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¿Qué cambia en la nueva Ley de Estados de Excepción que tratará Diputados?

Hay quince cambios, siete que esclarecen figuras y ocho que son considerados críticos respecto a las garantías de Derechos Humanos

Nacional
  • Redacción Central / El País
  • 05/06/2026 21:07
¿Qué cambia en la nueva Ley de Estados de Excepción que tratará Diputados?
Remisión de la carta

Once días después de abrogar la Ley N.° 1341 —la Ley que desde 2020 acotaba cómo, cuándo y con qué límites el presidente podía declarar un estado de excepción—, la Cámara de Senadores boliviana sancionó el 4 de junio de 2026 una nueva ley destinada a ocupar ese espacio. El texto, de 27 artículos, fue remitido de inmediato a la Cámara de Diputados que este sábado dará su veredicto.

Descarga aquí la Ley completa con sus antecedentes

El análisis comparado del texto definitivo con la norma abrogada revela un balance de siete avances contra ocho cambios críticos,  que afectan los mecanismos de control más sensibles: la duración de la medida, la supervisión parlamentaria e internacional, y la responsabilidad de quienes ejecuten las órdenes.

El proyecto se debate mientras Bolivia atraviesa su quinta semana de protestas y bloqueos. La Paz permanece con acceso restringido y la demanda de renuncia del presidente Rodrigo Paz vigente.

LO QUE EL TEXTO DEFINITIVO CORRIGIÓ RESPECTO AL BORRADOR

El cambio más relevante introducido en el texto sancionado es la incorporación del Ministerio Público. Los artículos 19 IV y 22 establecen que el Ministerio Público operará de manera ininterrumpida durante el estado de excepción y asumirá la Dirección Funcional de la Investigación junto a la Policía y las FFAA cuando se cometan delitos contra la seguridad del Estado, la vida, la integridad corporal o la seguridad común. El borrador del 27 de mayo no mencionaba al Ministerio Público en ningún artículo. En cualquier caso, su ausencia tampoco detendría los operativos, según explicó el presidente del Senado Diego Ávila.

La segunda mejora es la incorporación del derecho a objeción de conciencia en el artículo 11.b. El borrador anterior permitía convocar a toda la ciudadanía a servicio activo bajo mando de las Fuerzas Armadas en caso de amenaza externa sin ninguna reserva. El texto definitivo agrega la cláusula "salvando el derecho a objeción de conciencia", lo que impide legalmente la leva forzada de civiles.

La tercera mejora es técnica, pero relevante para la exigibilidad: el artículo 15 fija en 30 días hábiles el plazo para que el Ejecutivo rinda cuentas a la Asamblea Legislativa. El borrador obligaba a rendir cuentas sin establecer ningún plazo, lo que en la práctica tornaba la obligación casi imposible de exigir judicialmente.

LOS OCHO CAMBIOS CRÍTICOS QUE EL SENADO NO MODIFICÓ

Las negociaciones en el pleno no tocaron los puntos más críticos del proyecto original. El plazo máximo del estado de excepción sigue siendo de 90 días —frente a los 60 de la Ley 1341— con posibilidad de prórroga indefinida mediante mayoría absoluta de los miembros presentes de la Asamblea. La Ley 1341 exigía mayoría del total de miembros para cualquier extensión y prohibía estados de excepción consecutivos sin autorización previa. Ningún artículo del nuevo texto recoge esa prohibición.

Tampoco fue modificada la disposición que genera más controversia entre los especialistas en derechos humanos: la combinación del artículo 5.i —presunción de buena fe— con el artículo 26 —presunción de legalidad operativa— y el artículo 27, que obliga al Estado a proveer patrocinio legal a policías y militares investigados por actos ejecutados durante el estado de excepción. La Ley 1341 operaba en sentido opuesto: la carga de la prueba recaía sobre quien ejercía la fuerza.

El artículo 18 —que habilita a la Policía y las Fuerzas Armadas a arrestar y trasladar ante autoridad competente a quien "incumpla las disposiciones del estado de excepción" en un plazo máximo de ocho horas, sin exigir orden judicial previa— tampoco fue objeto de modificación. La norma no define qué constituye incumplimiento.

El quinto retroceso que persiste es la eliminación de la notificación obligatoria a la Organización de Estados Americanos y a las Naciones Unidas. La Ley 1341 exigía esa comunicación dentro de las 24 horas de declarado el estado de excepción, bajo responsabilidad personal del Canciller. El nuevo texto no la contempla en ningún artículo.

BALANCE DEFINITIVO: LEY 1341 VS. TEXTO APROBADO POR EL SENADO (4/06/2026)

AVANCES

INCORPORADOS

CUESTIONES

CRÍTICAS

• Glosario legal de 10 definiciones (Art. 6)

• Rendición de cuentas en 30 días hábiles (Art. 15)

• Protección explícita de garantías y acciones de defensa (Art. 17)

• Medidas específicas para desastres naturales (Art. 12)

• Ministerio Público como actor de control en investigaciones (Arts. 19 IV y 22)

• Objeción de conciencia en convocatoria ciudadana (Art. 11.b)

• Exclusión expresa del patrocinio para tortura y vulneraciones graves de derechos humanos (Art. 27 II)

• Plazo: de 60 a 90 días, prorrogable sin tope (Art. 10)

• Sin prohibición de estados de excepción consecutivos

• Mayoría de presentes en vez del total de miembros en la ALP (Art. 13 IV)

• Silencio de la ALP equivale a aprobación automática (Art. 13 V)

• Elimina notificación obligatoria a la OEA y la ONU

• Presunción de legalidad y buena fe para Policía y FFAA (Arts. 5.i y 26)

• FFAA pueden arrestar civiles durante ocho horas sin orden judicial (Art. 18)

• Sin cláusula expresa de responsabilidad penal individual ni de que la obediencia debida no exime

 

El texto llega a la Cámara de Diputados en un contexto político muy determinado. Las protestas que comenzaron a principios de mayo no ceden. El Gobierno había descartado declarar el estado de excepción bajo la Ley 1341. La pregunta que recorre los pasillos de la Asamblea es si la nueva norma —más laxa en duración, más fácil de renovar, con menos consecuencias para quienes la ejecuten— cambia ese cálculo político, pues además no es preciso declarar un Estado de Excepción para que las fuerzas del orden garanticen los derechos de todos los ciudadanos.

 

Especialistas consultados identifican cuatro modificaciones concretas que Diputados podría introducir para equilibrar el texto: reincorporar la notificación obligatoria a la OEA y la ONU; reducir el plazo máximo de 90 a 60 días y limitar las prórrogas; restablecer la mayoría del total de miembros de la ALP para la aprobación; y agregar una cláusula explícita de responsabilidad penal individual con la aclaración de que la obediencia debida no exime.

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