitada y red Wifi (preferentemente) con optimo ancho de banda. En consecuencia, la implementación es competencia concurrente de los gobiernos municipales, en concordancia al artículo 80 de la Ley Nº 070 “Avelino Siñani – Elizardo Pérez”.

Por otra parte, en sujeción a los decretos supremos 4640 y 4641, las unidades educativas que opten por la modalidad presencial y/o semipresencial, deberán exigir a todos los actores educativos (director/a, maestros, estudiantes, madres y padres de familia) el carnet de vacunación con esquema completo (primera y segunda dosis) o la prueba RT – PCR negativa emitida hasta cuarenta y ocho (48) horas antes.


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