De la Justicia a los Recursos Naturales: los 30 artículos que Alarcón y Ávila plantean "desconstitucionalizar"
El proyecto de Alarcón y Ávila también plantea prohibir las nacionalizaciones y expropiaciones de inversiones y trasladar a la ley buena parte de las reglas sobre justicia, minería, hidrocarburos, agua y energía. Herbas denuncia un intento de "desmantelamiento" del Estado sin legitimidad popular
El diputado Carlos Alarcón (Unidad) y el presidente del Senado, Diego Ávila (PDC), plantearon una reforma parcial de la Constitución Política del Estado que, además de modificar el régimen de inversiones, busca retirar de la Carta Magna 30 artículos vinculados principalmente con la administración de justicia, el Ministerio Público y el régimen económico y de recursos naturales. Para la la diputada de Alianza Popular, Claudia Herbas, se trata de un intento de desmantelamiento sin legitimidad: "le llaman reforma constitucional parcial al desmantelamiento del Estado Plurinacional para que gobiernen los amigos de la dirigencia anti patriótica de las derechas".
La propuesta incorpora un nuevo artículo 412, cuyo primer parágrafo establece la prohibición de “todo tipo de expropiación, nacionalización, estatización y/o reversión de inversiones nacionales y extranjeras”. El segundo permitiría que las controversias entre el Estado y los inversionistas sean resueltas mediante mecanismos amistosos, la jurisdicción boliviana o tribunales arbitrales nacionales o internacionales.
El proyecto denomina “desconstitucionalización” al retiro de 30 artículos. Esto significa que esas materias dejarían de estar reguladas directamente por la Constitución y pasarían a ser desarrolladas por leyes en un plazo de un año.
¿Qué artículos quieren sacar de la CPE?
Justicia: los artículos 182, 183, 185, 187 y 188. El primero establece la elección por voto universal de los magistrados del Tribunal Supremo de Justicia; el 183 fija su mandato de seis años y la prohibición de reelección; el 185 establece la exclusividad de la magistratura; el 187 fija requisitos para los magistrados del Tribunal Agroambiental y el 188 establece su elección por sufragio universal.
También se retiran los artículos 194, 198, 199, 200, 201 y 203. El 194 regula la elección, requisitos y mandato de los miembros del Consejo de la Magistratura; el 198 establece el voto universal para elegir al Tribunal Constitucional Plurinacional; el 199 fija sus requisitos y mecanismos de postulación; el 200 extiende a sus magistrados las reglas de permanencia y cesación del Tribunal Supremo; el 201 establece sus prohibiciones e incompatibilidades y el 203 dispone que las decisiones del TCP son vinculantes y de cumplimiento obligatorio.
Ministerio Público: los artículos 227 y 228, que regulan la designación del Fiscal General del Estado por dos tercios de la Asamblea, sus requisitos y un mandato de seis años sin nueva designación.
Economía e inversiones: los artículos 310, 319 y 320. El 310 reconoce y protege a las cooperativas como formas de trabajo solidario y sin fines de lucro; el 319 establece la prioridad de industrializar los recursos naturales y reglas para la fijación de sus precios; y el 320 prioriza la inversión boliviana y somete la inversión extranjera a las leyes y autoridades nacionales.
Recursos naturales: los artículos 351, 352, 355, 356, 357, 358 y 359. El paquete abarca el control estatal sobre los recursos naturales estratégicos, la consulta a las poblaciones afectadas, la prioridad estatal para industrializar y comercializar esos recursos, su carácter de necesidad y utilidad pública, las restricciones para registrar recursos naturales en mercados financieros y las reglas sobre derechos de uso y aprovechamiento. El artículo 359 establece además que los hidrocarburos son propiedad inalienable e imprescriptible del pueblo boliviano y que el Estado ejerce la propiedad de su producción y su comercialización.
Hidrocarburos: los artículos 361, 362, 363 y 367. Se trata de disposiciones centrales sobre YPFB: su carácter de empresa pública y brazo operativo del Estado, la posibilidad de suscribir contratos de servicios con empresas privadas, la autorización legislativa para contratos de exploración y explotación, la participación estatal en empresas mixtas y la obligación de garantizar el consumo interno de hidrocarburos.
Finalmente, se incluyen los artículos 370, 373 y 378, referidos respectivamente al régimen de derechos y contratos mineros, al agua como recurso estratégico y derecho fundamental, y a la organización de la cadena productiva energética.
Tres disposiciones que sí se derogarían
El proyecto plantea además derogar tres normas específicas de la Constitución. La primera es el numeral 2 del parágrafo I del artículo 124, que considera traición a la patria la violación del régimen constitucional de recursos naturales. La segunda es el parágrafo II del artículo 320, que somete las inversiones extranjeras a la jurisdicción, leyes y autoridades bolivianas. La tercera es el artículo 366, que prohíbe reconocer tribunales o jurisdicciones extranjeras y recurrir al arbitraje internacional en actividades hidrocarburíferas.
Un cambio de modelo
Varios expertos coinciden en que la propuesta no es una reforma técnica menor. En conjunto, desplaza una parte importante de las reglas económicas y judiciales desde la Constitución hacia la legislación ordinaria y modifica de manera sustancial la relación entre el Estado y el capital privado, particularmente el extranjero, asuntos que probablemente requerirían el consenso constituyente y no una reforma parcial.
El argumento a favor es claro: dar mayor seguridad jurídica a las empresas privadas, facilitar inversiones y permitir que un nuevo marco legal adapte reglas que hoy están constitucionalizadas. El riesgo también es evidente: al retirar esas garantías y límites de la Constitución, quedan más expuestos a cambios de mayoría política en la Asamblea.
Lo mismo sucede con la prohibición absoluta de expropiaciones, nacionalizaciones o reversiones de inversiones merece además una discusión específica. No solo supone un giro respecto al modelo económico de la CPE, sino que deberá ser compatible con otras disposiciones constitucionales sobre propiedad, utilidad pública y soberanía sobre los recursos naturales.
Por eso, más que una reforma destinada únicamente a atraer inversión, el proyecto abre una discusión mayor: qué Estado quiere construir Bolivia y cuánto de su modelo económico y de administración de justicia debe seguir estando protegido por la Constitución y cuánto puede quedar sujeto a las decisiones de cada gobierno y de cada mayoría legislativa.








