COSETT: ¿Crónica de una quiebra anunciada?
entre los que resalta un monto de 263 mil bolivianos en repuestos para vehículos.Por tratarse del componente más importante del Patrimonio de la cooperativa, amerita que se efectúe una revisión cuidadosa del Activo Fijo, como por ejemplo el valor actualizado de los equipos de conmutación,...
entre los que resalta un monto de 263 mil bolivianos en repuestos para vehículos.Por tratarse del componente más importante del Patrimonio de la cooperativa, amerita que se efectúe una revisión cuidadosa del Activo Fijo, como por ejemplo el valor actualizado de los equipos de conmutación, energía, y otros ¿Los equipos terminales telefónicos con un valor de cinco millones y medio son los que se adquirieron para telefonía pública y que en la actualidad no se encuentran en servicio? ¿Están incluidos los equipos de conmutación que se utilizaban antes de la adquisición de la actual central digital EWSD? Indican que no se ha considerado depreciación para la red de nueva generación (NGN), que fue licitada sin contar con la aprobación de Asamblea de socios, y adquirida en dos millones de dólares, en razón a que la misma se encuentra sin prestar servicio, lo cual no es lógico puesto que está considerada dentro del patrimonio y ha perdido valor aunque no se la utilice. Es necesario disponer de información confiable a fin de conocer el estado del patrimonio.En Obligaciones Financieras a corto y Largo Plazo se encuentra el préstamo por 5.5 millones de dólares del Banco Mercantil Santa Cruz destinado a la adquisición del sistema de telefonía PHS y del sistema de conmutación NGN, sin prestar servicio ni generar ingresos y con procesos en la Fiscalía de Distrito. En la Asamblea Extraordinaria de septiembre de 2006 se hizo aprobar estos proyectos, en la misma, el Presidente del Consejo de Administración, el Gerente General y el Gerente de Operaciones indicaron a los socios que la cobertura del sistema de telefonía inalámbrica “portable” PHS sería la ciudad de Tarija y alrededor de 30 localidades del valle central. Sin embargo se adquirió equipamiento para una cobertura parcial de la ciudad de Tarija y por restricciones regulatorias puede brindar solo el servicio de telefonía fija, no móvil. Dichos gerentes explicaron en esa Asamblea que la Red de Nueva Generación (NGN) podrá ofrecer servicios “triple play” (video, voz y datos “por un solo cable”) en una plataforma IP (Internet Protocol), permitiendo la portabilidad numérica a nivel mundial, VPNs (redes privadas de datos), IPTV, televisor por demanda, video conferencia, telemedicina, video juegos, correo de voz, etc.. Los equipos adquiridos no pueden brindar esos servicios aunque se los ponga en marcha. Este proyecto que tenía que permitir la migración de números de la actual central EWSD a la NGN tampoco tiene esta posibilidad y el objetivo de ampliar la red telefónica y la cantidad de abonados también se vio frustrado. Estos proyectos fueron ejecutados sin que exista un estudio previo de factibilidad para analizar los aspectos técnicos, económicos-financieros, comerciales y regulatorios que demuestren la justificación y conveniencia de su implantación. Se cometieron graves errores y violaron numerosas disposiciones de los Estatutos, Manual de Adquisiciones y Pliegos de Condiciones en todas las etapas del proceso de licitación, recepción y aceptación. Los proveedores no cumplieron a cabalidad con la provisión de equipos.Aparentemente todas las culpas se cargaron a una sola persona. La atribución de fiscalización de los Consejos de Vigilancia pasó inadvertida. En otra oportunidad retomaremos el tema de estos proyectos en detalle, como así también los convenios con Viatel, con serias irregularidades y violaciones a la normativa. Al presente habría que preguntar a los que posteriormente se hicieron cargo de la administración sobre las acciones administrativas y legales que realizaron en relación a las responsabilidades, verificación de cumplimiento de contratos y posible puesta en servicio de los equipos adquiridos hace más de cuatro años.La firma Delta Consult Ltda., que realizó la auditoría sobre los procesos de licitación del PHS y NGN en su informe ha efectuado recomendaciones a fin de mejorar la gestión, modificación de los Estatutos, y del Manual de Adquisiciones, Reingeniería de operaciones y procedimientos, y otras. Se tendrá que hacer conocer a los socios lo que se hizo en relación a esto.Los ingresos que genera la cooperativa no alcanza a cubrir sus costos. Se tiene un déficit del ejercicio 2010 de Bs. 4.370.631 que se incrementa en un millón el 2011. El déficit acumulado es de casi 42 millones de bolivianos.La actual administración de COSETT tiene la responsabilidad de revertir esta situación, mejorando la eficiencia y aumentando los ingresos. Por ejemplo tendrá que informar si se están encarando las soluciones técnicas existentes para satisfacer la demanda telefónica, evitar las conexiones clandestinas de TV cable y la pérdida de usuarios de este servicio que optan por adquirir las pequeñas parabólicas para disponer de una mayor cantidad de canales a un precio que pagan con seis a ocho meses de la tarifa de COSETT, mas aún teniendo en cuenta el problema técnico existente sobre la calidad de las señales recibidas en los canales del servicio analógico, que utilizan el mismo cable que el servicio digital. En síntesis, se deberá encarar seriamente la planificación con el profesionalismo que faltó durante la gestión de los proyectos antes mencionados.Por otra parte, el Ministerio de Trabajo, de acuerdo con las facultades que le confiere la ley, ejerce tuición sobre todas las cooperativas. El Instituto Nacional de Cooperativas (INALCO) tiene atribuciones de fiscalización sobre la situación económica, técnica y administrativa de las mismas, aún de intervención. Asimismo, la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes (ATT) tiene la atribución de intervenir, con facultades administrativas, a los operadores de servicios cuando concurran causales establecidas en la normativa. Se han dado estas situaciones con otros operadores.Con el objeto de velar por sus legítimos intereses, precautelando su patrimonio y en el marco de su derecho a ejercer el necesario control social sobre su cooperativa que la Ley declara de utilidad pública e interés social, es imprescindible que los socios terminen con su indiferencia y conformen un comité de defensa de COSETT para transparentar y fiscalizar su gestión.


